ATS, 10 de Noviembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 10 Noviembre 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 10/11/2021
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 3822 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 2 DE BURGOS
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
Transcrito por: MOG/rf
Nota:
CASACIÓN núm.: 3822/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Ignacio Sancho Gargallo
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 10 de noviembre de 2021.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de D. Narciso interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada, el 30 de abril de 2019, por la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 2.ª), en el rollo de apelación n.º 14/2019, dimanante del juicio ordinario n.º 106/2018, seguido ante Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Burgos.
Por la indicada Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones a este Tribunal Supremo, Sala Primera, con emplazamiento de las partes.
El procurador D. Miguel Ángel Esteban Ruiz presentó escrito en nombre y representación de D. Narciso personándose en concepto de recurrente. La procuradora D.ª Elena Cobo de Guzmán Pisón se personó en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., en concepto de parte recurrida y formulaba alegaciones oponiéndose a la admisión del recurso. El procurador D. Álvaro Benjamín Moliner Gutiérrez se personó en nombre y representación de Liberbank, S.A., en concepto de parte recurrida.
La recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª LOPJ.
Mediante auto de 26 de octubre de 2021 se estimó justificada la abstención en el recurso del magistrado de esta sala, Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación de D. Narciso dado que ha justificado los presupuestos que determinan el acceso a al recurso de casación.
No procede en este momento hacer pronunciamiento sobre las causas de inadmisión alegadas por la representación del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A como parte recurrida, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.
De conformidad con el art. 485 LEC, las entidades bancarias recurridas podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
En atención a lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA:
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Narciso contra la sentencia, de fecha el 30 de abril de 2019, por la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 2.ª), en el rollo de apelación n.º 14/2019, dimanante del juicio ordinario n.º 106/2018, seguido ante Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Burgos.
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) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que las recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
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) Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.