SAP Barcelona 237/2021, 14 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución237/2021
Fecha14 Abril 2021

Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 938294459

FAX: 938294466

EMAIL:aps18.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0820042120118252031

Recurso de apelación 808/2020 -F

Materia: Proceso especial contencioso modif‌icación medidas divorcio

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de DIRECCION000 (UPAD) Procedimiento de origen:Modif‌icación medidas supuesto contencioso 790/2019

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Para ingresos en caja. Concepto: 0970000012080820

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Benef‌iciario: Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Concepto: 0970000012080820

Parte recurrente/Solicitante: Blas

Procurador/a: Yolanda Rodriguez Silva

Abogado/a: Enrique Romagosa Girones

Parte recurrida: Pilar

Procurador/a: Jose Antonio Lopez Jurado Gonzalez

Abogado/a: Ana Maria Martinez Ramos

SENTENCIA Nº 237/2021

Barcelona, 14 de abril de 2021

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente) Margarita B. Noblejas Negrillo Mª José Pérez Tormo

Rollo de Apelación n.:808/2020

Objeto del recurso: reducción de pensión de alimentos

Motivo del recurso: error en la valoración de la prueba

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

    El día 9 de diciembre de 2019 el Sr. Blas presentó demanda en la que solicita la reducción de la pensión de alimentos que debe a sus hijos a 350 euros al mes. Relata que, casados los litigantes en 2005 y con dos hijos Fermín e Donato, están divorciados por sentencia de 2012 y se estableció una pensión de alimentos de 400 euros al mes (por 14 pagas) partiendo de que él estaba en desempleo y percibía 1.200 euros al mes de subsidio, Pero ahora percibe por desempleo 1.411,80 euros, paga 350 de alquiler de una habitación y otros gastos, que desglosa.

    La demandada contesta y dice que procede el archivo de la demanda porque por Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 7 de marzo de 2016 la pensión quedó establecida en 300 euros al mes para los dos hijos. Af‌irma que el padre alterna periodos de trabajo y desempleo. Rechaza que concurra cambio alguno de circunstancias.

    El Ministerio Fiscal se remite al resultado de las pruebas.

    La Sentencia recurrida, de fecha 17 de junio de 2020, entiende que la situación económica es similar a la de 2016 y además el actor no ha acreditado los pagos que menciona de alquiler propio. Por todo ello, se desestima la demanda, sin pronunciamiento sobre costas.

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO

    El recurrente sostiene que la situación económica de la acreedora de alimentos ha mejorado (recibe 500 euros de alquiler de una vivienda, copropiedad de los dos, no le da su parte).

    El Ministerio Fiscal pide la conf‌irmación de la sentencia.

    La parte apelada se opone al recurso y dice que el padre cobra ahora más. Sostiene que lo que recibe de renta lo destina a pagar el alquiler de su nueva vivienda (se marchó a Premià por la conf‌lictividad extrema con su ex marido).

  3. TRÁMITES EN LA SALA

    El asunto presenta diligencia de reparto de 3 de noviembre de 2020. La deliberación y votación de la Sala se señaló para el día 13 de abril de 20231.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA

    Si con la demanda la causa de pedir se construía en torno al incremento de los gastos del obligado, en apelación se centra en la consideración de que la madre percibe ahora 500 euros más por el alquiler de la que fuera vivienda familiar. No queda probado ni un empeoramiento en el nivel...

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