ATS, 24 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Noviembre 2021

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 24/11/2021

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 4683 /2019

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 11 DE VALENCIA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo

Transcrito por: MOG/rf

Nota:

CASACIÓN núm.: 4683/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 24 de noviembre de 2021.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D.ª Julia y D. Luis Alberto interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada, el 28 de junio de 2019, por la Audiencia Provincial de Valencia, (Sección 11.ª), en el rollo de apelación n.º 770/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 76/2017, seguido ante Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Valencia.

SEGUNDO

Por la indicada Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones a este Tribunal Supremo, Sala Primera, con emplazamiento de las partes.

TERCERO

El procurador D. Jorge Deleito García presentó escrito en nombre y representación de D.ª Julia y D. Luis Alberto personándose en concepto de recurrente. El procurador D. José Cecilio Castillo González se personó en nombre y representación de Bankia S.A. en concepto de recurrido y formulaba alegaciones oponiéndose a la admisión del recurso.

CUARTO

Los recurrentes efectuaron el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª LOPJ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación de D.ª Julia y D. Luis Alberto dado que ha justificado los presupuestos que determinan el acceso a al recurso de casación.

SEGUNDO

No procede en este momento hacer pronunciamiento sobre las causas de inadmisión alegadas por la representación de Bankia S.A. como parte recurrida, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.

TERCERO

De conformidad con el art. 485 LEC, la entidad recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

CUARTO

En atención a lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Julia y D. Luis Alberto contra la sentencia, de fecha 28 de junio de 2019, dictada por la Audiencia Provincial de Valencia, (Sección 11.ª), en el rollo de apelación n.º 770/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 76/2017, seguido ante Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Valencia.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

  3. ) Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR