AAP Castellón 79/2021, 25 de Marzo de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha25 Marzo 2021
Número de resolución79/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓ SECCIÓN TERCERA

Rollo de apelación civil número 648/2020

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 de Vinaròs Pieza Oposición Ejecución de Títulos Judiciales número 44/2016

AUTO NÚM. 79 de 2021

Ilmos. Sres. e Ilma. Sra. Presidente:

JOSÉ MANUEL MARCO COS

Magistrada:

Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ

Magistrado:

Don JULIÁN ÁNGEL GONZÁLEZ SÁNCHEZ

En la Ciudad de Castelló, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castelló, constituida con los Ilmos. Sres. e Ilma. Sra. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra el Auto dictado el día diecinueve de diciembre de dos mil dos mil dieciocho por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Vinaròs en los autos de Pieza de Oposición a la Ejecución de Títulos Judiciales seguidos en dicho Juzgado con el número 44 de 2016.

Han sido partes en el recurso, como apelante, D. Daniel, representado por el Procurador D. Agustín Juan Ferrer y defendido por el Letrado D. Francisco Gargallo

1

Allepuz, y como apelado, Caixabank Consumer Finance EFC SA, representada por la Procuradora Dª Mónica Flor Martínez y defendida por la Letradoa Dª. Merce Boloix Mascarell.

Es Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Julián Ángel González Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva del Auto apelado literalmente establece: "Acuerdo:

  1. Desestimar la oposición a la ejecución formulada por la representación procesal de

    D. Daniel acordando que la ejecución siga adelante en los términos acordados en el despacho de la ejecución, sin perjuicio de que se vayan descontando los importes que vaya satisfaciendo la parte ejecutada.

  2. Imponer las costas a la parte ejecutada.-" .

SEGUNDO

Notif‌icado dicho Auto a las partes, por la representación procesal de D. Daniel, se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Auto por el que se anule la resolución recurrida y mande retrotraer lo actuado, ordenando al juzgado la admisión y práctica de dichos medios probatorios y la posterior vista para resolver una vez practicado todo ello, o bien acuerde la Excma. Sala la admisión y práctica de dichos medios probatorios en esta segunda instancia, la celebración de la vista y se estime f‌inalmente la oposición y se deje sin efecto alguno la ejecución despachada reintegrándose a su mandante a la situación anterior al despacho de la ejecución, conforme a lo dispuesto en los arts. 533 y 534 LEC, y condenando a la ejecutante al pago de las costas, o subsidiariamente, de no estimarse la oposición, se deje al menos sin efecto la condena en costas de la instancia.

Se dio traslado a la parte contraria, que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando se desestime el recurso de apelación interpuesto y se conf‌irme la resolución recurrida, con expresa condena en costas de esta alzada a la parte recurrente.

Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Tercera, en virtud del reparto de asuntos.

2

Por Diligencia de Ordenación de fecha 17 de septiembre de 2020 se formó el presente Rollo y se designó Magistrado Ponente, por Auto de fecha 13 de octubre de 2019 se inadmitió la prueba solicitada, y por Providencia de fecha 17 de marzo de 2021 se designó nuevo Magistrado Ponente y se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 22 de marzo de 2021, llevándose a efecto lo acordado.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto del recurso.

Formulada por la parte ejecutante demanda de ejecución de título judicial, dimanante del Decreto de 29 de julio de 2016, dictado en autos de procedimiento monitorio tras requerir de pago al deudor y transcurrir el plazo sin que el mismo compareciese ni presentase escrito de oposición o acreditase el abono de la cantidad reclamada, se opuso la parte ejecutada alegando, al amparo del artículo 556 de la Ley de...

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