STSJ Galicia 198/2021, 14 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución198/2021
Fecha14 Mayo 2021

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA : 00198/2021

PONENTE: D. JUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ

RECURSO: RECURSO DE APELACION 7047/2021

APELANTE: SOCIEDAD VIGILANCIA CONSERVACION Y VIAS SAA

Procurador:LUIS COUCE VIDAL

Letrado: SALVADOR FERNANDEZ FRANCO

APELADO: CONCELLO DE ORTIGUEIRA (A CORUÑA)

Procurador: MARIA DEL CARMEN VAZQUEZ MENDEZ

Letrado: CARLOS SEOANE DOMINGUEZ

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos.Srs. e Ilma. Sra.

FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

CRISTINA MARIA PAZ EIROA

JUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ

LUIS VILLARES NAVEIRA

A Coruña, 14 de mayo de 2021.

VISTOS por la Sala, constituida por los magistrados relacionados al margen, los autos del recurso de apelación número 7047/2021, interpuesto por el representante procesal de la sociedad civil "Vigilancia, Conservación y Vías, SAA", contra la sentencia de la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Ferrol de 10.12.20, que desestimó el recurso que interpuso frente a la resolución presunta desestimatoria de la reclamación que dirigió a la alcaldía del Ayuntamiento de Ortigueira para el pago de dos facturas por la realización de obras de rebacheo en varias vías municipales. Ha sido parte apelada el Ayuntamiento de Ortigueira.

Ha sido ponente el magistrado ilustrísimo señor don JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 28.06.18 tiene entrada en el registro del Ayuntamiento de Ortigueira la reclamación que formula el representante de la sociedad civil "Vigilancia, Conservación y Vías, SAA", en orden a que le abonara

34.549,86 euros por la realización de obras de rebacheo en varias vías municipales, para lo cual presentó dos facturas con sus desgloses. Al no resolver esa petición, acudió a la vía jurisdiccional, pero sin éxito, pues la sentencia de la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Ferrol de 12.12.20 desestimó su recurso, por cuanto no se había acreditado la realidad de la deuda.

SEGUNDO

Frente a esta resolución judicial interpone el letrado de la actora un recurso de apelación, al que se opone el municipal, que ha planteado la inadmisibilidad, de lo que se le ha dado traslado a aquél para que formule alegaciones, lo que ha hecho.

TERCERO

Mediante providencia de 26.04.21 se ha señalado la celebración de la votación y fallo para el día

14.05.21, que ha tenido lugar en esa fecha.

CUARTO

Se han observado todas las prescripciones legales.

Es ponente el magistrado don Juan Carlos Fernández López.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como se ha indicado en los antecedentes de hecho, uno de los representantes de la sociedad civil "Vigilancia, Conservación y Vías, SAA", reclamó el 28.06.18 a la alcaldía del Ayuntamiento de Ortigueira el abono de dos facturas por la realización de 36 obras de rebacheo en nueve vías municipales, una por importe de 16.843,20 euros y la otra por 17.706,66 euros, a lo que no se dio respuesta, por lo que acudió a la vía jurisdiccional, donde la titular del titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Ferrol dictó el

12.12.20 una sentencia desestimatoria, fundada en que el letrado de la actora no había acreditado la realidad de la deuda.

Siguiendo la vía impugnatoria ofrecida en esa resolución judicial, la ha impugnado en apelación el letrado de la actora, a través de un recurso que rebate los argumentos de la juzgadora de instancia, para interesar que se revoque su sentencia y que se condene al Ayuntamiento de Ortigueira al abono de los 34.549,86 euros reclamados, además de sus intereses.

A esas pretensiones se ha opuesto el defensor de la entidad local, que ha comenzado por interesar su inadmisión por razón de la cuantía o, en su defecto, su desestimación.

SEGUNDO

Sobre el acceso a la segunda instancia existe una sólida doctrina constitucional contenida, entre otras muchas, en las SsTC 3/1983, 140/1985, 37/1988, 106/1988, 37/1995, 58/1995, 138/1995, 149/199...

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