SAP Salamanca 185/2020, 20 de Mayo de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 20 Mayo 2020 |
Número de resolución | 185/2020 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SALAMANCA
SENTENCIA: 00185/2020
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SALAMANCA
SENTENCIA: 00185/2020
Modelo: N10250
GRAN VIA, 37-39
Teléfono: 923.12.67.20 Fax: 923.26.07.34
Correo electrónico:
N.I.G. 37274 42 1 2019 0004319
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000859 /2019
Juzgado de procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.N.1 de SALAMANCA Procedimiento de origen: JVD JUICIO VERBAL DE DESAHUCIO 0000479 /2019 Recurrente: MERCADO VISUAL SL
Procurador: ALICIA TERESA GONZALEZ MOLINERO
Abogado: OSCAR ANTONIO BARBERO GARCIA
Recurrido: BARRUECO SANCHEZ SL
Procurador: MARTA ISABEL HURTADO MARCH
Abogado: CARLOS GONZALEZ VALDEON
SENTENCIA NÚMERO: 185/2020
ILMO. SR. PRESIDENTE:
DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
DOÑA Mª VICTORIA GUINALDO LOPEZ
DON EUGENIO RUBIO GARCIA
DON FERNANDO CARBAJO CASCON
En la ciudad de Salamanca a veinte de mayo de dos mil veinte.
La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO VERBAL DESAHUCIO Nº 479/2019 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 Salamanca, Rollo de Sala N º 859/2019; han sido partes en este recurso: como demandante-apelado BARRUECO SANCHEZ S.L., representada por la Procuradora Doña Marta Hurtado March bajo la dirección del Letrado Don Carlos González Valdeón, y como demandada-apelante MERCADO VISUAL S.L., representada por la Procuradora Doña Alicia González Molinero y bajo la dirección del Letrado Don Oscar Barbero García.
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- El 26 de septiembre de 2019, por el Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Salamanca, se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Estimo totalmente la demanda interpuesta por Barrueco Sánchez S.A., frente a Mercado Visual S.L.
Se declara extinguido el contrato de arrendamiento de fecha 20 de diciembre de 1993 que unía a las partes y por aplicación de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, así como la extinción de la tácita reconducción producida tras la anterior extinción condenando a la demandada a dejar el local comercial libre, vacuo y expedito.
Condeno a Mercado visual S.L., a abonar a Barrueco Sánchez S.L., la cantidad de 5.863,35 euros correspondiente a los meses de enero a mayo de 2019, y el pago de las sumas que se devenguen hasta la efectiva entrega a la demandante del local a razón de 1.172,67 euros al mes, a partir del mes de junio de 2019, incluido, hasta el abandono, voluntario o por lanzamiento, prorrateándose por días los períodos inferiores al mes. Téngase en cuenta las cantidades que hayan sido ya consignadas por la parte demandada.
Las costas procesales se imponen a la parte demandada.
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- Contra referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada, quien alega como motivos del recurso: infracción de la disposición transitoria 1ª, apartado 2 de la LAU/1994; efectos de la consignación realizada; para terminar suplicando, se dicte sentencia por la que se estime íntegramente este recurso, revoque la sentencia recurrida y desestime íntegramente la demanda, con imposición de costas a la parte contraría.
Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando, se sirva dictar sentencia por la que se confirme la apelada, en todos sus términos; todo ello con expresa imposición de las costas a la parte apelante.
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- Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo y se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día 4 de marzo de 2020, pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.
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- Observadas las formalidades legales.
Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JOSE RAMONGONZALEZ CLAVIJO .
Pretensiones de las partes y resolución de instancia.
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La representación de la demandante, Barrueco Sánchez SL, interpuso demanda referente a Mercado Visual SL en ejercicio de acción de desahucio por extinción del plazo convenido y en aplicación de la disposición transitoria 3ª de la LAU de 1994, conforme a la doctrina establecida por el TS en sentencia número 137/2015, del 12 de marzo, y ello por cuanto extinguido el contrato se produjo la tácita reconducción por el plazo establecido en el art. 1581 CC, solicitando la condena la demandada al pago de la cantidad de 5.863,35 euros correspondientes a la ocupación indebida del local durante los meses de enero a mayo de 2019, así como el pago de las sumas que se devenguen hasta la efectiva entrega del local a razón de 1.172,67 euros al mes, debiendo la demandada dejar el local comercial libre en un plazo no superior a quince días naturales desde que la sentencia alcance firmeza, y bajo apercibimiento de lanzamiento.
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La...
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