SAP Alicante 67/2021, 16 de Febrero de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución67/2021
Fecha16 Febrero 2021

AUDIENCIA PROVINCIAL ALICANTE SECCIÓN NOVENA CON SEDE EN ELCHE

Rollo de apelación nº 000707/2020

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE ELX

Autos de Familia. Modif‌icación medidas supuesto contencioso - 000416/2019

SENTENCIA Nº 67/2021

========================================

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Manuel Valero Diez

Magistrado: D. Marcos de Alba y Vega

Magistrado: D. Edmundo T. García Ruiz

========================================

En ELCHE, a dieciséis de febrero de dos mil veintiuno

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto los autos de MODIFICACION DE MEDIDAS 416/2019, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Elche, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por Nicolasa, habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Sra. SORIANO ROMAN y dirigida por el Letrado Sr. MARTINEZ DE HERAS, y como apelado DON Alejo, representado por la Procuradora Sra. MATEU GARCIA y dirigido por el Letrado Sr. PLAZA MUÑOZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Fallo recaído en primera instancia .

El día 9 de julio de 2020 se dictó sentencia en los autos arriba indicados cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Que desestimando la demanda interpuesta por la representación procesal de DÑA Nicolasa frente a D. Alejo, debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos deducidos en su contra, sin hacer expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Interposición del recurso de apelación .

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la parte demandante, siendo admitido y dándose el traslado legal a la parte contraria para oponerse y/o impugnar el recurso.

TERCERO

Oposición al recurso de apelación .

Conferido el traslado legal, la parte apelada se opuso al recurso presentado.

CUARTO

Formación de rollo y designación de ponente .

Elevadas las actuaciones a este tribunal, se formó el Rollo nº 707/2020, designándose ponente y señalándose para deliberación, votación y fallo el día 11 de febrero de 2021 a las 13 horas.

QUINTO

Control de la actividad procedimental .

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales, a excepción de algunos plazos procesales debido a la carga de trabajo que soporta este órgano.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Marcos de Alba y Vega.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda presentada en reclamación de que se establezca por segunda vez una pensión compensatoria, ya extinguida, a favor de la demandante.

La parte actora, disconforme con dicho pronunciamiento desestimatorio, interpone recurso de apelación denunciando que se trata de "una cuestión de justicia" que se "modif‌iquen las medidas de divorcio" para establecer de nuevo una pensión compensatoria a su favor, por lo que interesa que se revoque la sentencia de instancia y se dicte otra acogiendo sus pretensiones.

La parte demandada se ha opuesto al recurso presentado, abundando con sus alegaciones en el acierto de la resolución apelada.

SEGUNDO

La sentencia de instancia argumenta la desestimación de la demanda razonando, entre otros pronunciamientos, que "la sentencia f‌irme de divorcio que estableció la concreta medida def‌initiva pretendida de modif‌icación, f‌ijó una pensión compensatoria de carácter temporal que ya ha ido abonada, por lo que el señalamiento de una nueva, además de conculcar la cosa juzgada de la anterior resolución f‌irme, produciría el re-establecimiento por segunda vez de una pensión compensatoria ya extinguida por el transcurso del tiempo por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR