SAP A Coruña 68/2021, 3 de Marzo de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 68/2021 |
Fecha | 03 Marzo 2021 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
A CORUÑA
SENTENCIA: 00068/2021
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINTA
A CORUÑA
Modelo: N30090
CALLE DE LAS CIGARRERAS Nº 1 (ENFRENTE A PLAZA PALLOZA) CP 15071
Teléfono: 981 18 20 99/98 Fax: 981 18 20 97
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MV
N.I.G. 15030 42 1 2019 0012071
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000374 /2020
Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 5 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: JVB JUICIO VERBAL 0000838 /2019
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, constituida en Tribunal Unipersonal, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente:
SENTENCIA Nº 68/2021
Ilmo. Sr. Magistrado:
CARLOS FUENTES CANDELAS
En A CORUÑA, a tres de marzo de dos mil veintiuno.
En el recurso de apelación civil número 374/20, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de A Coruña, en Juicio Verbal Civil por razón de Cuantía núm. 838/19, sobre ""Reclamación de cantidad", seguido entre partes: Como APELANTE: DOÑA Guillerma ., representada/o por el/a Procurador/a Sr/a. Dequit Montero como APELADO: "BANCO SANTANDER, S.A", representada/o por el/ a Procurador/a Sr/a. Pousa Olivera.- ANTECEDENTES
Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de A Coruña, con fecha 20 de enero de 2020, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:
Se desestima la demanda interpuesta por el Procurador D. Luis Alberto Deguit Montero, en nombre y representación de Guillerma, frente a BANCO SANTANDER S.A., representado procesalmente por la Procuradora Dña. Sara Pousa Olivero.
No se realiza especial pronunciamiento sobre las costas.
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de DOÑA Guillerma, que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se pasaron los autos al magistrado ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.
La demandante reclamó al Banco demandado una suma de 5163 euros, más los intereses legales, alegando una serie de retiradas de dinero de su cuenta bancaria mediante la utilización indebida por terceras personas de su tarjeta de crédito en diversos días entre el 29 de marzo y el 22 de mayo de 2018, más los gastos de abogado abonados para conseguir la devolución del dinero previamente a la interposición de la demanda.
El Juzgado de Primera Instancia desestimó la demanda. La sentencia hizo mención a las pretensiones de la demandante. Hizo una serie de consideraciones jurídicas acerca del contrato de tarjeta de crédito siguiendo básicamente Consideró una sentencia de la audiencia provincial de Pontevedra de 11 de marzo del 2011. Entre otras cosas se refirió a las obligaciones de la persona titular de la tarjeta en cuanto a su utilización en las condiciones establecidas con a la adopción de medidas de seguridad adecuadas, y la notificación sin demora a la entidad de la pérdida o robo de la tarjeta en relación con su utilización y operaciones en su cuenta no autorizadas o de cualquier error o anomalía. Con cita de otras sentencias también se refirió a la carga de la prueba conforme a las reglas del artículo 217 de la Ley Enjuiciamiento Civil, y la...
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