STSJ Asturias 206/2021, 26 de Marzo de 2021

PonenteDAVID ORDOÑEZ SOLIS
ECLIES:TSJAS:2021:996
Número de Recurso232/2020
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución206/2021
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2021
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 00206/2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Sala de lo Contencioso-Administrativo

APELACIÓN Nº 232/2020

APELANTE: Don Calixto

PROCURADORA: Doña Purificación Marcos Gegunde

LETRADA: Doña Noelia Delgado Fernández

APELADO: Delegación del Gobierno en Asturias

ABOGACÍA DEL ESTADO: Dña. Ana María Fernández Álvarez

SENTENCIA

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Ilmo. Sr. D. David Ordóñez Solís

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Jorge G. Rubiera Álvarez

Ilmo. Sr. D. Luis Alberto Gómez García

En Oviedo, a veintiséis de marzo de dos mil veintiuno.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 232/2020, interpuesto por don Calixto, representado por la procuradora doña Purificación Marcos Gegunde y asistido por la letrada doña Noelia Delgado Fernández, siendo parte apelada la Delegación del Gobierno en Asturias, representada y asistida por la Abogacía del Estado, en materia de extranjería. Ha sido ponente don David Ordóñez Solís.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación dimana de los autos de PSS nº 173/2020 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Oviedo.

SEGUNDO

El recurso de apelación se interpuso contra el auto, de 14 de julio de 2020, por el que desestima la solicitud formulada por la representación de don Calixto de suspensión cautelar de la ejecución de la Resolución de la Delegación del Gobierno en Asturias de 24 de febrero de 2020, que desestima el recurso de reposición contra la dictada el 8 de enero de 2020 en la que se acuerda su expulsión del territorio nacional como responsable de la infracción del art. 53.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, con una prohibición de entrada en territorio Schengen por un período de dos años.

TERCERO

Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos. Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones.

No habiéndose solicitado el recibimiento del recurso a prueba ni la celebración de vista ni presentación de conclusiones, quedaron los autos pendientes de señalamiento.

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el 25 de marzo de 2021, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del recurso de apelación es el auto, de 14 de julio de 2020, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de Oviedo por el que desestima la solicitud formulada por la representación de don Calixto de suspensión cautelar de la ejecución de la Resolución de la Delegación del Gobierno en Asturias de 24 de febrero de 2020, que desestima recurso de reposición contra la dictada el 8 de enero de 2020 en la que se acuerda su expulsión del territorio nacional como responsable de la infracción del art. 53.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, con una prohibición de entrada en territorio Schengen por un período de dos años.

SEGUNDO

La apelante sostiene que tendría que haberse acordado la medida cautelar porque concurren todos los presupuestos legalmente establecidos: se trata de un extranjero que lleva residiendo en España prácticamente tres años, está completamente integrado en la sociedad y forma parte del programa " Asturias Acoge" donde acude semanalmente a clases de español. Llegó a Asturias el 4 de septiembre de 2017 y se empadronó en Oviedo el 12 de febrero de 2018; carece de antecedentes penales y no supone ningún...

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