SAP Valladolid 200/2021, 25 de Marzo de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 200/2021 |
Fecha | 25 Marzo 2021 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
VALLADOLID
SENTENCIA: 00200/2021
Modelo: N30090
C.ANGUSTIAS 21
-Teléfono: 983.413495 Fax: 983.459564
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MRS
N.I.G. 47186 42 1 2019 0006845
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000586 /2020
Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de VALLADOLID
Procedimiento de origen: JVB JUICIO VERBAL 0000408 /2019
Recurrente: Juan Luis
Procurador: DAVID VAQUERO GALLEGO
Abogado: Juan Luis
Recurrido: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA000 Nº NUM000, Serafina
Procurador: SANTIAGO DONIS RAMON,
Abogado: MARIA FRANCISCA MARTIN IGLESIAS,
S E N T E N C I A
Ilmos Magistrados-Jueces Sres.:
D. ANTONIO ALONSO MARTIN
En VALLADOLID, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de JUICIO VERBAL 0000408 /2019, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000586 /2020, en los que aparece como parte apelante, D. Juan Luis, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. DAVID VAQUERO GALLEGO, asistido por el Abogado D. Juan Luis, y como parte apelada, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA000 Nº NUM000, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. SANTIAGO DONIS RAMON,,
sobre RECLAMACION DE CUOTAS DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, siendo el Magistrado constituido como órgano unipersonal el Ilmo. D. ANTONIO ALONSO MARTIN.
Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de VALLADOLID, se dictó sentencia con fecha 22 DE ENERO DE 2020, en el procedimiento RECURSO DE APELACION (LECN) 0000586 /2020 del que dimana este recurso. Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento:
" FALLO : "Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador D. SANTIAGO DONIS RAMON, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PLAZA000 Nº NUM000 DE VALLADOLID, con CIF NUM001, frente a D. Juan Luis y Dª Serafina, debo condenar a estos últimos a que abonen a la parte actora:
? 4.169,23 Euros (CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTITRES CENTIMOS),
? Los intereses legales de dicha suma,
? Con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada."
Que ha sido recurrido por la parte D. Juan Luis, habiéndose opuesto la contraria .
Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, quedando los autos conclusos para resolver el recurso.
La representación procesal de don Juan Luis recurre en apelación la sentencia de instancia que, estimando la demanda interpuesta contra este, y contra doña Serafina, por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PLAZA000 Nº NUM000, de Valladolid, condena a los demandados a abonar a la actora la cantidad de 4.169,23 euros, más los intereses legales de dicha suma; con expresa imposición de costas a la parte demandada, que impugna tal pronunciamiento alegando la existencia de cosa juzgada respecto de dos de las partidas reclamadas por importes de 289,08 euros (cuotas de 2012) y 1.153,08 euros (cuotas de 2013).
Fundamenta dicho demandado su impugnación alegando que sobre dos de las partidas de la reclamación monitoria concurre la excepción de cosa juzgada causada por la firmeza de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Valladolid, que desestimó la demanda interpuesta por la comunidad; pretensión en la que reclamaba las cuotas de los años 2012 y 2013 por importe de 1.442,16 euros, por lo que estas dos partidas deben ser excluidas del pronunciamiento condenatorio de la sentencia apelada, tanto por el efecto de cosa juzgada material, como por imperativo del derecho fundamental mencionado en la proyección invocada, pues al conformarse la comunidad de propietarios con la sentencia, ganó firmeza y efecto de cosa juzgada...
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