SAP Álava 573/2020, 10 de Junio de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución573/2020
Fecha10 Junio 2020

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ÁLAVA-SECCIÓN PRIMERA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LEHEN ATALA

AVENIDA GASTEIZ, 18-2ª planta - C.P./PK: 01008

TEL. : 945-004821 Fax/ Faxa : 945-004820

Correo electrónico/ Helbide elektronikoa: audiencia.s1.alava@justizia.eus / probauzitegia.1a.araba@justizia.eus

NIG PV / IZO EAE: 01.02.2-18/010140

NIG CGPJ / IZO BJKN :01059.42.1-2018/0010140

Recurso apelación procedimiento ordinario LEC 2000 / Prozedura arrunteko apelazio-errekurtsoa; 2000ko PZL 119/2020 - B - Upad Civil

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria-Gasteiz - UPAD Civil / Arlo Zibileko ZULUP - Gasteizko Lehen Auzialdiko 3 zenbakiko Epaitegia

Autos de Procedimiento ordinario 714/2018 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: DIPUTACION FORAL DE ALAVA

Procurador/a/ Prokuradorea:

Abogado/a / Abokatua: ASESORIA JURIDICA DE LA DIPUTACION DE ARABA-ALAVA

Recurrido/a / Errekurritua: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000 NUM000 A NUM001 DIRECCION000 NUM002 NUM004 DIRECCION001 NUM002 - NUM003 - NUM004 DE VITORIA-GASTEIZ

Procurador/a / Prokuradorea: CARMEN CARRASCO ARANA

Abogado/a/ Abokatua: AITOR ORTEGA ZUFIRIA

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. Dª. Mercedes Guerrero Romeo, Presidenta, D. Iñigo Elizburu Aguirre y D. David Losada Durán, Magistrados, ha dictado el día diez de junio de dos mil veinte.

la siguiente

SENTENCIA Nº 573/20

En el recurso de apelación civil, Rollo de Sala nº 119/20, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Juicio Ordinario nº 714/18, promovido por la DIPUTACION FORAL DE ALAVA representada y dirigida por la Letrada-Jefa del Servicio de Asesoría Jurídica Dª Mª Jesús Ogueta Lana, frente a la sentencia nº 250/19 dictada el 19-11-19, siendo parte apelada la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SITA

EN ESTA CIUDAD, C/ CALLE000 NUM000 a NUM001, C/ DIRECCION000 NUM002 a NUM004 y C/ DIRECCION001 NUM002, NUM003 y NUM004, denominada DIRECCION002 NUM005 dirigida por el Letrado D. Aitor Ortega Zubiria y representada por la Procuradora Dª. Carmen Carrasco Arana, siendo Ponente

D. Iñigo Elizburu Aguirre.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria-Gasteiz se dictó sentencia nº 250/19 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

" DISPONGO : ESTIMAR ÍNTEGRAMENTEla demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña Carmen Carrasco Arana, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de la CALLE000 NUM000 a NUM001, DIRECCION000 NUM002 a NUM004 y calle DIRECCION001 NUM002, NUM003 y NUM004 y CONDENAR a la DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA a abonar a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de la CALLE000 NUM000 a NUM001, DIRECCION000 NUM002 a NUM004 y calle DIRECCION001 NUM002, NUM003 y NUM004 la suma de CINCUENTA y CUATRO MIL CIENTO SESENTA y NUEVE euros con OCHENTA y TRES céntimos (54.16983 euros) por los conceptos de esta sentencia.

CONDENAR a la DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA a abonar a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de la CALLE000 NUM000 a NUM001, DIRECCION000 NUM002 a NUM004 y calle DIRECCION001 NUM002, NUM003 y NUM004 el INTERÉS legal de dicha suma desde el día 10 de julio de 2017.

CONDENAR a la DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA al pago de las COSTAS derivadas del presente procedimiento ."

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación por la representación de la DIPUTACIÓN FORAL DE ALAVA, recurso que se tuvo por interpuesto con fecha 07-01-20, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentando la representación de ya indicada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS escrito de oposición al recurso planteado de contrario, y elevándose, seguidamente, los autos a esta Audiencia Provincial con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala y comparecidas las partes, con fecha 07-02-20 se mandó formar el correspondiente Rollo de apelación, registrándose y turnándose la ponencia al Ilmo. Sr. Magistrado D. Iñigo Elizburu Aguirre, y por resolución de fecha 14-02-20 se señaló para deliberación, votación y fallo el 17 de marzo de 2020, habiéndose mantenido dicho señalamiento en virtud de lo dispuesto por el Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ de 13 de abril de 2020.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Recurre en apelación la parte demandada, pretendiendo la íntegra desestimación de la demanda con imposición a la actora de las costas de la primera instancia.

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