STSJ Andalucía 336/2020, 16 de Diciembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Diciembre 2020
Número de resolución336/2020

SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

Sección de Apelación

S E N T E N C I A NUM. 336 /2020

ILTMO. SR. PRESIDENTE.........................)

D. MANUEL GUTIÉRREZ LUNA.................)

ILTMOS SRES. MAGISTRADOS................)

D. RAFAEL GARCÍA LARAÑA.....................)

D. JOSÉ MANUEL DE PAÚL VELASCO.....)

Apelación penal n.º 161/2020

En la ciudad de Granada, a 16 de diciembre de 2020.-

Vistos en grado de apelación por la Sección de Apelación de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen relacionados, el precedente Rollo de apelación n.º 191/2020 y autos originales de diligencias previas de procedimiento abreviado n.º 105/2018, seguidos ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga, con sede en Melilla -rollo 9/2020-, procedentes del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Melilla, por delito contra la salud pública.

Son partes apelantes los acusados Adriano, representado en esta instancia por el procurador D. Aurelio del Castillo Amaro y defendido por el abogado D. Abdelkader Mimon Mohatar, Benedicto, representado por el procurador D. José Luis Ybancos Torres y defendido por el abogado D. Eduardo Aguilera Crespillo, Amador y Flor, estos dos últimos representados en esta instancia por la procuradora D.ª Elena Peralta Ruiz y defendidos por el abogado D. Pedro Martínez Jiménez. Es parte apelada el Ministerio Fiscal.

Es ponente el Magistrado D. José Manuel de Paúl Velasco, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.- En fecha 27 de mayo de 2020 se dictó sentencia por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga en la referida causa, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:

PRIMERO.-El acusado Adriano, nacido el NUM000 de 1966, sin antecedentes penales y domiciliado en Melilla, interesado en la introducción de cocaína en esta ciudad, contactó a lo largo del año 2018 en varias ocasiones con el también acusado Benedicto, de nacionalidad marroquí, nacido el NUM001 de 1979, sin antecedentes penales, domiciliado en la localidad de Vic (Barcelona).

Así, el 20 de febrero a las 12 horas y 48 minutos Benedicto llamó desde el teléfono NUM002 al Adriano al NUM003 que se encontraba intervenido por auto judicial de 7 de febrero de ese año. A lo largo de la conversación en un lenguaje críptico hablan del grado de pureza de la cocaína que se puede conseguir en la zona donde habita Benedicto. Con posterioridad, el 26 de marzo siguiente a las 16 horas y 43 minutos, Benedicto vuelve a llamar a Adriano y hablan del dinero que éste le adeuda.

El también acusado Amador nacido el NUM004 de 1994, de nacionalidad marroquí y sin antecedentes penales, de acuerdo con Adriano y Benedicto, será el encargado de trasladarse en coche hasta la ciudad de Vic para recoger la cocaína de Benedicto y transportarla a Melilla.

El 1 de octubre de 2018 Amador se dirigió al puerto de Melilla conduciendo el vehículo registrado a su nombre Mercedes 190, matrícula ....HNQ, acompañado de su esposa la también acusada Flor, nacida el NUM005 de 1996 y ejecutoriamente condenada por sentencia firme de 26 de abril de 2017 por delito de conducción sin permiso cometido el 25 de abril anterior.

Una vez en el puerto, embarcaron en el buque con destino a Málaga y hora de salida a las cero horas y treinta minutos del día siguiente 2 de octubre.

El mismo día 1 de octubre a las 22 horas y 24 minutos, Benedicto se puso en contacto telefónico con Adriano y le solicitó que le enviara el número de teléfono de Amador, lo que hizo Adriano a través de un sms.

A la mañana siguiente del día 2 de octubre, una vez que arribaron a Málaga iniciaron en el Mercedes 190 viaje hacia Barcelona, llegando a su destino en la localidad de Vic sobre 19 horas y 41 minutos.

Durante el viaje, Amador y Benedicto intercomunicaron entre sí en repetidas ocasiones a través de sus respectivos teléfonos NUM006 y NUM002. Se realizaron un total de 20 llamadas entre las 15 horas y 52 minutos del día 2 de octubre hasta las 4 horas y 39 minutos del día siguiente, todas ellas de reducida duración, incluso de escasos segundos, sin que ninguna de ellas superara el minuto. En concreto, el día 3 se registraron 17 llamadas: dos llamadas a las 15 horas y 52 minutos; dos llamadas a las 17 horas y 32 minutos; a las 18 horas y 9 minutos; dos llamadas a las 19 horas y 14 minutos; a las 19 horas y 18 minutos; a las 19 horas y 27 minutos, un toque sin conversación; a las 19 horas y 34 minutos; a las 19 horas y 41 minutos; a las 20 horas y 4 minutos; a las 21 horas y 9 minutos; a las 21 horas y 27 minutos de un segundo de duración; a las 21 horas y 41 minutos; a las 21 horas y 44 minutos; a las 22 horas y 11 minutos; a las 22 horas y 13 minutos. Y, el día 3 una a las 4 horas y 27 minutos; otra a las 4 horas y 38 minutos; y, una última a las 4 horas y 39 minutos. El teléfono de Benedicto NUM002 figura en la agenda de Amador con la designación de " Triqui".

