SAP Madrid 259/2021, 10 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Mayo 2021
Número de resolución259/2021

Sección nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 9 - 28035

Teléfono: 914934423,914934456

Fax: 914934639

GRUPO 3

audienciaprovincial_sec23@madrid.org

37051540

N.I.G.: 28.014.00.1-2017/0008531

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 534/2021

Origen :Juzgado de lo Penal nº 06 de Alcalá de Henares

Procedimiento Abreviado 176/2019

Apelante: MINISTERIO FISCAL

Apelado: D./Dña. Gerardo

Procurador D./Dña. SANDRA OSORIO ALONSO

Letrado D./Dña. LETICIA VIDORRETA GIL

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

Dª. Mª ROSARIO ESTEBAN MEILÁN

D. JESÚS GÓMEZ-ANGULO RODRÍGUEZ

D. ENRIQUE JESÚS BERGÉS DE RAMÒN (PONENTE)

SENTENCIA Nº 259/21

En Madrid, a 10 de mayo de 2.021.

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección 23ª de esta Audiencia Provincial, el procedimiento abreviado nº 176/19, procedente del Juzgado de lo Penal nº 6 de Alcalá de Henares, seguido por el delito utilización de vehículo de motor ajeno, siendo apelante el Ministerio Fiscal y, venido a conocimiento de esta Sección, en virtud de los recursos de apelación, interpuestos en tiempo y forma, contra la sentencia dictada por el referido Juzgado, con fecha 10 de noviembre de 2.020.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como HECHOS PROBADOS que: " ÚNICO: Se declara probado que en la madrugada del 31 de diciembre de 2015, una persona no identif‌icada sustrajo del interior de la vivienda sita en la AVENIDA000 nº NUM000 de Rivas Vaciamadrid, las llaves del turismo Audi A3 matrícula

....WWY, propiedad de Lucas, y se apoderó del mismo que estaba estacionado en la misma vía.

Igualmente se declara probado que el día 5 de enero de 2016, sobre las 9:30 horas, Gerardo, mayor de edad, rumano, con NIE NUM001, y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, fue sorprendido en el interior del vehículo matrícula ....WWY, con el motor encendido, las llaves puestas y ocupando el asiento del copiloto, en la calle Francisco Umbral de Rivas Vaciamadrid.".

Y el FALLO es de tenor literal siguiente: " Declaro la PRESCRIPCIÓN DE LA CAUSA, CON EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL Y LA LIBRE ABSOLUCIÓN DE Gerardo del delito de utilización ilegítima vehículo a motor de que había sido acusado. Impónganse las costas de of‌icio ".

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en esta Sección 23ª de la Audiencia Provincial de Madrid el día 26 de abril pasado, se señaló para deliberación el día 10-5-21.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Jesús Bergés de Ramón que expresa el parecer de la Sala.

HECHOS PROBADOS

Se mantienen los hechos que han sido declarados probados en la sentencia impugnada.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por el Ministerio Fiscal se recurre la sentencia que declara prescrito el hecho enjuiciado, por el transcurso de un año, al tener la consideración de leve, el delito imputado de hurto o robo de uso de vehículo de motor. Por el Fiscal se considera que la pena aplicable al hecho sería la correspondiente a un delito menos grave, siendo el plazo de prescripción cinco años.

SEGUNDO

Han de tenerse en cuenta en relación al instituto de la prescripción, ( STS 651/2012 de 24 de julio, 547/2002 de 27 de marzo, 690/2000 de 14 de abril, 1927/2001 de 22 de octubre, 198/2001 de 7 de febrero, 1937/2001 de 26 de octubre, 217/2004 de 18...

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