Sentencia nº 3/2021 de Tribunal Militar Territorial, Galicia (A Coruña), Sección 4ª, 23 de Febrero de 2021

PonenteJORGE ARANGUENA SANDE
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2021
EmisorTribunal Militar Territorial - Galicia (A Coruña), Sección 4ª
ECLIES:TMT:2021:13
Número de Recurso3/2019

ADMINISTRACIÓN

DE JUSTICIA

SENTENCIA NÚM. 03/21

AUDITOR PRESIDENTE DE SALA Ilmo. Sr. Teniente Coronel Auditor D. Jesus Manuel Ojea Montero VOCAL TOGADO Sr. Comandante Auditor D. Jorge Arangüena Sande VOCAL MILITAR Sr. Comandante del Ejército de Tierra D. Jose Clemente Serrano García

En la ciudad de A Coruña, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Penal del Tribunal Militar Territorial Cuarto, constituida por los Señores que al margen se expresan, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

Visto en Juicio Oral y Público el procedimiento Diligencias Preparatorias nº 41/03/19, instruido por el Juzgado Togado Militar Territorial núm. 41 con sede en A Coruña, por un presunto delito de "abandono de destino", en relación con la conducta atribuida al Cabo 1º del Ejército de Tierra D. Porf‌irio con DNI NUM000, hijo de Tomás y Laura, nacido el NUM001 de 1973 en Ourense, con domicilio en la AVENIDA000, nº NUM002 de la localidad de Ourense, y en el momento de los hechos destinado en la Compañía de Transmisiones nº 7 del Batallón de Cuartel General de la Brigada "Galicia" VII.

En cuanto a su situación procesal se encuentra en libertad provisional y su situación administrativa es la de servicio activo.

En la Vista, realizada en audiencia pública, ha estado presente el inculpado, asistido por el Letrado D. Mario Pozzo-Citro; ha sido parte el Ministerio Público, en concreto intervino la Capitán Auditor Dª. María Meirama Rodríguez. Es Vocal Ponente el Comandante Auditor D. Jorge Arangüena Sande, quien expresa el parecer unánime de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Las Diligencias Preparatorias 41/03/19, son consecuencia de la puesta en conocimiento judicial por parte del Mando militar de la situación de ausencia de su destino en la que se encontraba el Cabo 1º D. Porf‌irio desde el día 30 de julio de 2019.

Constan en actuaciones, con el carácter de prueba documental: parte original de los hechos (folios 3 a 11); Auto de fecha 16 de agosto de 2019 de incoación de Diligencias Preparatorias 41/03/19 (folio 12); Hoja General de Servicios y documentación del inculpado (folios 15 a 28); Informe del Fiscal Jurídico Militar interesando la detención (folios 42 y 43); Providencia de fecha 4 de noviembre de 2019, de designación de letrado de

of‌icio y de consulta de antecedentes penales, con resultado negativo (folios 56 a 59); copia testimoniada de diversos informes de baja médica, de reconocimiento por parte del Gabinete de Psicología de la USBA "General Morillo", y de facultativo particular (folios 66 a 74); Providencia de fecha 20 de diciembre de 2019 acordando reconocimiento médico pericial psiquiátrico por médico forense mediante exhorto dirigido al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Decano de Ourense (folio 76); certif‌icado de la Unidad sobre situación de baja médica del inculpado (folio 80); resoluciones de baja para el servicio (folios 95 y 96); auxilio judicial cumplimentado con reconocimiento médico pericial psiquiátrico (folios 106 a 138); Providencia de fecha 11 de septiembre de 2020, acordando el sometimiento del inculpado a reconocimiento médico psiquiátrico ante el Servicio de Psiquiatría del Hospital Militar Central de la Defensa (folio 141), informe médico emitido por el Servicio de Psiquiatría del Hospital Militar Central de la Defensa (f. 158); Auto de conclusión (folio163); escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal (folios 164 a 166); Auto de fecha 1 de febrero de 2021, de apertura de juicio oral (folio 169); escrito de conclusiones provisionales de la Defensa (folios 172 y 173); y Auto de fecha 5 de febrero de 2021, de admisión de pruebas (folio 175)

Con el carácter de prueba testif‌ical, consta la declaración del Teniente D. Ambrosio (folio 49) y la del inculpado (folio 65).

SEGUNDO

En el acto de la Vista, que se desarrolló en la forma que determina el acta adjunta, inmediatamente iniciado el acto, y después de la lectura del escrito de acusación por la Secretario Relator, el Ministerio Fiscal presentó a Sala propuesta de conformidad a la que había llegado con la defensa, consistente, sobre la base del escrito de conclusiones provisionales emitidas por el Fiscal Jurídico Militar, en modif‌icación de la conclusión cuarta, en el sentido de considerar concurrente la circunstancia eximente incompleta del artículo 21.1 en relación con el 20.1, ambos del Código Penal, así como la modif‌icación de la conclusión quinta, en el sentido de imponer la pena de prisión en su extensión mínima, de dos meses de prisión con las accesorias legales de suspensión militar de empleo e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, manteniéndose el resto del escrito, habiendo manifestado expresamente su conformidad con dicha propuesta el Sr. Letrado defensor, conformidad que también prestó el inculpado, después de haber sido preguntado por el Ilmo. Sr. Presidente si conocía las consecuencias penales y administrativas de la imposición de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR