SAP A Coruña 81/2021, 3 de Marzo de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución81/2021
Fecha03 Marzo 2021

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00081/2021

- RUA LAS CIGARRERAS NUM.1- 1ª PLANTA EDIFICIO FABRICA TABACOS Teléfono: 981.182035-066-067

Correo electrónico: seccion1.ap.coruna@xustiza.gal CIF.- S1513023J Equipo/usuario: MD

Modelo: 213100

N.I.G.: 15019 41 2 2016 0003103

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000005 /2021

Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 5 de A CORUÑA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000257 /2018 Delito: CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIAS BEB.ALCOHÓLICAS/DROGAS Recurrente: Justino

Procurador/a: D/Dª SABELA BARBEYTO LOPEZ

Abogado/a: D/Dª MARCOS COUSILLAS VILLAVERDE

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª ========================================================== LOS/LA ILMOS./A. SRES./SRA.

Presidente:

D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS

Magistrado/a

D. ALEJANDRO MORÁN LLORDÉN

Dª. MARÍA TERESA CORTIZAS GONZÁLEZ- CRIADO

==========================================================

EN NOMBRE DEL REY

Han dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a tres de marzo de dos mil veintiuno.

VISTO, por esta Sección 001 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador SABELA BARBEYTO LOPEZ, en representación de Justino, contra Sentencia dictada en el procedimiento PA 257/2018 del JDO. DE LO PENAL nº 5 de A Coruña; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, como apelado el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia.

Actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Presidente, D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha seis de mayo de dos mil diecinueve, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "F A L L O: DEBO CONDENAR Y CONDENO a Justino como autor de un delito de conducción bajo la inf‌luencia de bebidas alcohólicas del art. 379. 2.CP sin la concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 8meses de multa con una cuota diaria de 6 euros, y responsabilidad personal subsidiaria caso de impago, así como la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 1 año y 3 meses. Y al pago de las costas procesales. En concepto de responsabilidad civil, el Sr. Justino y la compañía de seguros MAPFRE deberán indemnizar al perjudicado, Oscar, en suma de 860,54 euros por los daños causados al vehículo Land Rover, matrícula KN......, con los intereses del art. 20 LCS y del art. 576 LEC".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su conf‌irmación.

CUARTO

Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, que tuvo lugar el día de su fecha.

hechos probados

Se aceptan de forma expresa y en su totalidad los de la sentencia apelada, que se reproducen a continuación: "El día 6 de agosto de 2016, sobre las 23.15 horas, el acusado, Justino, tras haber ingerido bebidas alcohólicas que afectaban a sus facultades de atención y ref‌lejos y, por ende, a su capacidad para la conducción, conducía el vehículo Honda Civic, matrícula ZE-....-OV, asegurado por la compañía de seguros MAPFRE, por las inmediaciones de la carretera DP-1913, en el municipio de Laracha, cuando, a la altura del PK 10.300, colisionó con el vehículo Land Rover, matrícula KN......, debido a aquella inf‌luencia; dicho vehículo era propiedad

de Oscar, ocasionando daños en el mismo por importe pericialmente tasado en la suma de 860,54 euros, que el perjudicado reclama....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR