SJS nº 1 41/2021, 9 de Febrero de 2021, de Mieres

PonenteMANUEL GONZALEZ-PORTAL DIAZ
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2021
ECLIES:JSO:2021:1766
Número de Recurso526/2020

JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO

M I E R E S

(Asturias)

JARDINES DEL AYUNTAMIENTO S/N

Tfno: 985464981

Fax: 985453627

NIG: 33037 44 4 2020 0000534

Autos: 526/20

Despido

Sentencia: 41

D

En la villa de Mieres del Camino, a nueve de febrero de dos mil veintiuno.

El Ilmo. Sr . DON MANUEL GONZÁLEZ-PORTAL DÍAZ, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social de MIERES; tras haber visto los presentes autos sobre DESPIDO; instruidos entre partes, de una y como demandante Lázaro que comparece representado por la Letrada ISABEL CANDELARIA SARMIENTO MORENO y de otra como demandada la ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS que comparece representado por la Letrada ASUNCIÓN RIESCO MORALEJO,

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- El actor, presentó escrito de demanda en fecha 2 de octubre de 2020, en el que solicita por sentencia estimatoria se declare la improcedencia del despido de que fue objeto; se dio traslado al demandado y citando a las partes para la celebración del correspondiente juicio oral, y en su caso previo acto de conciliación judicial en fecha 27 de enero de 2021 en que tuvieron lugar las actuaciones, compareciendo las partes, solicitando sentencia de acuerdo a sus intereses, practicándose las pruebas que fueron declaradas pertinentes y elevando f‌inalmente a def‌initivas sus conclusiones.

HECHOS PROBADOS

  1. - El actor, Lázaro, y la Administración demandada concertaron el 7 de septiembre de 2016 contrato de relevo a tiempo parcial para la prestación de servicios como Ordenanza en el centro sito en la Dirección General del personal docente, con efectos de 9 de septiembre. La causa de dicho contrato fue la jubilación parcial del trabajador Mariano nacido el NUM000 de 1955, que redujo su jornada y salario en un 75%. Se pactó un tiempo de vigencia del contrato de relevo hasta el NUM000 de 2020, en que el relevado cumplía la edad de 65 años, todo ello en los términos que obran al folio 60 de autos que se da por reproducido.

  2. - El NUM000 de 2019, Mariano, accede a la jubilación anticipada especial. Con efectos de 9 de septiembre de 2019 y por resolución de 15 de julio anterior se modif‌ica el contrato de trabajo suscrito con el demandante, el cual, quedó establecido desde la jubilación especial del relevado en el 100% de la jornada prevista en Convenio Colectivo.

  3. - El 9 de septiembre de 2020 la Dirección del centro educativo en que trabajaba el actor remite solicitud interesando la continuidad del trabajador. El trabajador prestó servicios hasta el día 18 de septiembre, momento en que la circunstancia es detectada por el servicio competente de la Secretaría General Técnica, que procede en esa fecha a comunicar al actor su cese con efecto retraído al NUM000 .

    El actor percibía un salario diario de 47,87 €.

  4. - En la nómina del mes de septiembre de 2020 le fue abonada en concepto de indemnización la cantidad de 1.667,04 €.

  5. - Con anterioridad al indicado contrato de relevo el actor prestó servicios como Ordenanza por cuenta y orden de la Administración demandada a virtud de los siguientes contratos temporales:

    - De interinidad con efectos de 27/05/2010 hasta el 28/05/2010, en los términos que obran al folio 38 del ramo de prueba de la actora.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 04/06/2010 hasta 13/06/2010, en los términos que obran al folio 39.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 12/07/2010 hasta 29/08/2010, en los términos que obran al folio 40.

    - De interinidad con efectos de 28/05/2011 hasta el 10/06/2011, en los términos que obran al folio 39 del ramo de prueba de la demandada.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 11/07/2011 hasta 28/08/2011, en los términos que obran al folio 43.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 04/06/2012 hasta 22/06/2012, en los términos que obran al folio 44.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 20/07/2012 hasta 20/09/2012, en los términos que obran al folio 45.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 15/07/2013 hasta 24/09/2013, en los términos que obran al folio 46.

    - De interinidad con efectos de 23/10/2013 hasta el 07/02/2014, en los términos que obran al folio 47.

    - De interinidad efectos de 04/06/2014 hasta 04/06/2014, en los términos que obran al folio 53.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 07/06/2014 hasta 10/06/2014, en los términos que obran al folio 49.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 17/06/2014 hasta 11/07/2014, en los términos que obran al folio 50.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 23/07/2014 hasta 15/10/2014, en los términos que obran al folio 52.

    - Eventual por circunstancias de la producción con efectos de 12/12/2014 hasta 30/12/2014, en los términos que obran al folio 54.

    - De interinidad con efectos de 16/01/2015 para sustitución de...

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