SAP Barcelona 245/2021, 9 de Junio de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Junio 2021
Número de resolución245/2021

Sección nº 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. baixa - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866303

FAX: 934867115

EMAIL:aps19.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120188041029

Recurso de apelación 632/2019 -B

Materia: Juicio Ordinario

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Barcelona

Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 144/2018

Entidad bancaria BANCO SANTANDER:

Para ingresos en caja. Concepto: 0307000012063219

Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

Benef‌iciario: Sección nº 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Concepto: 0307000012063219

SENTENCIA Nº 245/2021

Magistrados:

Miguel Julián Collado Nuño Asunción Claret Castany Jessica Julián Ibáñez

Barcelona, 9 de junio de 2021

Ponente : Jessica Julián Ibáñez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 10 de octubre de 2019 se han recibido los autos de Procedimiento ordinario 144/2018 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Barcelona a f‌in de resolver el recurso de apelación interpuesto por BBVA S.A y otro por Virginia contra Sentencia - 06/05/2019 - y en el que ambas partes se oponen a los mismos.

SEGUNDO

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:

" QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la

representación procesal de Dª Virginia contra BBVA,S.A declaro el incumplimiento de las obligaciones contractuales de lealtad, diligencia e información de la entidad demandada en la venta de las participaciones preferentes, objeto de la demanda y condeno a BBVA,S.A a indemnizar a la actora en la de 12.886,77 euros -cantidad invertida (20.000 euros) menos la cantidad percibida como rendimientos (455,55 euros) y menos la cantidad percibida por la venta al FGD (6.657,68 euros)-, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, incrementado en dos puntos con la sentencia. No se hace expresa imposición de las costas a ninguna de las partes."

TERCERO

Los recursos se admitieron y se tramitaron conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 08/04/2021.

CUARTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente a la Magistrada Jessica Julián Ibáñez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de DOÑA Virginia se presenta demanda contra BBVA S.A. (como sucesora de Catalunya Banc, S.A.) solicitando que se declare el incumplimiento contractual de la demandada del contrato de asesoramiento en materia de inversión, con sus consecuencias y efectos indemnizatorios y se condene a la entidad demandada a indemnizar al actor la cuantía de 13.342 euros mas los intereses legales desde la interposición de la demanda detrayéndose los rendimientos percibidos, f‌ijándose la cuantía concreta en ejecución de sentencia.

Subsidiariamente, se declare la nulidad del contrato de adquisición de las contrataciones efectuadas por la parte actora en los productos denominados "participaciones preferentes Serie B" por importe total de

20.000 euros con sus consecuencias y efectos restitutorios, esto es, se condene a BBVA a la devolución de Participaciones Preferentes Serie B por importe de 20.000 euros, mas los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de la contratación hasta la fecha de pago, sin perjuicio del descuento o reintegro por la parte actora a la demandada de las cantidades que hayan percibido en concepto de rendimientos brutos, con más su interés legal y de la cantidad percibida por la venta al Fondo de Garantía de Depósitos con su interés legal desde su percepción por los actores cuya f‌ijación exacta deberá realizarse en fase de ejecución de sentencia.

En ambos supuestos se solicita se condene a la demanda al pago de las costas del procedimiento.

La demandada, BBVA SA (sucesora de Catalunya Banc) se opone a las pretensiones de contrario sosteniendo, en esencia, que: primero, cumplimiento de todas las obligaciones contractuales correspondientes; segundo, canje de las acciones por imposición legal, habiendo recibido el importe de 6.657,68 euros; tercero, prescripción de la acción de daños y perjuicios por incumplimiento contractual, con aplicabilidad del plazo del artículo 945 del Código de Comercio; cuarto, inicio del cómputo del plazo en la fecha de venta al FROB en el año 2013, con interposición de la demanda en el año 2017; quinto, caducidad de la acción de anulabilidad desde la fecha del venta al FROB el día de 7 de junio de 2013 hasta la interposición de la demanda; sexto, conf‌irmación del contrato por actos de la actora; séptimo y, subsidiariamente, aplicación del interés legal a todas las cantidades que deban restituirse recíprocamente.

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Barcelona se dicta sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la representación procesal de Dª Virginia contra BBVA, S.A declaró el incumplimiento de las obligaciones contractuales de lealtad, diligencia e información de la entidad demandada en la venta de las participaciones preferentes objeto de la demanda y condeno a BBVA, SA a indemnizar a la actora en la de 12.886,77 euros -cantidad invertida (20.000 euros) menos la cantidad percibida como rendimientos (455,55 euros) y menos la cantidad percibida por la venta al FGD (6.657,68 euros)-, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, incrementado en dos puntos con la sentencia. No se hace expresa imposición de las costas a ninguna de las partes".

La apelante, BBVA SA (sucesora de Catalunya Banc), se alza frente a la sentencia de instancia sosteniendo la prescripción de la acción por aplicación de lo dispuesto en el artículo 945 del código comercio (3 años) con inicio del cómputo en la fecha de la venta al Frob en julio de 2013.

Por su parte, DOÑA Virginia, se opone al recurso de contrario reiterando la inaplicabilidad del plazo prescriptivo del artículo 945 del Código de Comercio. Así mismo, impugna y formula recurso de apelación frente a la sentencia de instancia sosteniendo la improcedencia de la no imposición de las costas procesales así como

error en la estimación parcial dado que la sentencia concede todo lo peticionado y, en consecuencia, procede la estimación íntegra con imposición de costas a la actora.

BBVA SA se opone al recurso de DOÑA Virginia...

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