STSJ Andalucía 48/2021, 2 de Marzo de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Marzo 2021
Número de resolución48/2021

SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

Sección de Apelación Penal

S E N T E N C I A NUM. 48/21

ILTMO. SR. PRESIDENTE......................)

D. RAFAEL GARCÍA LARAÑA..................)

ILTMOS SRES. MAGISTRADOS.............)

D. JOSÉ MANUEL DE PAÚL VELASCO..)

D. MIGUEL PASQUAU LIAÑO..................)

Apelación penal nº 205/2020

Granada, a dos de marzo de dos mil veintiuno

Vistos por la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados al margen relacionados, el Rollo nº 205/2020 y autos originales de procedimiento abreviado seguidos ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga - Rollo nº 1012/2018 - procedentes del Juzgado de Instrucción n.º 7 de Málaga, por delitos de robo con fuerza en las cosas, tenencia ilícita de explosivos, pertenencia a organización criminal y atentado.

Son acusados, cuyas circunstancias constan en la sentencia apelada:

Severiano, representado por la Procuradora Dª Ana María Gómez Tienda y defendido por el Letrado D. Miguel Ángel Gómez Gómez.

Torcuato, representado por la Procuradora Dª María Isabel Martín Aranda y defendido por el Letrado D. José María González del Álamo.

Vidal, representado por la Procuradora Dª Rosario Acedo Gómez y defendido por el Letrado D. Juan José Sotano García.

Jose Ramón, representado por el Procurador D. Álvaro Jiménez Rutllant y defendido por la Letrada Dª Beatriz Gutiérrez Cejudo.

Jose Miguel, representado por la Procuradora Dª Ana María Gómez Tienda y defendido por el Letrado D. Miguel Ángel Gómez Gómez.

Herminia, representada por la Procuradora Dª Ana María Gómez Tienda y defendido por el Letrado D. Miguel Ángel Gómez Gómez.

Es parte acusadora el Ministerio Fiscal.

Es ponente el Magistrado D. Rafael García Laraña, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.- En fecha 24 de febrero de 2020 se dictó sentencia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga en la referida causa, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:

" Apreciando en conciencia las pruebas practicadas resulta acreditado y así se declara que los acusados Jose Ramón, Vidal, Torcuato,y Severiano,con ánimo de obtener un beneficio ilícito,se concertaron para apoderarse,mediante el empleo de explosivos,del contenido existente en el cajero automatico que habia en la entidad Caja Rural de Granada, sita en la Avenida Virgen de la Peña de Mijas pueblo.

Asi,el dia 24 de abril de 2017,sobre las 13:00 horas,el acusado Jose Ramón,se introdujo en un bar llamado "La Mora",próximo a su domicilio,sito en la C/ CALLE000 NUM017, de Fuengirola,llegando instantes después en el vehículo Peugeot 207,con matrícula ....WNN,el acusado Severiano,y tras conversar con el primero durante aproximadamente diez minutos,ambos se marcharon,el primero en direccion a su domicilio y el segundo abandonó la zona en su vehículo.

El dia 25 de abril de 2017,el acusado Severiano,sobre las 13:20 horas,acudió al domicilio del acusado Jose Ramón,antes citado,y estuvo en el mismo durante cinco minutos aproximadamente.

El dia 3 de mayo de 2017,en la calle donde se encontraba el domicilio del acusado Severiano,sito en sito en C/ DIRECCION000 Número NUM000 de Málaga,el acusado Jose Ramón conducia el vehículo Audi S4,con matrícula ....XFF,dirigiéndose con el mismo,a la URBANIZACION000 de Mijas Costa,introduciéndose en el parking sito en la C/ DIRECCION001, accediendo al mismo mediante el uso de llave,donde estaciono el vehiculo en la plaza número NUM001,la cual esta vinculada a la vivienda situada en el Bloque NUM002 de dicha urbanizacion.

Diez minutos más tarde,el acusado Jose Ramón, sale a pie por la puerta peatonal de la Urbanización, la cual se encuentra situada en la CALLE001,dirigiéndose hasta el Fiat 500,con matrícula ....GXK,que se encontraba allí estacionado.Dirigiendose con el mismo hasta Fuengirola,circulando por varias calles,hasta estacionar en las inmediaciones de su domicilio.Sobre las 13:20 horas,vuelve a salir nuevamente de su domicilio,accediendo al Fiat 500,matricula ....GXK,con el que circulo hasta el CIS, donde recogió a la acusada Herminia,volviendo ambos al domicilio del acusado Jose Ramón,aparcando el coche frente al portal del mismo.Tras esto, el acusado y acusada citados,se marchan a pie dirección Avenida de Mijas,donde les estaba esperando el acusado Severiano en el interior del locutorio RIA, sito en el número 32 de dicha Avenida.Tras breves instantes,salieron los tres acusados citados del establecimiento, y accedieron al edificio donde se ubica el domicilio del acusado Jose Ramón.Sobre las 17:40 horas, salió del domicilio citado el acusado Severiano, tras despedirse de la acusada Herminia, marchándose a bordo del Peugeot 207,matrícula ....WNN, en dirección a su domicilio.

