STSJ Murcia 200/2021, 14 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución200/2021
Fecha14 Mayo 2021

T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 00200/2021

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

N56820

PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5 -DIR3:J00008050 Teléfono: Fax:

Correo electrónico:

UP3

N.I.G: 30030 45 3 2020 0001323

Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000342 /2020 Sobre: EXTRANJERIA

De D./ña. Abelardo

Representación D./Dª. MARIA ELISA CARLES CANO-MANUEL Contra D./Dª.

Representación D./Dª.

ROLLO DE APELACION núm. 342/2020

SENTENCIA núm. 200/2021

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA

Compuesta por los Iltmos. Sres.:

Dña. María Consuelo Uris Lloret

Presidente

Dña. María Esperanza Sánchez de la Vega

Dña. Gema Quintanilla Navarro

Magistrados

Ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

S E N T E N C I A n.º 200/21

En Murcia, a catorce de mayo de dos mil veintiuno

En el rollo de apelación nº. 342/2020 seguido por interposición de recurso de apelación contra el auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Murcia de 9 de noviembre de 2020, dictado en el procedimiento abreviado nº 190/2020, en el que f‌iguran como parte apelante D. Abelardo, representado por la Procuradora Dña. María Elisa Carles Cano-Manuel y dirigido por la Letrada Dña. María Eugenia Victoria Martín, sobre archivo de las actuaciones; siendo ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. María Consuelo Uris Lloret, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO. - Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 6 de Murcia, lo admitió a trámite y remitió los autos junto con el escrito presentado a la Sala, la cual designó Magistrado ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el día 30 de abril de 2021.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por auto de fecha 9 de noviembre de 2020 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 6 de Murcia archivó las actuaciones, teniendo en cuenta que la parte recurrente no había subsanado el defecto consistente en iniciar el recurso mediante demanda en el plazo de 10 días concedido por diligencia de ordenación de 9 de septiembre de 2020, con apercibimiento de archivo de las actuaciones.

El auto se notif‌icó a la Letrada Dña. María Eugenia Victoria Marín, y contra el mismo se interpone recurso de apelación, alegando, en síntesis, que la diligencia de ordenación le fue notif‌icada el día 10 de septiembre de 2020, y el recurso contencioso administrativo se presentó el día 25 de septiembre, dentro de plazo, si bien, por error, no se presentó ante el Juzgado sino por la Of‌icina de...

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