STSJ Comunidad de Madrid 644/2020, 30 de Diciembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución644/2020
Fecha30 Diciembre 2020

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

C/ General Castaños, 1, Planta Baja - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2019/0011133

Procedimiento Ordinario 311/2019

Demandante: D./Dña. Pedro Enrique

PROCURADOR D./Dña. ANGELICA ORTIZ LOPEZ

Demandado: JEFATURA DE ENSEÑANZA DE LA GUARDIA CIVIL

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

Ponente: Señora DELGADO VELASCO.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

SENTENCIA Núm. 644

Ilmos. Sres.

Presidenta:

Dª. Mª Teresa Delgado Velasco

Magistrados:

Dª. Cristina Cadenas Cortina.

Dª. Mª : Elisa Gómez Álvarez.

D. José Ramón Giménez Cabezón.

D. Luis Fernández Antelo

En la Villa de Madrid, a 30 de diciembre de 2020.

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 311/2019 promovido por la Procuradora DOÑA ANGÉLICA ORTIZ LÓPEZ, Procurador de los Tribunales y, de DO N Pedro Enrique, cuya representación consta acreditada en autos, bajo la asistencia letrada de D. Juan Carlos Fernández Monteagudo, contra la resolución

160/38240/2018, publicada con fecha 25 de septiembre de 2018, por la que el Tribunal de Selección hacia público como anexo I el resultado de los aspirantes que acceden a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, siendo el recurrente publicado como NO APTO (Folio 52 y ss.del expediente administrativo), así como contra la resolución del General Jefe de Enseñanza de la Dirección General de la Guardia civil de 28 de febrero de 2019 resolviendo denegatoriamente la alzada, y contra la resolución de la Jefatura de Enseñanza que con fecha 13 de septiembre de 2018 que publicó el resultado f‌inal de declaración de no apto del recurrente, tras hacer así públicos los resultados def‌initivos de las pruebas de entrevista personal, y por la que se le elimina así al actor del proceso selectivo convocado por resolución 160/38090/2018, de 30 de abril ; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley Jurisdiccional, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verif‌icó mediante escrito de 2 de julio de 2019 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia acogiendo sus pretensiones y condenando a la Administración autora de la resolución recurrida, en los términos y extremos que obran en el suplico de la misma.

En concreto pedía:

  1. - Que se declare nula por defectos de forma la sub-prueba de entrevista realizada al recurrente dentro de las pruebas psicofísicas del proceso selectivo convocado por Resolución 160/38090/2018, de 30 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación de la Guardia Civil, para incorporación a la escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil en la misma.

  2. - Que se declare que el recurrente tiene competencias necesarias en MOTIVACIÓN, HABILIDADES SOCIALES Y DE COMUNICACIÓN y AUTOCONTROL para la función de Guardia Civil siendo declarado APTO en el proceso selectivo en la sub-prueba de entrevista dentro de las pruebas psicofísicas del proceso selectivo indicado.

  3. - Que sea reintegrado al proceso selectivo en el mismo momento en que fue excluido, debiendo ser convocado para reconocimiento médico, determinación de la falta de tatuajes conforme a la base 2.1.15 de la Convocatoria y tallaje para la confección del uniforme.

  4. - La nulidad parcial de la Resolución del Tribunal Selectivo de fecha de 25 de septiembre de 2018, " por la que el Tribunal de Selección de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en los centros de formación de la Guardia Civil, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias anunciadas por Resolución 160/38090/2018, de 30 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE número 106), por la que se publica el resultado f‌inal obtenido por los aspirantes convocados a las pruebas de aptitud psicofísica ", que declara al recurrente como NO APTO def‌initivo en la sub-prueba de entrevista personal de las pruebas psicofísicas, dado que procede la declaración de APTO en dicha sub-prueba de entrevista.

  5. - La nulida d total de la Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, Mando de Personal, de fecha 28 de febrero de 2019 por la que desestima el Recurso de Alzada interpuesto por esta parte contra la anterior Resolución ratif‌icando la misma al considerar que ha lugar a la exclusión del recurrente del proceso selectivo por causa de "FALTA DE MOTIVACIÓN, HABILIDADES SOCIALES Y DE COMUNICACIÓN y de AUTOCONTROL" en la sub - prueba de Entrevista del proceso selectivo de oposición.

  6. - Que una vez producida la reincorporación al proceso selectivo del recurrente, en caso de superarse el reconocimiento médico y la prueba de tatuajes, se retrotraigan los efectos de todo tipo, profesionales, funcionariales y económicos, a la fecha de la incorporación de la promoción de la Convocatoria realizada por Resolución 160/38090/2018, de 30 de abril, de la que fue indebidamente expulsado el recurrente.

Y ello con imposición de las costas causadas a la Administración

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia conf‌irmatoria de la resolución recurrida.

TERCER O.- Habiéndose recibido el pleito a prueba, practicada ésta según obra en autos y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, f‌ijándose para ello la audiencia del día 9 de diciembre de 2020 en que se deliberó de forma telemática dado el estado de alarma.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado todas las prescripciones legales.

Siendo ponente la Magistrada Ilma. Sra. Doña Teresa Delgado Velasco, quien expresa el parecer de esta Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente procedimiento tiene por objeto la resolución de la Jefatura de Enseñanza que con fecha 25 de septiembre de 2018 publicó el resultado f‌inal de declaración de no apto del recurrente en la entrevista personal del actor, y la resolución anterior de 13 de septiembre de 2018 del Tribunal de Selección haciendo públicos los resultados def‌initivos de las pruebas de entrevista personal en la que se le considera NO APTO en la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

. Y por ello lo impugna el actor por considerar el mismo tal resolución contraria a Derecho y a sus intereses.

Para la resolución del presente recurso ha de partirse de la exposición de los siguientes antecedentes facticos:

  1. - Mediante Resolución de fecha 30 de abril de 2018, fue publicada en el BOE núm. 106 de 2 de mayo de 2018, Resolución 160/38097/2018 DE 30 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

    Como anexo a dicha resolución se adjuntaban las bases de la convocatoria, entre cuyos apartados se encontraban los siguientes: 6.1.6 Entrevista personal: Destinada a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas. El General Jefe de la Jefatura de Enseñanza establecerá, previamente, los criterios que se seguirán para valorar que el aspirante posee en grado suf‌iciente, las competencias y cualidades necesarias para el buen desempeño de los cometidos y responsabilidades que le sean encomendadas con su incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.

    Y en cuanto a la calif‌icación de estas pruebas psicotécnicas, se remite el actor a lo que se establece en la Base

    7.7 (págs. 35-37 del expediente) diciendo que la prueba psicotécnica se valorara de 0 a 15 puntos de acuerdo con las puntuaciones obtenidas en los tests aplicados según la base 6.1.4

  2. - .- El recurrente Don Pedro Enrique se inscribió debidamente en tales pruebas selectivas, realizando las correspondientes pruebas conforme a lo establecido y estipulado en las bases de la citada convocatoria, siendo incluido en la relación de admitidos provisionales para la realización de tales pruebas.

  3. - Mediante resolución 160/38158/2018, de 27 de junio, de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil por la que se publica la relación def‌initiva de admitidos y excluidos de la convocaría de las pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil se publicó la relación de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas con la expresión del baremo de méritos asignado relacionando al actor CON UN BAREMO DE 7 PUNTOS.(BOE de 2 de julio de 2018)-folio 55 del expediente-.

    El recurrente posteriormente aparecía en la posición 1933 de dicha resolución de 24 de julio de 2018 con un baremo de méritos de 94,123 puntos. Así pues, en el anexo 1 de dicha resolución se publica la lista con los resultados def‌initivos obtenidos por los aspirantes. Entre estos, ese encontraba el recurrente (folio 55 del expediente) el cual había sido seleccionado ya para la realización de las pruebas físicas, después la entrevista personal y después el reconocimiento médico. Y convocado para ello sucesivamente a las pruebas físicas los días 12,13 y 14 de septiembre de 2018

  4. - Mediante Resolución de 12 de septiembre de 2018, del Tribunal de Selección, se publicó la lista de...

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