SAP Huelva 246/2021, 15 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Abril 2021
Número de resolución246/2021

Audiencia Provincial de Huelva

Sección 2ª, Civil

Nº Procedimiento: Recurso de Apelación Civil núm. 041/21

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. 6bis de Huelva

Autos de: Juicio Ordinario núm. 902/2018

Apelante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Apelados: D. Jose Francisco

SENTENCIA NÚM. 246

PRESIDENTE, ILMO. SR .

D. FRANCISCO BERJANO ARENADO MAGISTRADOS

D. FRANCISCO BELLIDO SORIA(Ponente)

D. ENRIQUE ÁNGEL CLAVERO BARRANQUERO

En Huelva a quince de abril de dos mil veintiuno

Han sido visto por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el juicio de Procedimiento Ordinario procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado. Interpone el recurso la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., que en la Primera Instancia ha litigado como parte demandada, representada por la Procuradora sra. Campos Pérez Manglano y defendida por la Abogada sra. Navarro Montes. Es parte apelada DON Jose Francisco, que en la Primera Instancia ha litigado como parte demandante, representado por la Procuradora sra. Agudo Álvarez y defendido por el Abogado sr. Castelo Sáez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia Nº 6bis de Huelva dictó sentencia el día 19 de octubre de 2020 con el siguiente Fallo: " Esther Agudo Álvarez, en nombre y representación de DON Jose Francisco, frente a la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., debo condenar y condeno a la misma en los siguientes términos:

  1. - DECLARO la nulidad, por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia, de la cláusula quinta relativa a la imposición de gastos a cargo de la parte prestataria, que se contiene en la escritura de préstamo hipotecario de fecha 09/11/06 otorgada en Huelva ante el Notario Don Emilio González Espinal, con número 2521 de su protocolo, debiendo la parte demandada estar y pasar por dicha declaración procediendo a la eliminación del referido clausulado.

  2. - CONDENAR a la entidad demandada al abono a la parte actora de la cantidad de 502,02 euros (sumatoria de las cifras sufragadas en concepto de 50% de gastos de Notaría y Gestoría y 100% de gastos de Registro analizadas en el fundamento jurídico primero y segundo de la presente resolución), junto con los intereses legales devengados desde la fecha de cada cobro.

  3. - Ha lugar a la imposición de condena en costas procesales devengadas a la parte demandada.

  4. - Declaro la subsistencia del resto del contrato."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se forma rollo y se designa Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Bellido Soria, que tras la preceptiva deliberación y votación del fallo expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A). La entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. recurre solamente el pronunciamiento de la sentencia del Juzgado, relativo al abono de las costas de la primera instancia, pues considera que no deberían habérsele impuesto, por cuanto que la demanda se ha estimado previo allanamiento, por lo que debe aplicarse el art. 395 LEC, en materia de costas y no el 394.1 de la misma Ley; y a pesar de que hubiera requerimiento previo, ello no es automáticamente signo de mala fe, sino que deben tenerse en cuenta las circunstancias que concurren en el mismo. Además y en cualquier caso la demanda no puede considerarse estimada totalmente, sino en parte, pues no se ha accedido a todas las cantidades...

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