STSJ Andalucía 2956/2021, 22 de Julio de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Julio 2021
Número de resolución2956/2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SEDE EN GRANADA SECCION CUARTA RECURSO NÚM. 188/2018

SENTENCIA NÚM. 2956 DE 2021

Ilma. Sra. Presidenta: Dª. Beatriz Galindo Sacristán Ilms. Srs. Magistrados: D. Silvestre Martínez García Dª Mª Rosa López-Barajas Mira

Granada, a veintidós de julio de dos mil veintiuno.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso contencioso administrativo, tramitado como procedimiento ordinario número 188/2018, interpuesto por el Procurador D. Andrés C. Alvira Lechuz, en representación de GREENPEACE ESPAÑA, y como parte demandada el AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS (ALMERIA) representado por la Procuradora Dª María Victoria Espadas Ledesma, y como parte codemandada se personó la mercantil AZATA DEL SOL S.L., representada por la Procuradora Dª Mª Luisa Sánchez Bonet.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En fecha 21 de febrero de 2018 se interpuso por el Procurador D. Andrés C. Alvira Lechuz, en representación de GREENPEACE ESPAÑA, recurso contencioso administrativo contra resolución presunta del Ayuntamiento de Carboneras, que desestimó solicitud presentada el 20 de noviembre de 2017, solicitando que de conformidad con la sentencia de esta Sala de 11 de junio de 2012, y sentencia del Tribunal Supremo de fecha 10 de febrero de 2016, se proceda a la anulación y archivo definitivo del sector de suelo urbanizable ST1, El Algarrobico, debiendo figurar en el PGOU como suelo no urbanizable, y que proceda a la revisión de oficio y consiguiente anulación de la licencia municipal de obras concedida al "Hotel Azata del Sol", y asimismo la apertura de expediente de demolición al referido Hotel para restablecer la legalidad urbanística y realidad física alterada, por ser el inmueble ilegal e ilegalizable y manifiestamente incompatible con la ordenación urbanística.

SEGUNDO.- La parte actora presentó demanda en fecha 22 de mayo de 2018, solicitando que el dictado de sentencia "...en la que se acuerde obligar al Ayuntamiento de Carboneras a que proceda a la anulación y archivo definitivo del sector STJ, El Algarrobico, debiendo figurar en el PGOU como Suelo No urbanizable, que proceda a la revisión de oficio y consiguiente anulación de la Licencia Municipal de Obras concedida al Hotel Azata del Sol, que abra expediente de demolición y se proceda a su derribo y se condene en costas a la parte demandada".

A la estimación de la demanda se opuso El Ayuntamiento de Carboneras que planteó la inadmisión de las pretensiones del recurso contencioso administrativo por existencia de cosa juzgada, o bien la desestimación del recurso por ser conforme a derecho el acto impugnado.

La representación procesal de la parte codemandada se opuso a la estimación del recurso contencioso administrativo solicitando la desestimación del mismo, motivando también la existencia de cosa juzgada.

Por Providencia de fecha 2 de noviembre de 2018 se admitieron como pruebas documentales las presentadas por las partes.

TERCERO.- Elevadas las actuaciones, finalizado el plazo de conclusiones dado a las partes, a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para la tramitación y resolución del recurso interpuesto, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso. Actuó como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Silvestre Martínez García.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la desestimación por silencio administrativo negativo de la solicitud presentada con fecha 20 de noviembre de 2017 al Ayuntamiento de Carboneras, en la que se solicitaban los siguientes pedimentos:

"PRIMERO: que de acuerdo con la sentencia firme de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA con sede en Granada, de 11 de junio de 2012, correspondiente al recurso 1309108; la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 10 de febrero de 2016 correspondiente al recurso de casación 1947114, y la normativa vigente, se proceda a la anulación y archivo definitivo del sector ST1, El Algarrobico, debiendo figurar en el PGOU como Suelo No urbanizable.

SEGUNDO: Que al Ayuntamiento proceda a la revisión de oficio y consiguiente anulación de la Licencia Municipal de Obras concedida al Hotel Azata del Sol por ubicarse en espacio protegido e invadiendo la servidumbre de protección establecida por Ley de Costas.

TERCERO: Que se abra expediente de demolición al Hotel Azata del Sol situado en la playa de El Algarrobico y se proceda a su derribo para restablecer la legalidad urbanística y la realidad física alterada, por ser el inmueble ilegal e ilegalizable y manifiestamente incompatible con la ordenación urbanística. "

En la demanda interpuesta contra la desestimación presunta de la referida solicitud se solicitaba como pretensión lo siguiente:

"SOLICITO A LA SALA: que teniendo por presentado este escrito con los documentos que lo acompañan, se sirva admitirlo, y tenga por formulada DEMANDA en el presente procedimiento y tras los trámites oportunos se sirva en su día dictar sentencia en la que se acuerde obligar al Ayuntamiento de Carboneras a que proceda a la anulación y archivo definitivo del sector ST1, El Algarrobico, debiendo figurar en el PGOU como Suelo No urbanizable, que proceda a la revisión de oficio y consiguiente anulación de la Licencia Municipal de Obras concedida al Hotel Azata del Sol, que abra expediente de demolición y se proceda a su derribo y se condene en costas a la parte demandada. "

