STSJ Comunidad de Madrid 85/2021, 16 de Marzo de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución85/2021
Fecha16 Marzo 2021

Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Domicilio: C/ General Castaños, 1 - 28004

Teléfono: 914934850,914934750

31053860

NIG: 28.079.00.1-2018/0156365

Procedimiento Asunto penal 55/2021 (Recurso de Apelación 50/2021)

Materia: Homicidio

Apelante: D./Dña. Eulogio

PROCURADOR D./Dña. JOSE ANTONIO BENEIT MARTINEZ

Apelado: D./Dña. Raimunda

PROCURADOR D./Dña. ANA MARIA PRIETO CAMPANON

D./Dña. Felicisimo

PROCURADOR D./Dña. ROSALIA ROSIQUE SAMPER

MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 85/2021

Ilma. Sra. Presidente:

Doña María José Rodríguez Duplá

Ilmas. Sras. Magistradas:

Doña M. Angeles Barreiro Avellaneda

Doña María Teresa Chacón Alonso

En Madrid, a 16 de marzo de 2021

Han sido vistos en grado de apelación, ante la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos de procedimiento sumario 151/20 dimanantes de la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Madrid -rollo de apelación núm. 50/2021- en el que han sido parte, el Ministerio Fiscal y, como acusados Eulogio por delitos de homicidio intentado y lesiones y Felicisimo , si bien este último ha recibido pronunciamiento absolutorio por la acusación de un delito de lesiones, ambos mayores de edad, cuyas demás circunstancias personales constan en las actuaciones. Y todo ello en virtud del recurso interpuesto por parte del acusado condenado contra la sentencia núm. 383/20, de 9 de octubre de 2020 dictada por un delito de homicidio intentado y otro de lesiones.

El recurrente Eulogio aparece representado por el Procurador de los Tribunales don José Antonio Beneit Martínez mediando la defensa de la Letrada doña Álvaro Herranz Fernández.

Encarna la representación Felicisimo la Procuradora de los Tribunales doña Rosalía Rosique Samper y su defensa la Letrada doña María Paz Herrera Domínguez.

Los acusados han ejercido la acusación recíproca por delito de lesiones.

Ha intervenido como acusación particular doña Raimunda representada por la Procuradora doña Ana María Prieto Campanón asistida en el juicio por la Letrada doña Paloma del Campo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Celebrado juicio oral ante la Sección 7ª que se corresponde al rollo de sala de los procedimientos ordinarios 151/20 dimanante del sumario núm. 2234/18 tramitado por el Juzgado de Instrucción núm. 20 de Madrid se dicta sentencia que contiene literalmente los siguientes HECHOS PROBADOS:

«‹ 1.- Sobre las 22:45 horas del día 21 de octubre de 2018, en un parque existente a la altura del n° 256 de la C/Hacienda de Pavones de Madrid, se encontraban hablando los procesados Eulogio (mayor de edad en cuanto nacido en Madrid el NUM000/1945, con DNI NUM001, con antecedentes penales cancelables y no computables a efectos de reincidencia) y Felicisimo (mayor de edad, en cuanto nacido en Madrid el NUM002/1959 con DNI NUM003, con antecedentes penales cancelables y no computables), quien se encontraba acompañado de su pareja Raimunda (de 48 años de edad en cuanto nacida el NUM004/1970 en Ucrania) y su amigo Sergio.

Tras mantener una discusión los procesados Felicisimo y Eulogio, éste último abandonó el lugar de los hechos, regresando entre quince y veinte minutos después portando en sus manos una bolsa; en cuanto llegó al lugar, teniendo en la mano un cuchillo rígido, metálico con hoja de un solo filo de 19 cm de longitud y mango de plástico de color negro con una longitud total de 32, 5 cm, dirigiéndose por la espalda al procesado Felicisimo, a quien, de forma sorpresiva y con ánimo de menoscabar su integridad física, le propinó una puñalada en la mitad de la espalda y en el dorso del pie izquierdo, a la vez que le decía: "así las gasto yo".

  1. - Felicisimo, tras sentir la puñalada en la espalda, cogió una muleta propiedad de Sergio (quien se había ausentado para orinar) y dijo a Eulogio "cojo y te mato", reaccionando de tal forma que dio a Eulogio con el codo a la vez que iniciaba la maniobra de darse la vuelta entera, adelantándose Raimunda hacia Eulogio, momento en el que Raimunda coge con su mano el filo del cuchillo que éste portaba cortándose la mano, procediendo Eulogio a clavar el cuchillo en el vientre de Raimunda con ánimo de acabar con su vida; también consta probado que Eulogio a propinó una segunda puñalada en el pie de Felicisimo. Seguidamente, Raimunda dice a Felicisimo "cariño me ha apuñalado", procediendo Felicisimo o a coger la muleta y a golpear en varias zonas del cuerpo de Eulogio; Eulogio soltó el cuchillo, cayendo al suelo.

    A continuación volvió al lugar de los hechos Sergio, que se había ausentado para orinar, quien pudo ver que el cuchillo se encontraba en el suelo a una distancia de 5 a 7 pasos de Eulogio, procediendo Sergio a dar una patada al cuchillo enviándolo a unos matorrales para evitar que se pudiera coger y usarlo de nuevo en la agresión.

