SJS nº 3 175/2021, 3 de Mayo de 2021, de Albacete

PonenteMARIA DEL PILAR MARTINEZ MARTINEZ
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2021
ECLIES:JSO:2021:321
Número de Recurso613/2020

JDO. DE LO SOCIAL N. 3

ALBACETE

DERECHOS FUNDAMENTALES Nº 613/2020

SENTENCIA: 00175/2021

En Albacete, a tres de mayo de dos mil veintiuno.

Vistos por mí, Dª María del Pilar Martínez Martínez, Juez Stta. del Juzgado de lo Social Nº 3 de Albacete, los autos de Derechos Fundamentales, seguidos ante este Juzgado bajo el Número 613/2020, a instancia del Sindicato Profesional de Policías Locales de Castilla-La Mancha, representado y asistido por la Letrada Dª Victoria Sanz Abia, contra el Excmo. Ayuntamiento de Albacete, representado y asistido por la Letrada Dª Cecilia Laigret Garguillo, cuyos autos versan sobre vulneración del derecho fundamental a la integridad física, y atendiendo a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha de junio de 2020 se presentó en Decanato de los Juzgados, la presente demanda, que correspondió a este Juzgado previo turno de reparto, demanda en las que la parte actora, tras exponer los Hechos y Fundamentos de Derecho que entendían de aplicación, terminaban solicitando se dictase sentencia de conformidad con el suplico de su escrito.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda y señalado día y hora para la celebración del acto del Juicio, se procedió a la celebración del mismo el día 21 de abril de 2021, exponiendo, a continuación, las partes, por su orden, cuanto a su derecho convenía en fase de alegaciones, practicándose las pruebas propuestas y admitidas con el resultado que consta en la grabación llevada al efecto, elevando f‌inalmente sus conclusiones a def‌initivas, quedando los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

En la mañana del día 19 de julio de 2020, como consecuencia de la detección de casos positivos por COVID-19 entre 400 temporeros con asentamiento en la Ctra. de la Peñas, se envió a agentes de Policía Local, produciéndose una serie de disturbios al romper más de 100 temporeros el cordón de vigilancia policial, cortando carreteras y calles, encaminándose hacia el centro del casco urbano, siendo que entre los temporeros, había numerosos casos positivos de COVID 19 sin poder identif‌icar, hechos estos que fueron públicos y notorios a través de los medios de comunicación.

Debido a estos desórdenes, prácticamente todo el turno diario de servicio de Policía Local tuvo que intervenir para tratar de garantizar la seguridad de los ciudadanos, junto con Policía Nacional. Los agentes intervinientes, tuvieron un contacto estrecho con los temporeros, muchos de los cuales, no llevaban ni mascarillas ni ningún

tipo de protección. Por parte de los temporeros se procedió a escupir a los agentes, al grito de "si yo estoy contagiado, tú y tu mujercita también" . En el dispositivo, en distintos momentos, participaron unos 20 agentes de Policía Local. Este hecho, fue puesto en conocimiento del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Albacete, por parte del Delegado de Prevención, a primera hora de la mañana del lunes día 20 de julio (documento nº 1 de la demanda), en este caso mediante whatsapp (medio más rápido utilizado generalmente ante el estado sanitario en el que nos encontramos) solicitando que se realizaran las pruebas PCR pertinentes de detección del COVID a los agentes intervinientes, así como un listado inicial de agentes que habían intervenido (hecho este recogido en el Informe de la Adjuntía de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Albacete, aportado en el expediente administrativo).

Por parte del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento se contestó verbalmente, que se había puesto todo en conocimiento de Sanidad y que estaban a la espera de las indicaciones de la autoridad sanitaria.

A la vista de que no se había ni contactado con los agentes afectados para su posible clasif‌icación de contacto estrecho o no, ni tampoco se había tomado ninguna decisión de aislamiento preventivo con respecto a los agentes que habían estado en primera línea, se volvió a reiterar por parte del Delegado de Prevención, esta vez por escrito en fecha 24 de julio 2020 la solicitud de realización de pruebas diagnósticas (documento obrante al expediente administrativo).

Días posteriores a los disturbios del día 19 de julio, los temporeros fueron trasladados a otras dependencias, en este caso, a las instalaciones de la Institución Ferial de Albacete IFAB, donde también otros trabajadores municipales estuvieron en contacto estrecho con los temporeros, a la vez que la información trasladada por los medios de comunicación es que los casos positivos iban en aumento.

El Servicio de Vigilancia de Salud para los trabajadores del Ayuntamiento de Albacete y organismos dependientes se presta por la empresa contratada al efecto, ASPY Prevención SLU.

SEGUNDO

Con fecha 27 de julio de 2020, a la vista de que se estaban realizando más de 500 pruebas PCR a los temporeros por parte de Sanidad y ante la ausencia total de información por parte del Ayuntamiento de Albacete sobre sus trabajadores a los Delegados de Prevención, ni a los miembros del Comité de Seguridad y Salud, se registra nuevo escrito, (documento nº 3 de la demanda), en este caso conjuntamente por parte de los Delegados de Prevención nombrados por los sindicatos STAS, CSIF y SOK CLM, solicitando se realizasen pruebas PCR a la mayor brevedad posible a todo el personal que había intervenido y tenido contacto con los temporeros, solicitando al amparo del derecho de información, se les diera ésta (documento obrante al expediente administrativo).

Con fecha 28 de julio de 2020, se recibió el primer escrito de contestación por parte del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Albacete, al escrito presentado por el Delegado de prevención que suscribe el día 24 de julio de 2020, que se da aquí por reproducido. En la comunicación se reconoce que el día 20 de julio se comunicaron inicialmente los hechos por parte del Delegado de Prevención al Servicio de Prevención vía whatsapp. Y que con fecha 22 y 27 de julio se envía por parte de dicho servicio, escritos a la Delegación de Sanidad de la JCCM para la realización de las pruebas PCR al personal de Policía Local interviniente y a todo el personal municipal que realice trabajos en el IFAB que se consideren contactos estrechos, mediante la aplicación del protocolo "Estrategia de detección precoz de vigilancia y control de Covid-19, actualizado a 9 de julio de 2020.

El Servicio de Policía Local comunicó al Servicio de Prevención, los agentes intervinientes en día 19 de julio de 2020.

Con fecha 31 de julio se recibió otro escrito del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento en contestación a los escritos anteriores, indicando de nuevo que se han derivado al Servicio Público de Salud, mediante la aplicación del protocolo "Estrategia de detección precoz vigilancia y control del Covid-19 actualizado a fecha 9 de julio de 2020 (Informe del a Adjuntía y documento obrante al expediente administrativo).

No se procedió a informar al Delegado de Prevención o al Comité de Seguridad Y Salud que procedimiento se ha seguido en este caso para concretar el contacto estrecho real, ni quién ha realizado la depuración en el listado, pues los agentes intervinientes manifestaron que nadie del Servicio de Vigilancia de Salud ASPY, se había puesto en contacto directo con ellos.

En esa comunicación se indica: "De la misma manera, se ha confeccionado por esta Adjuntía un documento para ser mostrado al facultativo de la sanidad pública a los efectos de identif‌icar al personal municipal con contacto estrecho que ha desarrollado tareas en el operativo IFAB, con la f‌inalidad de que se valore la realización de la PCR y/o aislamiento.

No se procedió a informar o dar traslado al Delgado de Prevención o al Comité de Seguridad y Salud de ese documento que se ref‌iere en el escrito de la Adjuntía ni tampoco que se haya hecho llegar a los agentes afectados por la empresa encargada de la Vigilancia de la Salud ASPY PREVENCION.

La Delegada Provincial de Sanidad con fecha 29 de julio de 2020 contestó al escrito del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Albacete, documento que se da por reproducido, obrante al expediente administrativo.

A pesar de las indicaciones de la Delegada de Sanidad, el servicio de prevención del Ayuntamiento no se puso en contacto con los agentes intervinientes ni para aislarlos ni valorarlos, ni les fueron realizadas prueba PCR. Ni tampoco consta que ASPY, llevase a cabo contacto alguno con los agentes intervinientes ni les indicasen que podían dirigirse a su médico de cabecera para solicitarle la realización de la prueba PCR, así como que tenían que estar o continuar en aislamiento.

TERCERO

Los agentes intervinientes, en contacto estrecho con los temporeros, de los cuales muchos de ellos dieron positivo en COVID y otros son contactos estrechos de éstos, a pesar de haber comunicado la incidencia, desde el día 19 de julio de 2020 no fueron aislados en ningún momento y estuvieron trabajando junto al resto de la plantilla, y realizando su vida normal con sus familiares y contactos sociales (testif‌icales de los agentes de policía local que fueron propuestos por la parte actora).

En cuanto a la información sobre el caso positivo en el servicio de la Policía Local contestó el Delegado de Prevención que el seguimiento y el alta serian supervisados por su médico de atención primaria o del trabajo... Se hace constar que el personal facultativo sanitario, en colaboración con epidemiología de Albacete, es el que f‌inalmente establece si realmente nos encontramos ante un contacto estrecho y las medidas a adoptar por el aislamiento.

La Guía de...

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