AAP Valencia 394/2021, 3 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución394/2021
Fecha03 Mayo 2021

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

VALENCIA

Avenida DEL SALER,14 2º

Tfno: 961929121

Fax: 961929421

NIG: 46220-41-2-2020-0006145

Procedimiento: Apelación Autos Instrucción [RAU] Nº 000607/2021- OT - Dimana del Diligencias Previas [DIP] Nº 000716/2020

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE SAGUNTO AUTO Nº 394/2021

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Composición del Tribunal:

Presidente

D. JOSÉ MANUEL ORTEGA LORENTE -ponente- Magistrados/as

D. SALVADOR CAMARENA GRAU

D. JOSÉ MARÍA GÓMEZ VILLORA ===========================

En Valencia a tres de mayo de dos mil veintiuno

HECHOS
PRIMERO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE SAGUNTO se tramitan Diligencias Previas [DIP] con el número Nº 716/2020; en fecha 25 de marzo de 2021 se dictó auto que acordó el decomiso cautelar del vehículo, Mercedes clase A con matrícula ....-PDY-FZR, propiedad de Bibiana y autorizó que, una vez fuera f‌irme dicha resolución, fuera utilizado provisionalmente por el Grupo EDOA de la Guardia Civil de la Cádiz mientras se sustanciare el procedimiento.

Notif‌icado a las partes, la Procuradora Dª. ROSA MARIA GOMIS SANCHIS, en nombre y representación de D. Epifanio, interpuso contra dicha resolución recurso de apelación.

SEGUNDO

Admitido el recurso a trámite, se puso la causa de manif‌iesto a las demás partes personadas, así como al Ministerio Fiscal, por un plazo común de cinco días para que pudiesen alegar por escrito dentro de dicho plazo lo que estimasen conveniente y para que presentasen los documentos justif‌icativos de sus pretensiones. Transcurrido dicho plazo, en el que el MINISTERIO FISCAL impugnó el recurso, fueron remitidos particulares testimoniados de las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso. TERCERO.- Incoado el presente rollo para la substanciación del recurso de apelación interpuesto, previa su deliberación, fueron entregados los autos al/la Magistrado/a Ponente, D/ña. JOSÉ MANUEL ORTEGA LORENTE, para que expresase el parecer del Tribunal.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El auto recurrido acuerda el decomiso cautelar del veh ículo, Mercedes clase A con matrícula ....-PDY-FZR, propiedad de Bibiana y autoriza, una vez sea f‌irme dicha resolución, que sea utilizado provisionalmente por el Grupo EDOA de la Guardia Civil de la Cádiz mientras se sustancie el procedimiento, acordándose, además, que la fuerza benef‌iciaria de la cesión de uso adopte garantías para su conservación en calidad de depositario.

El auto judicial justif‌ica su decisión en los siguientes argumentos:

  1. La cesión de uso a la Policía Judicial, se funda en que se considera idóneo y proporcional, el uso provisional por la Guardia Civil, dado que se trata de un vehículo de los que especialmente se consideran idóneos para la prestación de un servicio público.

  2. Las diligencias practicadas acreditan que el investigado Epifanio es el usuario de dicho vehículo. Detalla el auto los indicios existentes que permiten dicha af‌irmación; ha sido visto utilizándolo en reuniones aparentemente destinadas a la adopción de decisiones organizativas de la actividad de venta de marihuana y también en otras circunstancias -ha sido sancionado varias veces como conductor del turismo-. También existen indicios de que lo usó para facilitar la huida de varios investigados.

  3. Señala el auto recurrido que el vehículo se considera un instrumento del delito, dado que fue empleado para mantener la reunión con los compradores de la sustancia estupefaciente, amén de ser empleado en la huida de los investigados y, por ello, considera ajustado a derecho, en base a los indicios racionales de criminalidad que pesan respecto del investigado -que se detallan extensamente en el auto recurrido-, la adopción de las medidas de decomio y cesión de uso del vehiculo; también argumenta dicho auto que la titular del vehículo es la Sra. Bibiana y que dicho decomiso puede atender responsabilidades pecuniarias dimanantes de los delitos por los que se halla investigado el señor Epifanio .

  4. En el auto recurrido también se argumenta por qué considera que la titular del vehículo - Bibiana - estaba al corriente de la actividad...

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