AAP Barcelona 146/2021, 22 de Marzo de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 22 Marzo 2021 |
Número de resolución | 146/2021 |
Sección nº 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. baixa - Barcelona - C.P.: 08018
TEL.: 934866303
FAX: 934867115
EMAIL:aps19.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0801942120198046651
Recurso de apelación 625/2019 -C
Materia: P.S. oposición a la ejecución
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona
Procedimiento de origen:P.S. oposición a la ejecución por defectos procesales 36/2019 Entidad bancaria BANCO SANTANDER:
Para ingresos en caja. Concepto: 0307000012062519
Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.
Beneficiario: Sección nº 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Concepto: 0307000012062519
Parte recurrente/Solicitante: Mariano, 2003 GRUP CENTRE CLINIC S.L
Procurador/a: Nuria Suñe Peremiquel
Abogado/a: Juan Abella Fernandez
Parte recurrida: BANCO SABADELL, S.A
Procurador/a: Jose Carlos Gonzalez Recio
Abogado/a: ALEXANDRA MU?OZ (INTRUM)
AUTO Nº 146/2021
Magistrados:
Miguel Julian Collado Nuño Carles Vila i Cruells
Jose Manuel Regadera Saenz
Barcelona, 22 de marzo de 2021
Ponente: Jose Manuel Regadera Saenz
En fecha 7 de octubre de 2019 se han recibido los autos de P.S. oposición a la ejecución por defectos procesales 36/2019 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Nuria Suñe Peremiquel, en nombre y representación de Mariano y 2003 GRUP CENTRE CLINIC S.L contra el Auto N.º 213/2019 de fecha 20/06/2019 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/a Jose Carlos Gonzalez Recio, en nombre y representación de BANCO SABADELL, S.A.
El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "Dispongo desestimar la oposición a la ejecución tanto por los motivos procesales como de fondo alegados, ratificando y mandando seguir adelante la presente ejecución con imposición de costas a la ejecutada." Tercero. El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 18/03/2021. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Se designó ponente al Magistrado Jose Manuel Regadera Saenz.
Por parte de la representación de 2003 GRUP CENTRE CLÍNIC, SLP y de D. Mariano se interpone recurso de apelación contra el Auto dictado el día 20 de junio de 2019 por el Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona en procedimiento de ejecución de títulos judiciales 36/2019 (incidente de oposición a la ejecución 36/2019).
La mencionada resolución desestimó la oposición a la ejecución formulada por los apelantes frente a la en su contra despachada a instancias de BANCO SANTANDER, S.A.
Alega la apelante que ha existido nulidad de actuaciones porque no se convocó vista conforme a lo prevenido por el art. 560 de la LEC.
La ejecutante se opuso a la estimación del recurso de apelación.
No puede entenderse que haya existido nulidad de actuaciones porque la convocatoria o de vista conforme a lo previsto por el art. 560 de la LEC es facultativa del tribunal, luego no puede decirse que si no se convoca...
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