STSJ Cataluña , 5 de Febrero de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha05 Febrero 2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

RECURSO DE APELACIÓN

SALA TSJ 732/2020 - RECURSO DE APELACIÓN 33/2020 --

Partes: SUMINISTROS ABC VILADECANS, S.L., SUMINISTROS ELÉCTICOS ABC, S.L., SUMINISTROS SANITARIOS ABC, S.L., ABC GESTIÓ BARCELONA 2015, S.L., SUMINISTROS ELÉCTRICOS ABC SARRIÀ, S.L., ABC BARBERÀ, S.L., ABC SANT BOI, S.L., SUMINISTROS ELÉCTRICOS ABC MOLINS DE REI, S.L. y SUBMINISTRES ABC SABADELL, S.L

C/ AGENCIA TRIBUTARIA

S E N T E N C I A Nº 449

Ilmos/as. Sres/as.:

PRESIDENTE:

Dª. MARIA ABELLEIRA RODRÍGUEZ

MAGISTRADO/AS

D.ª EMILIA GIMENEZ YUSTE

D. JUAN ANTONIO TOSCANO ORTEGA

En la ciudad de Barcelona, a cinco de febrero de dos mil veintiuno

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso de apelación nº 33/2020, interpuesto por ABC GESTIÓ BARCELONA 2015, S.L., representado por la Procuradora D. ELISA RODES CASAS, contra AGENCIA TRIBUTARIA, representado por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha comparecido como parte apelada AGENCIA TRIBUTARIA a través de la Abogacía del Estado y SUMINISTROS ELECTRICOS ABC, SL, SUMINISTROS ABC VILADECANS SL, SUMINISTROS SANITARIOS ABC, SL, SUMINISTROS ELECTRICOS ABC SARRIÀ SL, ABC BARBERÀ SL, ABC SANT BOI SL, SUMINISTROS ELECTRICOS ABC MOLINS DE REI SL, SUMINISTROS ABC SABADELL SL, representada por la Procuradora Dª ELISA RODES CASAS.

Ha sido Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a DOÑA MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de autorización de entrada en domicilio número 135/2019 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de los de Tarragona y su provincia, se dicta el auto número 127/2019, de 16 de abril, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Se acuerda autorizar a los Funcionarios responsables de la AEAT, CON IDENTIFICACIÓN PERSONAL

...

para que en el día 25 DE ABRIL DE 2019 procedan a la entrada en los inmuebles de:

SUMINISTROS ELÉCTRICOS ABC, S.L.

SUMINISTROS ELÉCTRICOS ABC SARRIÁ, S.L.

SUMINISTROS ELECTRICOS ABC MOLINS DE REI, S.L.

SUMINISTROS SANITARIOS ABC, S.L.

ABC SANT BOI, S.L.

SUBMINISTRES ABC SABADELL, S.L.

ABC BARBERÁ, S.L.

SUMINISTROS ABC VILADECANS, S.L.

ABC GESTIO BARCELONA 2015, S.L.

Que tiene su domicilio social y fiscal y su actividad, situadas en:

· Calle Mayor núm. 22, de VILADECANS (Barcelona),

· Calle Mayor núm. 26, de VILADECANS (Barcelona),

· Calle DŽOsi núm. 43, de BARCELONA (Barcelona

· Calle Carretera de Barcelona, núm. 181, de BARBERÁ DEL VALLÉS (Barcelona

· Calle Mossen Jacint Verdaguer, núm. 150, de SANT BOI DE LLOBREGAT (Barcelona

· Calle Doctor Barraquer, núm. 24, bajos, de MOLINS DE REI (Barcelona

· Vía Aurelia, núm. 16, de SABADELL (Barcelona)

y en su matriz filiales o participadas, situadas en dicha sede, por el tiempo necesario mínimo para la práctica de la diligencia, con el contenido más amplio que en derecho se puede otorgar, así extensiva para la entrada a todo tipo de inmuebles y para el registro de todo tipo de instalaciones y dependencias que en estos existieren l fin de proceder al examen de todo tipo de documentación, cualquiera que sea su ubicación, contenido o soporte, pudiendo adoptar las medidas cautelares necesarias de aseguramiento, con descerrajamiento de elementos que obstaculicen la correcta diligencia, de ser necesario.

