STSJ Comunidad Valenciana 498/2020, 30 de Septiembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Septiembre 2020
Número de resolución498/2020

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA Nº 498/20

En la ciudad de Valencia, a 30 de septiembre de 2020.

Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los ·Ilmos. Sres. don Carlos Altarriba Cano, Presidente, doña María de los Desamparados Iruela Jiménez y don Rafael Pérez Nieto, Magistrados, el recurso contenciosoadministrativo con el número 217/18, en el que han ·sido partes, como recurrente, don Jose Daniel, representado por el Procurador Sr. Toca Herrera y defendido por el Letrado Sr. Martínez Corell, y como demandada la Generalitat Valenciana, representada y defendida por Sra Letrada de su gabinete jurídico. La cuantía es indeterminada. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verif‌icó en escrito mediante el que queda ejercitada su pretensión de que se obligue a la Administración demandada a que ejecute materialmente el deslinde de la vía pecuaria "Colada de Fanadix" con arreglo a lo decidido en la Orden de 23-2-2009

SEGUNDO

La parte demandada dedujo su escrito de contestación en el que solicita que se desestime el recurso contencioso-administrativo.

TERCERO

El proceso se recibió a prueba. Evacuado el trámite de conclusiones, los autos quedaron pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 30 de septiembre de 2020.

2

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Jose Daniel es su pretensión de que Ja Generalitat Valenciana ejecute materialmente el deslinde decidido por la Orden de 23-2-2009 de la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, la cual aprobó el deslinde parcial de la Colada de Fanadix con la parcela catastral NUM000 .

Don Jose Daniel es la parte recurrente del proceso judicial. Relata que la Orden deslinde se dictó a su instancia y que en ella se disponía la cancelación total o parcial de cuantas inscripciones registrales resultasen contradictorias con el deslinde, así como proceder al amojonamiento de la vía pecuaria. Ref‌iere asimismo la recurrente que mediante STSJCV núm. 551/2013, de 11 de octubre, fue desestimado el recurso contenciosoadministrativo que "Monte Calpe" SA planteó contra la Orden de deslinde, sentencia que alcanzó f‌irmeza tras no haber lugar al recurso de casacion ( STS de 11-12-2015). Posteriormente, el día 14-12-2017, el recurrente

instó a la Consellería de Agricultura a "realizar cuantas acciones sean necesaria y correspondan para llevar a término la Orden de 213-2-2009". Invoca los arts. 2, 7, 8, 9 y 63 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana; la Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias; y el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial Urbanística.

En frente, la presentación procesal de la Generalitat Valenciana alega que el expediente administrativo demuestra que se ha procedido a la modif‌icación catastral de acuerdo con la sentencia 551/2013, constando...

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