Amador y Adriano, desde sus respectivos teléfonos, NUM006 y NUM007 (marroquí) se llamaron un total de seis veces durante el día 2 de octubre: a las 17 horas y 5 minutos; a las 18 horas y 13 minutos; a las 19 horas y 50 minutos; a las 21 horas y 12 minutos; a las dos a las 21 horas y 16 minutos. El teléfono NUM007 de Adriano figura en la agenda de Amador como Picon,

Ya, en la localidad de Vic, Amador y Flor, desde sus respectivos teléfonos, NUM006 y NUM008, se llamaron en cuatro ocasiones, una a las 20 horas y 21 minutos; otra, a las 20 horas y 37 minutos, y dos a las 4 horas y 38 minutos. El teléfono de Flor NUM008 figura en la agenda de Amador como " Muñeca".

Una vez que se hubo procedido a la carga y ocultación de la cocaína en el vehículo de Amador, éste y Flor iniciaron el regreso hacia Melilla a primeras horas del día 3.

Durante el viaje de vuelta se produjeron nuevos contactos telefónicos de Amador, Adriano y Benedicto.

Amador y Adriano desde sus respectivos teléfonos NUM006 y NUM007 (marroquí), se llamaron en cinco ocasiones, a las 12 horas y 5 minutos; a las 13 horas y 16 minutos; a las 13 horas y 17 minutos; a las 19 horas y 50 minutos; y a las 23 horas y 24 minutos.

Amador y Benedicto desde sus respectivos teléfonos NUM006 y NUM002, se llamaron dos veces, una a las 11 horas y 23 minutos, otra a las 14 horas y 32 minutos.

Además, Amador hizo tres llamadas Adriano al teléfono NUM003 que figura en la agenda de Amador como Barcelona viajes, una a las 21 horas y 16 minutos del día 2 de octubre, otra a las 13 horas y 17 minutos del día 3 de octubre, y, una última a las 23 horas y 24 minutos del mismo día 3 de octubre.

Amador y Flor a bordo del vehículo Mercedes 190, matrícula ....HNQ, embarcaron en el puerto de Almería sobre las 23 horas y 59 minutos del mismo día 3 de octubre en el buque que partía con destino a Melilla, a donde llegaron a las 8 horas y 5 minutos del día 4 de octubre.

Al desembarcar fueron avistados por el agente de la EDOA con TIP NUM009.

La unidad de investigación decidió proceder al registro del vehículo. Practicado en el mismo puerto de Melilla dio como resultado el hallazgo de ocho paquetes ocultos en el interior del paso de rueda delantero derecho e izquierdo que contenían más de 9 kilos en bruto de una sustancia con apariencia de cocaína.

La sustancia debidamente analizada resultó ser cocaína con un peso neto de 8130 gramos con un grado de pureza del 62,21 % con un valor en el mercado ilícito de 170.657 euros.

A la hora prevista para el desembarque del buque, el acusado Adriano fue observado en actitud de espera en los alrededores del puerto comercial de Melilla. A las 8 horas y 10 minutos, el agente de la Guardia Civil TIP NUM010, vio como abandonaba el lugar en el vehículo Mercedes C240, matrícula ....WRK, realizando un cambio de sentido en la rotonda del Club Marítimo para dirigirse hasta las puertas de Cafetería Vista Mar, negocio que regenta.

Durante el desembarco de Amador y Flor tuvieron lugar las siguientes llamadas:

Amador llamó desde su teléfono NUM006 a Adriano al NUM007 (marroquí), a las 8 horas y 12 minutos. Y Adriano desde el teléfono NUM007 (marroquí) hizo una llamada perdida a Amador a las 8 horas y 13 minutos.

Benedicto desde su teléfono NUM002 realizó las siguientes llamadas: a Adriano: una llamada a las 9 horas y 42 minutos al teléfono NUM003; y otra llamada a las 10 horas y 38 minutos al teléfono marca Nokia, Dual SIM, con nº de IMEI.1 NUM011 contiendo tarjeta SIM de la compañía Maroc Telecom con número de serie NUM012; e IMEI 2, NUM013 sin tarjeta SIM.

Igualmente, Benedicto desde su teléfono NUM002 llamó hasta un total de cinco veces al teléfono de Amador NUM006: a las 11 horas y 9 minutos; a las 11 horas y 25 minutos; a las 12 horas y 30 minutos; a las 14 horas y 44 minutos; a las 16 horas y 59 minutos.

En la detención de Amador, Flor y Adriano se les intervino entre otros efectos los siguientes:

A Amador: Teléfono móvil Nokia, con número de IMEI NUM014 contiendo tarjeta SIM de la compañía Orange con número NUM015 se desconoce número de teléfono. Y, teléfono móvil Samsung S7 EDGE Modelo SM-G935F, con número de IMEI NUM016 de la compañía Vodafone correspondiéndole el número de línea NUM006.

A Adriano: teléfono móvil marca Nokia con número de IMEI NUM017 contiendo tarjeta SIM de la compañía Lebara a la que le corresponde el número telefónico NUM003. Y teléfono móvil marca Nokia Dual SIM, con número de IMEI.1 NUM011 contiendo tarjeta SIM de la compañía Maroc Telecom con número de serie NUM012, asociada a la línea marroquí NUM037; e IMEI 2. NUM013 sin tarjeta SIM.

A Flor: teléfono móvil Samsung J7 Prime Modelo SM-G610F/DS con Dual SIM, con número de IMEI 1. NUM018 y IMEI 2. NUM019 de la compañía Vodafone correspondiéndole el número de línea...

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