AAP Barcelona 98/2021, 31 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Mayo 2021
Número de resolución98/2021

Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68, pl. 1 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 935672160

FAX: 935672169

EMAIL:aps4.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0812442120208141084

Recurso de apelación 46/2021 -E

Materia: Monitorio

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Mollet del Vallés Procedimiento de origen:Juicio Monitorio 361/2020

Entidad bancaria BANCO SANTANDER:

Para ingresos en caja. Concepto: 0650000012004621

Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

Benef‌iciario: Sección nº 04 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Concepto: 0650000012004621

Parte recurrente/Solicitante: MARESME PAVIFORT S.L

Procurador/a: Consol Cuadra Baile

Abogado/a: Raquel Alvarez Zamudio

Parte recurrida:

Procurador/a:

Abogado/a:

AUTO Nº 98/2021

Magistrados:

Vicente Conca Perez Jordi Lluís Forgas Folch Mireia Rios Enrich

Barcelona, 31 de mayo de 2021

Ponente: Mireia Rios Enrich

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 20 de enero de 2021 se han recibido los autos de Juicio Monitorio 361/2020 remitidos por Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Mollet del Vallés a f‌in de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª Consol Cuadra Baile, en nombre y representación de MARESME PAVIFORT S.L contra Auto - 24/11/2020.

Segundo

El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "PARTE DISPOSITIVA: Acuerdo el archivo del presente procedimiento monitorio."

Tercero

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 29/04/2021. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente a la Magistrada Dª Mireia Rios Enrich .

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Objeto y planteamiento del recurso .

  1. MARESME PAVIFORT S.L. formula petición por los trámites del proceso monitorio contra INSTALACIONES INTEGRALES MONTGAT S.L., con domicilio en la CALLE000, nº NUM000, de Parets del Vallés, en reclamación de la cantidad de 2.025,54 euros.

  2. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Mollet del Vallés remite exhorto al Juzgado de Paz de Parets del Vallés para que, conforme al artículo 161 de la L.E.C., requiera a INSTALACIONES INTEGRALES MONTGAT SL, con domicilio en la CALLE000 NUM000, de Parets del Vallés, para que, en el plazo de 20 días, pague a MARESME PAVIFORT S.L, la cantidad de 2.025,54 euros.

  3. El exhorto resulta negativo, extendiéndose diligencia de ordenación en la que se hace constar: " fue citada por correo ordinario la empresa INSTALACIONES INTEGRALES MONTGAT S.L., en el domicilio que consta en el exhorto sito en la CALLE000 N° NUM000, de Parets del Vallés, para que compareciera en este juzgado, siendo devuelta por el servicio de correos como "desconocido"; consultado el padrón de actividades económicas de esta localidad, informan que dicha empresa no se encuentra dada de alta en esta población; personada la Auxilio Judicial de este Juzgado en la referida dirección, constata que el n° 6 pertenece a dos casas apareadas, y que por el aspecto exterior de las casas puede deducirse que están abandonadas; no hallando nadie en la calle ya que la ubicación de la vivienda está en un descampado, se le pregunta a la Policía Local, la cual informa que las casas están ocupadas y que no tienen conocimiento de la existencia de ninguna empresa ".

  4. Consultado el Registro Mercantil resulta que la empresa demandada tiene su domicilio en la CALLE000, número NUM000, de Parets del Vallés.

  5. Por diligencia de ordenación de 9 de noviembre de 2020, se acuerda acceder a las bases de datos del Punto Neutro Judicial, y efectuada la consulta, resulta que el Administrador de la empresa demandada, el Sr. Cipriano

    , tiene su domicilio en PREMIÁ DE MAR que no corresponde al partido judicial de Mollet del Vallés.

  6. MARESME PAVIFORT S.L presenta escrito en el que manif‌iesta que aporta como nuevo domicilio de la demandada, el de la CALLE000, número NUM000, de Parets del Vallés.

  7. La juez de primera instancia dicta auto, por el que, de conformidad con el último párrafo del artículo 813 de la L.E.C., resultando que la parte demanda no tiene su domicilio o residencia en el partido judicial de Mollet del Vallés, acuerda el archivo del presente procedimiento monitorio.

  8. Frente a dicha resolución, MARESME PAVIFORT S.L. interpone recurso de apelación en el que...

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