ATS, 22 de Septiembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 22 Septiembre 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 22/09/2021
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 3742 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE PONTEVEDRA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
Transcrito por: MPL/ML
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 3742/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 22 de septiembre de 2021.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación procesal de Dña. Eufrasia y D. Carlos María presentó escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada con fecha 8 de mayo de 2019 por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 126/2019, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 268/2017 del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Pontevedra.
Mediante diligencia de ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
Mediante diligencia de ordenación de fecha de fecha 28 de junio de 2019 se tuvo por personada al procurador Dña. Raquel Ester y D. Juan Jacobo Osorio Santalla, en representación de la parte recurrente. Mediante diligenciad de ordenación de fecha 8 de julio de 2019 se tuvo por personada a la procuradora Dña. Elvira Carmen Osorio Santoro en representación de Dña. Tomasa.
Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de Dña. Eufrasia y D. Carlos María, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en los arts. 469 y siguientes y 477. 2, ordinal 3.º LEC.
De conformidad con los arts. 474 y 485 LEC 2000, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
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) Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de Dña. Eufrasia y D. Carlos María contra la Sentencia dictada con fecha 8 de mayo de 2019 por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 126/2019, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 268/2017 del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Pontevedra.
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) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
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) Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.