SEGUNDO.- Al haber acumulado en este procedimiento ordinario diversas pretensiones correspondientes a actos administrativos distintos, al amparo de lo permitido en el art. 34 de la LJCA, es obligado examinar por separado las mismas. Comenzando por la pretensión relativa a la anulación y archivo del sector STI del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Carboneras, que fue aprobado definitivamente el 11 de agosto de 2009 (publicado en el BOP de Almería el 3/11/2009), que siguió manteniendo la clasificación del sector como suelo urbanizable, que anteriormente se contenía en las (segundas) Normas Subsidiarias del municipio, aprobadas definitivamente el 1O de marzo de 1998 (publicadas en el BOP de 8 de mayo de 1998), si bien en éstas el sector de suelo urbanizable se denominaba R5, pasando posteriormente a ser denominado STI El Algarrobico.

La pretensión de la actora se fundamenta en las múltiples sentencias dictadas en relación con la protección medioambiental del sector ST1, y las dictadas en relación con el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan Rector de Usos y Gestión (PORN y PRUG) del Parque Natural de Cabo de Gata Nijar, y sentencias sobre Ja servidumbre de la Ley de Costas, que determinaron que era de 100 metros desde la ribera del mar o delimitación del dominio público, sentencias reconociendo el derecho de retracto a favor de la Junta de Andalucía de los terrenos de el Algarrobico adquiridos por AZATA S.A. el 30 de junio de 1999, y por las sentencias dictadas sobre la licencia de obras concedida por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Carboneras para la construcción del "Hotel Azata del Sol", con fecha 13 de enero de 2003.

De entre las sentencias relevantes en las que se apoya la actora para la pretensión de anulación y archivo definitivo del sector ST1, El Algarrobico, debiendo figurar en el PGOU como suelo no urbanizable, deben citarse las siguientes:

  1. Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 1O de febrero de 2016 (recurso 1974/2014, ponente: Excmo. Sr. Tolosa Triviño), que casó y anuló la sentencia de esta Sala de fecha 21 de marzo de 2014, y que de hecho significó la confirmación de la sentencia de esta misma Sala de fecha 11 de junio de 2012. Esta última, anuló el Decreto 37/2008, de 5 de febrero de la Junta de Andalucía, que aprobó el PORN y el PRUG del Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar en lo que afectaba al sector El Algarrobico, estableciendo que el nivel de protección medio ambiental del sector era de C1 (en vez de C3), tal como tenía en el anterior Decreto 418/1994, de 25 de octubre, que aprobó anterior PORN. Se trata la zonificación de C 1 de "áreas naturales de interés" que no permitían la construcción del Hotel, zona incompatible con el uso urbanístico. Al anular el PORN de 2008 en cuanto zonificaba como C3 la superficie del Hotel, supuso la reviviscencia del PORN de 1994 y el nivel de protección Cl del sector STI, el Algarrobico, cuya normativa no permitía la construcción del Hotel.

    La sentencia de esta Sala de fecha 11 de junio de 2012 (recurso 1309/2008), fue publicada en el BOJA de 6 de noviembre de 2012, en cumplimiento del art. 72.2 LJCA.

  2. Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 19 de abril de 2018 (recurso 124/2017, ponente: Excmo. Sr. Fernández Valverde), sentencia que desestimó el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra la sentencia de esta Sala de fecha 18 de julio de 2016 (recurso 1870/2009), en cuyo fallo esta misma Sala dijo así:

    "ESTIMAMOS el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Salvemos Mojacar y el Levante Almeriense" y "Ecologistas en acción-Andalucía", representadas por la Procuradora Dª Ana Fernández de Liencres Ruiz y, "Greenpeace España", representada por el Procurador D. Andrés Alvira Lechuz, y revocamos el Acuerdo del Pleno Municipal del Ayuntamiento de Carboneras de fecha 11 de agosto de 2009, por el que se aprueba definitivamente el PGOU exclusivamente en lo referente al Sector S-T1 conocido como Algarrobico y el Sector S-T2, el Canillar, que deben figurar en el PGOU como Suelo No urbanizable, debiéndose proceder a la anulación y archivo definitivo de ambos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • ATS, 18 de Mayo de 2022
    • España
    • May 18, 2022
    ...administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada (Sección Cuarta), estimatoria parcial del p.o. nº 188/2018. Sin ) Admitir a trámite el recurso de casación nº 702/2022 preparado por la representación procesal de Greenpeace España, contra la sentencia de 22 ......
  • STS 1682/2022, 19 de Diciembre de 2022
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • December 19, 2022
    ...por la procuradora doña Marta Sanz Amaro y defendida por el letrado don José Ignacio Domínguez Martín-Sánchez contra la sentencia nº 2956/2021, de 22 de julio, dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede ......
1 artículos doctrinales

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR