Sentencia nº 4/2021 de Tribunal Militar Territorial, Galicia (A Coruña), Sección 4ª, 23 de Marzo de 2021

PonenteFAUSTO MANUEL BLANCO ALVAREZ
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2021
EmisorTribunal Militar Territorial - Galicia (A Coruña), Sección 4ª
ECLIES:TMT:2021:26
Número de Recurso4/2017

SENTENCIA Nº 4/21

AUDITOR PRESIDENTE Ilmo. Sr. Teniente Coronel Auditor D. Fausto Manuel Blanco Álvarez (Vocal Ponente) VOCAL TOGADO Sr. Comandante Auditor D. Juan Ignacio Navarro Torrecillas VOCAL MILITAR Sr. Comandante de la Guardia Civil D. Victor Leiva Rodríguez

En la ciudad de A Coruña, a veintitrés de marzo de dos mil veintiuno.

El Tribunal Militar Territorial Cuarto, constituido por los Señores que al margen se expresan, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA

Visto en Juicio Oral y Público el procedimiento Sumario nº 43/04/17, instruido por el Juzgado Togado Militar Territorial nº 43, con sede en Burgos, en relación a la conducta atribuida a:

Guardia Civil D. Adolfo, mayor de edad, provisto de DNI nº NUM000, nacido en Murcia el día NUM001 de 1984, hijo de Daniel y de Gracia, en situación militar de activo y destinado en el Puesto de la Guardia Civil de Casalarreina (La Rioja), cuyos demás datos obran en autos y que tras su detención el día 30 de marzo de 2017 y la puesta a disposición del Juez de Instrucción nº 4 de los de Soria, el mismo día quien, tras realizar las diligencias pertinentes acordó su libertad provisional, situación en la que permaneció durante la tramitación de esta Causa; por presunto delito "relativo a los derechos fundamentales y las libertades públicas por los militares", en su modalidad de "maltrato de obra", previsto y penado en el artículo 49 del Código Penal Militar, y que ha sido defendido por el Letrado D. Antonio Amancio Pérez Andrés, quien también presenta escrito de conclusiones provisionales, exculpatorias para su patrocinado y solicitando que se le tenga por presentado como Acusación Particular.

Guardia Civil D. Alvaro, mayor de edad, provisto de DNI nº NUM002, nacido en Zamora el día NUM003 de 1983, hijo de Estanislao y Lorenza, en situación militar de activo y destinado en el Puesto de la Guardia Civil de Dolores (Alicante), cuyos demás datos obran en autos y que ha permanecido en libertad provisional durante la tramitación de esta Causa; por presunto delito de "contra los deberes del servicio", previsto y penado en el artículo 80 del Código Penal Militar, y que ha sido defendido por el Letrado D. Antonio Suárez-Valdés González, quien también actúa como Acusación Particular contra el Guardia Civil D. Alfonso .

Guardia Civil D. Alfonso, mayor de edad, provisto de DNI nº NUM004, nacido en Ponferrada (León) el día NUM005 de 1988, hijo de Gerardo y de Mercedes, en situación militar de activo y destinado en el Puesto de la Guardia Civil de Lecumberri (Navarra), cuyos demás datos obran en autos y que ha permanecido en libertad provisional durante la tramitación de esta Causa; por presunto delito de "contra la ef‌icacia en el servicio", previsto y penado en el artículo 77.2 del Código Penal Militar, y que ha sido defendido por el Letrado D. Antonio Luis Vázquez Delgado.

La Acusación Particular sostenida contra él por la representación letrada del Guardia Civil D. Alvaro, también interesa que se le condene como autor de un delito de "insulto a superior" en su modalidad de "maltrato de obra" previsto y penado en el artículo 42.1 del Código Penal Militar en concurso ideal con un delito de "lesiones" del artículo 147.1 del Código Penal. Acusación que modif‌icó en el trámite de elevación de las conclusiones provisionales a def‌initivas por el concurso ideal con el delito de "lesiones" regulado en el artículo 150 del Código Penal y subsidiariamente la condena por el artículo 77.2 del Código Penal Militar.

La Vista, que fue realizada en audiencia pública, ha contado con la presencia de los acusados. Ha sido parte el Ministerio Público, en concreto intervino la Capitán Auditor Dña. Maria Meirama Rodríguez. Es Vocal Ponente el Teniente Coronel Auditor D. Fausto Manuel Blanco Álvarez, que expresa el parecer unánime de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El Sumario nº 43/04/17 -inicialmente Diligencias Previas nº 43/07/17- es consecuencia de la remisión al Juzgado Togado Militar Territorial nº 43 de Burgos de parte militar formulado por el Teniente Jefe Interino de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil de la Comandancia de Soria, dando cuenta de unos hechos supuestamente protagonizados por los Guardias Civiles D. Adolfo y D. Alfonso (folios 1 a 44).

Iniciadas Diligencias Previas nº 43/07/17, mediante auto de fecha 11 de abril de 2017 (folios 45 a 47), se une al procedimiento del folio 74 a 76, escrito del Fiscal Jurídico Militar solicitando la elevación a Sumario de las presentes Diligencias Previas y que se requiera de inhibición al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Soria; del folio 82 al 87, auto de fecha 30 de junio de 2017 de elevación de Diligencias Previas nº 43/07/17 a Sumario Ordinario nº 43/04/17; al folio 88, certif‌icado de no constancia de antecedentes penales del Registro Central de Penados relativo a D. Alfonso ; al folio 89, certif‌icado de no constancia de antecedentes penales del Registro Central de Penados relativo a D. Alvaro ; al folio 90, certif‌icado de no constancia de antecedentes penales del Registro Central de Penados, relativo a D. Adolfo ; del folio 137 a 248, Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 119/2017 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Soria; del folio 250 a 283, Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 186/2017 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Soria; del folio 299 a 301, informe médico forense emitido por la Médico Forense Dña. Sonsoles ; del folio 311 a 313, declaración del Capitán D. Mario ; a los folios 314 y 315, declaración del Guardia Civil D. Maximino ; a los folios 317 y 318, declaración del Guardia Civil D. Narciso ; a los folios 318 y 319, declaración del Guardia Civil D. Obdulio

; del folio 320 a 322, declaración del Guardia Civil D. Oscar ; a los folios 356 y 357, declaración del Guardia Civil D. Pascual ; al folio 369, declaración de Dña. María Purif‌icación ; del folio 390 a 394, declaración del imputado Guardia Civil D. Adolfo ; del folio 398 a 403, declaración del Guardia Civil D. Alfonso ; del folio 481 a 483, declaración del Guardia Civil D. Alvaro ; del folio 494 a 501, informe pericial de los especialistas del Departamento de Balística y Trazas Instrumentales del Servicio de Criminalística de la Guardia Civil con Tarjeta de Identidad Profesional números NUM006 y NUM007 ; del folio 547 a 861, copia de los Expedientes NUM008

, NUM009 y NUM010 ; del folio 883 a 900, auto de fecha 8 de noviembre de 2018, de procesamiento, libertad provisional y requerimiento de f‌ianzas; al folio 411, declaración indagatoria del Guardia Civil D. Alfonso ; al folio 1011, declaración indagatoria del procesado Guardia Civil D. Alvaro ; del folio 1030 a 1038, Hoja de Servicios del Guardia Civil D. Alfonso ; del folio 1047 a 1049, auto de conclusión de Sumario de fecha 2 de octubre de 2019; del folio 1090 a 1095, escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal Jurídico Militar; del folio 1103 a 1108, escrito de conclusiones provisionales del Letrado D. Eliseo Lafuente Martínez, defensor del Guardia Civil D. Adolfo ; del folio 1138 a 1142, escrito de conclusiones provisionales del Letrado D. Antonio Luis Vázquez Delgado, defensor del Guardia Civil D. Alfonso ; del folio 1144 a 1149, escrito de conclusiones provisionales del Letrado D. Antonio Suárez-Valdés González, defensor del Guardia Civil D. Alvaro ; al folio 116, nueva designación de Letrado defensor de D. Adolfo, Letrado D. Antonio Amancio Pérez Andrés, quien se ratif‌ica en el escrito de calif‌icación provisional de defensa presentado en fecha 15 de febrero de 2020; del folio 1184 a 1186, escrito del Abogado del Estado teniendo por no formuladas conclusiones provisionales al no pender pretensión alguna respecto de esa parte, al que se debe tener por apartado de actuaciones futuras.

Unida en cuerda f‌loja a la principal, se encuentran piezas de situación personal de cada uno de los procesados; pieza separada de abstención del Comandante Auditor D. Carlos Ramón ; pieza separada de Recurso de Apelación nº 10/19; pieza separada de Recurso de Apelación nº 01/19; pieza separada de Recurso de Queja nº 06/18; pieza separada de Recurso de Apelación nº 26/17 y, pieza separada de responsabilidad civil dimanante del presente Sumario.

SEGUNDO

En la Vista, celebrada en la Sala de Justicia de este Tribunal Militar Territorial Cuarto los días 23 y 24 de marzo de 2021, se practicaron las pruebas solicitadas por las partes, en concreto interrogatorio de los acusados, documental por reproducida, pericial en la Médico Forense Dña. Encarnacion, quien actuó en

sustitución de Dña. Sonsoles ; Médico Forense Dña. Eulalia ; Agentes de la Guardia Civil con TIP NUM006 y NUM011 y Psicólogo D. Pablo Jesús y, la testif‌ical en el Capitán D. Mario, Guardia Civil D. Maximino, Guardia Civil D. Narciso, Guardia Civil D. Obdulio, Guardia Civil D. Oscar, Guardia Civil D. Pascual, Marinero Dña. María Purif‌icación y Dña. Marcelina, todo ello a tenor y con las resultas que constan en el acta adjunta.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO: Como tales expresamente declaramos que el día 29 de marzo de 2017, las parejas de Guardias Civiles formadas, por un lado, por D. Pascual y D. Adolfo, y por otro, por D. Oscar y D. Alfonso, todos ellos destinados en el Puesto de la Guardia Civil de Almarza (Soria), tenían nombrado servicio de 14.00 a 22.00 horas.

Encontrándose en el patio del Acuartelamiento de Almarza las dos patrullas que tenían nombrado servicio para la tarde del 29 de marzo de 2017, realizando los preparativos de estos servicios el Guardia Civil Alfonso

, cogió el arma del Guardia Civil Adolfo y mencionó que ésta se encontraba sucia, devolviéndole el arma a su compañero.

Durante el transcurso de los mismos, los Guardias Alfonso y Adolfo, que...

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