STSJ Comunidad de Madrid 360/2021, 24 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución360/2021
Fecha24 Mayo 2021

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931967

Fax: 914931961

34001360

NIG : 28.079.00.4-2017/0003961

Procedimiento Recurso de Suplicación 137/2021

MATERIA: DESPIDO

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 37 de MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 58/20- Ejecución

RECURRENTE/S: D. Santiago

RECURRIDO/S: SERRANO 59 ASESORES LEGALES, SOCIEDAD CIVIL PROFESIONAL, FOGASA

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En Madrid a veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA PRESIDENTE, D. MANUEL RUIZ PONTONES, Dª SUSANA Mª MOLINA GUTIÉRREZ, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 360

En el recurso de suplicación nº 137/21 interpuesto por la Letrada Dª GLORIA PÉREZ PARDO DE VERA en nombre y representación de D. Santiago, contra el Auto dictado en ejecución por el Juzgado de lo Social nº 37 de los de MADRID, de fecha 21 DE DICIEMBRE DE 2020, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid dictó decreto de 24-11-2020 en cuya parte dispositiva se acordó: a los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 1.483,97 euros de principal más 296,79 euros de intereses y costas provisionales se declara la insolvencia provisional total del ejecutado SERRANO 59

ASESORES LEGALES SOCIEDAD CIVIL PROFESIONAL, sin perjuicio de que pudieran encontrarse nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

SEGUNDO

En dicho decreto constan los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO:

"PRIMERO.- Por auto de fecha 22/5/2020 se acordó en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor Serrano 59 Asesores Legales, Sociedad Civil Profesional a f‌in de dar cumplimiento forzoso a lo resuelto en sentencia recaída en los mismos

SEGUNDO

El importe del principal, intereses legales y costas provisionalmente calculados que aún están pendientes de pago asciende, respectivamente, a 1483,97 euros de principal más 296,79 euros.

TERCERO

Se dio audiencia por 15 días al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante, a f‌in de que señalase nuevos bienes del deudor sobre los que hacer la traba e instase lo que a su derecho conviniese, no formulando ese Organismo alegación alguna en el plazo señalado."

TERCERO

Contra dicho decreto interpuso la parte ejecutante recurso de revisión, que ha sido desestimado por auto de fecha 21-12-2020 del Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid.

CUARTO

Contra dicho auto de 21-12-2020 se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala. Habiéndose señalado para votación y fallo el día 19 de mayo de 2021.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El Juzgado de lo Social ha acordado la insolvencia provisional de la parte demandada SERRANO 59 ASESORES LEGALES SOCIEDAD CIVIL PROFESIONAL, en ejecución de sentencia, por un principal de 1.483,97 euros (más intereses y costas), principal que corresponde a los honorarios de letrado f‌ijados por esta Sala de lo Social en sentencia de 21-5-2018 (600 euros) más los honorarios f‌ijados por la Sala 4ª del TS en auto de 18-7-2019 (363 euros) más los intereses de demora (520,97 euros).

La razón esgrimida en el auto de fecha 21-12-2020 estriba en que la parte ejecutada ha demostrado que dejó de ser una sociedad civil particular y que se...

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