ATSJ Cataluña 92/2021, 20 de Septiembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 20 Septiembre 2021 |
Número de resolución | 92/2021 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
Sala de lo Civil y Penal
Cuestión de competencia núm. 20/2021
AUTO NÚM. 92
Presidente:
Excmo. Sr. D. Jesús M. Barrientos Pacho
Magistradas/os:
Ilmo. Sr. D. Jordi Seguí Puntas
Ilmo. Sr. D. Carlos Ramos Rubio
En Barcelona, a 20 septiembre 2021
En 8 julio 2021 tuvo entrada en la Secretaría de esta Sala un testimonio elaborado por el LAJ del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Sabadell de las Diligencias Previas núm. 357/2021 de dicho órgano judicial concluido por una resolución del magistrado titular de dicho Juzgado, a modo de exposición razonada, por medio de la cual se planteaba ante esta Sala una cuestión de competencia territorial frente al Juzgado de instrucción núm. 1 de Blanes (D.P. 222/2021), en la que se solicita que se declare la competencia de este para instruir la denuncia presentada por la presunta comisión de un delito de apropiación indebida presentada ante la Policía de Málaga el 25 febrero 2021 por D. Virgilio, como mandatario de la empresa de alquiler de vehículos sin conductor EUROPCAR IB SA, contra D. Samuel.
Segundo. - Por el Ministerio Fiscal de esta Sala se ha informado en el sentido de que la competencia para decidir le corresponde al Juzgado de proponente de la cuestión por las razones que expresa en su informe.
Ha sido ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Carlos Ramos Rubio, que expresa el parecer unánime del Tribunal.
Se plantea ante esta Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, como superior común de los Juzgados que compiten -habida cuenta su radicación en territorios correspondientes a distintas Audiencias Provinciales de esta Comunidad Autónoma, Barcelona y Girona- y al amparo de lo dispuesto en el art. 51 LOPJ en relación con los art. 70 y 73.3.d) LOPJ, una cuestión de competencia funcional negativa, en relación con la regla de competencia funcional básica del fórum delicti comissi contenida en el art. 14.2 LECrim, en relación con un presunto delito de apropiación indebida ( art. 253 CP).
Segundo. - Del examen del testimonio de particulares remitido por el Juzgado que plantea la cuestión de competencia, resulta que los hechos que todavía se hallan pendientes de investigación -nada se ha instruido hasta el presente-, según el denunciante, consisten en la falta de devolución dentro...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba