STSJ Aragón 335/2020, 5 de Octubre de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución335/2020
Fecha05 Octubre 2020

SENTENCIA 000335/2020

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE :

D. Eugenio Ángel Esteras Iguácel

MAGISTRADOS :

D.ª María del Carmen Muñoz Juncosa

D. Emilio Molins García-Atance

------------------------------- En Zaragoza, a cinco de octubre de dos mil veinte.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN (Sección 2ª), el recurso de apelación interpuesto por doña Rosa, representada por su padre don Argimiro, representada procesalmente por la Sra. Procuradora de los Tribunales doña María de los Ángeles Prieto Sogo y defendida por la Sra. Abogada doña María José Martín Munera, contra el auto de 13 de enero de 2020, dictado en la pieza separada de medidas cautelares del procedimiento abreviado nº 458/2019 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Teruel en el que es parte apelada la Administración del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Ponente : Ilmo. Sr. Magistrado D. Emilio Molins García-Atance.

ANTECEDENTES DE HECHO

:

PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Teruel dictó en la pieza separada de medidas cautelares del procedimiento abreviado nº 458/2019, el auto de 13 de enero de 2020, acordando denegar las medidas cautelares de suspensión de la resolución recurrida, denegatoria de la autorización de residencia y trabajo, y subsidiariamente, de mantenimiento de la autorización de residencia mientras se sustancie el recurso.

SEGUNDO

Notif‌icado el anterior Auto a las partes, por la representación procesal de la actora se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en un efecto, y dado traslado a la parte demandada esta formuló, igualmente en tiempo y forma, alegaciones oponiéndose a dicho recurso.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a esta Sala y turnadas a esta Sección 2ª, se celebró la votación y fallo del recurso el día 30 de septiembre de 2020.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

:

PRIMERO

La recurrente impugna la resolución de 11 de noviembre de 2019 dictada por el Subdelegado del Gobierno en Teruel que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 22 de julio de 2019 denegatoria de la autorización de residencia temporal inicial por reagrupación familiar formulada por don Argimiro a favor de su hija menor de edad Rosa, expediente nº NUM000 .

Y como medidas cautelares solicita la suspensión de la resolución recurrida, denegatoria de la autorización de residencia y trabajo, y subsidiariamente, que se autorice la residencia mientras se sustancia el recurso.

En el auto apelado se deniega la medida solicitada y frente al mismo se alza el recurrente insistiendo en la relevancia del arraigo familiar de la apelante, una menor de 9 años de edad, dependiente por completo de sus progenitores.

El Abogado del Estado se opone al recurso indicando que solo en casos excepcionales se permiten las medidas de carácter positivo, a cuyo f‌in invoca el Auto del TC de 19 de mayo de 2010 señalando que esta...

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