SAP Barcelona 237/2021, 14 de Abril de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 237/2021 |
Fecha | 14 Abril 2021 |
Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08013
TEL.: 938294459
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EMAIL:aps18.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0820042120118252031
Recurso de apelación 808/2020 -F
Materia: Proceso especial contencioso modificación medidas divorcio
Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de DIRECCION000 (UPAD) Procedimiento de origen:Modificación medidas supuesto contencioso 790/2019
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Parte recurrente/Solicitante: Blas
Procurador/a: Yolanda Rodriguez Silva
Abogado/a: Enrique Romagosa Girones
Parte recurrida: Pilar
Procurador/a: Jose Antonio Lopez Jurado Gonzalez
Abogado/a: Ana Maria Martinez Ramos
SENTENCIA Nº 237/2021
Barcelona, 14 de abril de 2021
Magistrados:
Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente) Margarita B. Noblejas Negrillo Mª José Pérez Tormo
Rollo de Apelación n.:808/2020
Objeto del recurso: reducción de pensión de alimentos
Motivo del recurso: error en la valoración de la prueba
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RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA
El día 9 de diciembre de 2019 el Sr. Blas presentó demanda en la que solicita la reducción de la pensión de alimentos que debe a sus hijos a 350 euros al mes. Relata que, casados los litigantes en 2005 y con dos hijos Fermín e Donato, están divorciados por sentencia de 2012 y se estableció una pensión de alimentos de 400 euros al mes (por 14 pagas) partiendo de que él estaba en desempleo y percibía 1.200 euros al mes de subsidio, Pero ahora percibe por desempleo 1.411,80 euros, paga 350 de alquiler de una habitación y otros gastos, que desglosa.
La demandada contesta y dice que procede el archivo de la demanda porque por Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 7 de marzo de 2016 la pensión quedó establecida en 300 euros al mes para los dos hijos. Afirma que el padre alterna periodos de trabajo y desempleo. Rechaza que concurra cambio alguno de circunstancias.
El Ministerio Fiscal se remite al resultado de las pruebas.
La Sentencia recurrida, de fecha 17 de junio de 2020, entiende que la situación económica es similar a la de 2016 y además el actor no ha acreditado los pagos que menciona de alquiler propio. Por todo ello, se desestima la demanda, sin pronunciamiento sobre costas.
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CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO
El recurrente sostiene que la situación económica de la acreedora de alimentos ha mejorado (recibe 500 euros de alquiler de una vivienda, copropiedad de los dos, no le da su parte).
El Ministerio Fiscal pide la confirmación de la sentencia.
La parte apelada se opone al recurso y dice que el padre cobra ahora más. Sostiene que lo que recibe de renta lo destina a pagar el alquiler de su nueva vivienda (se marchó a Premià por la conflictividad extrema con su ex marido).
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TRÁMITES EN LA SALA
El asunto presenta diligencia de reparto de 3 de noviembre de 2020. La deliberación y votación de la Sala se señaló para el día 13 de abril de 20231.
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LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA
Si con la demanda la causa de pedir se construía en torno al incremento de los gastos del obligado, en apelación se centra en la consideración de que la madre percibe ahora 500 euros más por el alquiler de la que fuera vivienda familiar. No queda probado ni un empeoramiento en el nivel...
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