El dia 5/5/2017,sobre las 17:50 horas el acusado Jose Ramón,salio de su domicilio de la CALLE000, número NUM003 de Fuengirola,dirigiendose en el vehiculo Fiat 500,matrícula ....GXK,hasta el Camino de Campanales de la localidad de Mijas,enlazando posteriormente un camino a la derecha denominado como Arrabal UEL16,31,entrando en la primera cancela de las situadas a la izquierda, una vez pasado un pequeño desguace de vehículos, concretamente en las coordenadas 36.547932,-4.644248.

Instantes despues,siendo las 18:00 horas accedio al mismo camino al vehículo Audi S4,matrícula ....XFF con dos ocupantes en su interior,vehiculo que habia estado estacionado hasta instantes antes en la plaza de aparcamiento número NUM001,existente en el parking de la URBANIZACION000.Igualmente el Peugeot 207,matricula ....WNN,utilizado de manera regular por el acusado Severiano,se encontraba estacionado,en la CALLE001,justo frente a la entrada peatonal de la Urbanización antes señalada.

La parcela donde acudieron el Fiat 500 y el Audi S4,contaba con una zona de vivienda,una zona de porche anexo a la misma y una zona de aparcamiento donde se encontraban,además de los mencionados vehículos,un Toyota Pickup,matrícula ....WXQ,del que aparece titular el acusado Vidal,el cual tiene su domicilio en la parcela citada.Asi como,un Opel Corsa,matrícula ....RQD,del que aparece como titular Juan Miguel.

Con posterioridad a las 19:00 horas,del mismo dia 5/5/2017,y tras haber salido de la parcela,el vehiculo Fiat 500,con matricula ....GXK,conducido por el acusado Jose Ramón,en la entrada al Camino de Campanales,se encontraron,el vehiculo y conductor citado,con el vehiculo Toyota Pickup,matrícula ....WXQ,conducido por el acusado Vidal,al que le acompañaba como copiloto,el acusado Severiano.Este ultimo vehiculo se dirigio a Mijas,donde estuvo callejeando por el pueblo hasta la Plaza Virgen de la Peña,en el que detuvo su marcha el vehiculo,y descendio del mismo el acusado Severiano.Comenzando este ultimo,a caminar por la Avenida del mismo nombre,y tras unos 100 metros detuvo su marcha en unas barandillas allí situadas,encendiendose un cigarro,procediendo a observar durante cinco o diez minutos,la acera de enfrente donde se encontraba,la entidad Caja Rural de Granada,que contaba con un cajero automatico,de cuyo contenido pretendian apoderase los acusados Jose Ramón, Vidal, Torcuato,y Severiano,mediante el empleo de explosivos.

De manera simultanea a que el acusado Severiano descendiese del vehiculo Toyota Pickup,matrícula ....WXQ,dicho vehiculo inicio de nuevo la marcha por la misma calle en la que se encuentra la mencionada sucursal,deteniéndose de nuevo unos 100 metros pasada esta.Tras la observacion a pie de la sucursal,el acusado Severiano,comenzo a caminar de nuevo en direccion al vehiculo antes citado,donde le esperaba el acusado Vidal,iniciando de nuevo la marcha saliendo de Mijas pueblo por la carretera de Mijas-Fuengirola, es decir la misma por la que subieron inicialmente.Dirigiendose posteriormente de nuevo al Camino de Campanales, entrando a la vivienda situada en DIRECCION002, donde se encuentra el Audi S4,matrícula ....XFF,a las 20:05 horas.

A las 20:30 horas,salio de la parcela el Audi S4 antes citado,haciendo el mismo camino que previamente el Toyota Pickup, enlazando la carretera de Fuengirola-Mijas, para al igual que antes abandonarla en el mismo camino angosto,continúando la marcha,del mismo modo que antes,hasta salir a la carretera que une Mijas pueblo con Coín,girando para acceder a Mijas.No deteniendo el vehiculo la marcha,dando numerosas vueltas por la zona para finalmente marcharse en dirección de nuevo a la costa,regresando a la parcela siendo las 22:50 horas.A las 21:30 horas,en la carretera de circunvalación de Mijas pueblo se encontraba estática una patrulla de Policía Local.

El dia 6/5/2017,sobre las 21:00 horas, en la parcela Arrabal UE L16,número 31,se encontraban aparcados,el Audi S4, matrícula ....XFF,el cual habia sido trasladado ese mismo dia desde el parking de la URBANIZACION000,así como el Fiat 500,con matrícula ....GXK,el Toyota Pickup,con matrícula ....WXQ,y el Opel Corsa,matrícula ....RQD.

Del mismo modo en la zona de porche y sentados alrededor de una mesa se encontraban los acusados Severiano, Jose Ramón, Vidal,y Torcuato.Sobre el maletero del Audi S4,se encontraba una bolsa de deporte negra sin ningún tipo de inscripción.Siendo las 21:20 horas,el acusado Torcuato,se coloco en la cabeza,durante unos segundos,una camiseta de color negro,con dos aberturas para los ojos,a modo de pasamontañas,mientras los demás acusados le miraban y reian. Durante los minutos posteriores,los acusados citados estuvieron fumando y hablando distendidamente,así como entrando y saliendo al interior de la vivienda,para sobre las 21:40 horas,proceder el acusado Torcuato,a volver a ponerse y quitarse la misma prenda en la cabeza,tras lo cual,el acusado...

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