    A continuación, Felicisimo llamó a la Policía. Poco tiempo después, y siguiendo indicaciones de Felicisimo, los agentes policiales encontraron en unos matorrales próximos el cuchillo utilizado.

  2. - Como consecuencia de la agresión, Felicisimo sufrió herida incisa lumbar y herida incisa en dorso de pie izquierdo, que requirió para su sanidad además de una primera asistencia médica, tratamiento quirúrgico consistente en exploración de herida lumbar y sutura de la misma y limpieza y sutura de la herida en dorso de pie izquierdo, que tardó en curar 60 días, de los cuales 15 fueron con pérdida temporal de calidad de vida de grado moderados y 45 con perjuicio personal básico. Quedando como secuelas: disestesias en planta de pie izquierdo y pierna izquierda y dolor lumbo-sacro de moderada intensidad, con alteraciones electromiográficas a nivel S 1 izquierdo y diagnóstico de pseudo- meningocele lumbar tras herida por arma blanca e imagen radiológica de fibrosis, con agrupamiento de las raíces de la cola de caballo y desplazamiento hacia lado izquierdo ( 6 puntos) y perjuicio estético ligero, consistente en cicatriz de 3 cm horizontal en región lumbar y de 5 cm en dorso de pie izquierdo ( 1 punto).

  3. - A consecuencia de esta agresión, Raimunda sufrió herida corto-punzante abdominal penetrante en cavidad con afectación aórtica y perforaciones intestinales a nivel de yeyuno, hemoperitoneo e isquemia aguda en miembro inferior izquierdo (Categoría IIB Rutherford), presento áreas de isquemia en riñón derecho y bazo y en menor medida en hígado, riñón izquierdo, así como posible isquemia en colon derecho y otra herida en mano derecha con sección de nervio colateral radial y probable lesión parcial de aparato extensor. La herida corto-punzante abdominal penetrante en cavidad con afectación aórtica y perforaciones intestinales a nivel de yeyuno, hubieran sido mortales sin el inmediato tratamiento médico y quirúrgico que recibió consistente en : tratamiento médico intensivo en unidad de reanimación, tratamiento quirúrgico consistente en cirugía inicial el 22/10/2018: laparotomía media abdominal, con sutura de aorta distal y "packing", resección de 30 cms de yeyuno con laparostomía; revisión quirúrgica el 22/10/2018 por persistencia de inestabilidad: control de sangrado; cirugía el 24/10/2018 : revisión de hemostasia, anastomosis intestinal y esplenectomía; cirugía correctora de secuelas en miembro inferior izquierdo el 10/09/2019; alargamiento de tendón de Aquiles, capsulotomía posterior y corrección de los dedos y tratamiento fisioterapéutico de rehabilitación funcional de las lesiones de mano derecha. Ingreso hospitalario: inicial hasta el 8/11/2018 y posteriormente del 9 al 13 de septiembre de 2019 para cirugía correctora de pie "equino" y dedos en "garra", tardando en curar 391 días, de los cuales 24 fueron con pérdida temporal de calidad de vida de grado grave o muy graves y 367 fueron con pérdida temporal de calidad de vida de grado moderado. Secuelas: disestesias en 3º dedo de mano derecha (no aqueja menoscabo motor relevante); dificultad en la deambulación e imposibilidad de carrera con pie en "equino" corregido parcialmente con cirugía y rigidez de tobillo y dedos. Dolor neurótico en pie izquierdo, de intensidad moderada con control farmacológico y que se exarceba al apoyo, todo ellos debido a lesión incompleta de nervio, tras síndrome compartimental y perjuicio estético de grado moderado debido a cicatriz de laparotomía media abdominal supra e infra-umbilical de 30 cm, cicatriz en flanco derecho de 1 x7 cm, cicatriz de 2 cm en región supra-umbilical izquierda, cicatriz de 2 cm en región supra-umbilical derecha, dos cicatrices hipo-pigmentadas redondeadas de unos 3 cm de diámetro cada una a ambos lados del ombligo, de 4 cm vertical en flanco izquierdo y de unos 3 cm en flanco izquierdo, de 3 cm al lado izquierdo umbilical. Cicatriz quirúrgica de unos 15 cm en región distal de cara posterior de pierna izquierda, cicatriz de unos 4 cm en pliegue interdigital entre 2° y 3° dedos de mano derecha. Esplenectomía, sin alteraciones hemáticas ni inmunológicas, yeyunectomía sin alteraciones funcionales.

  4. - Como consecuencia de los golpes propinados por Felicisimo, Eulogio sufrió fractura subcapital de fémur izquierdo ( cadera), fractura proximal de húmero derecho, fractura de 5° metacarpiano de mano izquierda, fractura de 6° arco costal derecho y erosiones en pómulo derecho, inflamación en pómulo izquierdo y dolor en articulación temporo-mandibular izquierda, que preciso para su sanidad además de tratamiento médico, tratamiento quirúrgico consistente en prótesis parcial de cadera izquierda, tratamiento ortopédico consistente en inmovilización con cabestrillo de hombro derecho y tratamiento ortopédico consistente en inmovilización de 5° dedo de mano izquierda, que tardó en curar 180 días , de los cuales 23 fueron con pérdida temporal de calidad de vida de grado grave ( ingreso hospitalario) y...

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