STSJ Comunidad Valenciana 674/2021, 26 de Julio de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Julio 2021
Número de resolución674/2021

Apelación 448/2019

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNITAT VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION QUINTA

En la ciudad de Valencia, a veintiséis de julio de dos mil veintiuno.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Iltmos. Sres. D. FERNANDO NIETO MARTÍN, Presidente, DÑA. ROSARIO VIDAL MAS, D. EDILBERTO NARBÓN LAINEZ, D. MIGUEL ÁNGEL NARVÁEZ BERMEJO y DÑA. MERCEDES GALOTTO LÓPEZ, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A NÚMERO 674/2021

En el recurso de apelación número 448/2019.

Es parte apelante D. Nicolas, representado por la Procuradora Dña. María Somalo Vilana, defendido por el letrado D. Alexander Rosemberger Ortiz.

Es parte apelada la Administración General del Estado, Subdelegación del Gobierno en Alicante, defendida y representada por la Abogacía del Estado.

Constituye el objeto del recurso la sentencia n.º 441/2019, de 28 de octubre, dictada en el Procedimiento Abreviado n.º 428/2019 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Alicante. Esta resolución judicial ha desestimado la petición de invalidez del acto administrativo de denegación de renovación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Miguel Ángel Narváez Bermejo.

A N T E C E D E N T E S

DE H E C H O

PRIMERO.- La sentencia nº 441/2019, de 28 de octubre, dictada por el Itmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Alicante en los autos seguidos por los trámites del procedimiento abreviado nº 428/2019 y de los que trae causa el presente rollo de apelación, decía literalmente en su fallo:

"Se acuerda: "Desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Nicolas frente a la resolución de la Administración demandada referida en el encabezamiento de la presente resolución, acto administrativo que se considera conforme a derecho, con condena en costas al recurrente."

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación en plazo y forma por la parte demandada y, admitido en ambos efectos, sin que ninguna de las partes propusiese la práctica de prueba, siendo seguido el recurso con arreglo a los trámites de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, quedando los autos conclusos para dictar sentencia.

Se ha señalado para la votación y fallo del recurso el día 20 de julio de 2021 en que tuvo lugar.

F U N D A M E N T O S DE D E R E C H O

PRIMERO.- El recurrente cuestiona, en la segunda instancia, la adecuación a derecho de la sentencia nº 441/2019, de 28 de octubre, dictada por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Alicante.

Esta resolución judicial confirma la desestimación de la solicitud de renovación de autorización de residencia de trabajo por cuenta ajena al no cumplirse el requisito exigido por el art. 71.2 b) y c) del R.D. 577/2011 de que haya trabajo y cotizado al menos 3 meses por año. En la sentencia apelada se razona que debe apreciarse tal circunstancia de no haber trabajado al menos un periodo mínimo de tres meses, que es el requisito esencial que se exige para la obtención del permiso solicitado sin que a estos efectos se deban atender las razones de arraigo familiar que se invocan en el recurso, que serían válidas en un eventual procedimiento de expulsión pero no en el presente.

En el recurso de apelación interpuesto se aduce que se cumplen todos los requisitos para obtener el derecho a la renovación de acuerdo con lo previsto en el art. 71.2 b) y c) del R.D. 577/2011. Entiende que el actor ha buscado activamente empleo que está inscrito en el SERVEF como demandante de empleo. Asimismo aduce que lleva residiendo en España desde el año 2005 y es padre de un hijo de 9 años de edad sin antecedentes policiales y penales y que ha realizado continuos cursos de formación y que actualmente cobra de la Generalitat Valenciana una prestación de 693 euros mensuales. Por último, se invoca la infracción del art. 13 de la Constitución Española y del art. 8 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales que garantiza el derecho a la intimidad familiar

Por el contrario, la parte apelada considera plenamente ajustada a derecho la sentencia dictada, remitiéndose a la fundamentación de la misma y a la valoración de la prueba practicada. Entiende que no se cumple el requisito de haber trabajado durante tres meses en el periodo por el que fue concedida la anterior autorización.

SEGUNDO.- Como con acierto aprecia la sentencia de instancia, la normativa que resulta de aplicación a la renovación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena se contiene en el art. 71 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 (en adelante, Real Decreto 557/2011), que establece:

"1. La renovación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena deberá solicitarse, en modelo oficial, durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización. La presentación de la solicitud en este plazo prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. También se prorrogará hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud se presentase dentro de los noventa días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en la que se hubiese incurrido.

  1. La autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena se renovará a su expiración en los siguientes supuestos:

    1. Cuando se acredite la continuidad en la relación laboral que dio lugar a la...

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