Que la referida diligencia deberá llevarse a cabo en horas diurnas, pudiendo tan solo extenderse a nocturnas y a las del día siguiente en caso de necesidad y justificando ello en el informe a remitir a este juzgado.

Se autoriza, igualmente, la entrada de miembros de las fuerzas de orden público, en caso de que por la autoridad administrativa correspondiente, y bajo su propia responsabilidad, se acordase su intervención por resultar ello necesario.. Concluida la diligencia se remitirá informe detallado a este Juzgado con las incidencias que hubiesen tenido lugar. Al tiempo de la entrada y, en todo caso, en los cinco días siguientes a su práctica, se emplazará a los interesados para que puedan comparecer ante este Juzgado en el plazo de los nueve días siguientes, si es que a su derecho interesa, con el objeto de ser notificados en forma y a los efectos de la interposición de recursos contra la presente resolución.

Líbrese testimonio y hágase entrega del mismo a la Administración solicitante a fin de que pueda hacerlo valer como mandamiento de entrada."

SEGUNDO

Contra dicho auto número 127/2019, de 16 de junio de 2019, se interpone por ABC GESTIÓ BARCELONA 2015, S.L., recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado a quo con remisión de lo actuado a este Tribunal ad quem previo emplazamiento de las partes procesales, personándose éstas ante este órgano judicial como partes apeladas ,en tiempo y forma, tanto el Abogado del Estado como las sociedades no recurrentes pero afectadas por la medida (ocho sociedades).

TERCERO

Desarrollada la apelación, y tras los oportunos trámites procesales que prescribe la Ley 29/1998, reguladora de esta jurisdicción, en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se señala el día 27 de enero de 2020 para deliberación y votación del fallo, lo que tiene lugar en la fecha indicada.

CUARTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Sobre el objeto del recurso de apelación.

Se impugna en la presente alzada el auto número 127/2019, de 16 de abril, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de los de Barcelona y su provincia, cuya parte dispositiva se ha reproducido en el antecedente de hecho primero de esta sentencia.

Se expone en los antecedentes de hecho del auto de entrada domiciliaria:

"PRIMERO. Que ha sido puesto a mi disposición cursa por la Agencia tributaria a través de su Delegación en Catalunya solicitud de autorización judicial para entrada en la sede de:

SUMINISTROS ELÉCTRICOS ABC, S.L.

SUMINISTROS ELÉCTRICOS ABC SARRIÁ, S.L.

SUMINISTROS ELECTRICOS ABC MOLINS DE REI, S.L.

SUMINISTROS SANITARIOS ABC, S.L. ABC SANT BOI, S.L.

SUBMINISTRES ABC SABADELL, S.L. ABC BARBERÁ, S.L.

SUMINISTROS ABC VILADECANS, S.L.

ABC GESTIO BARCELONA 2015, S.L. tiene su domicilio social y fiscal y su actividad, situadas en:

...

· Calle Mayor número. 26, de VILADECANS (Barcelona), donde la sociedad ABC GESTIÓ BARCELONA 2015, S.L. (NIF: B66706854) tiene el domicilio social y el domicilio fiscal, y donde se realiza la explotación de un comercio de venta de suministros eléctricos y sanitarios, fontanería, construcción y climatización;

...

Intervención prevista para el día 25 DE ABRIL DE 2019 prolongándose de ser necesario en el día siguiente a fin de dar cumplimiento a lo acordado para proceder al cumplimiento de la resolución Orden de inclusión y carga en plan de Inspección de fecha 1 DE ABRIL DE 2019. Se solicita asimismo que la medida sea extensiva a todo tipo de inmuebles y para el registro de todo tipo de instalaciones y dependencias que en estos existieren l fin de proceder al examen de todo tipo de documentación, cualquiera que sea su ubicación, contenido o soporte, pudiendo adoptar las medidas cautelares necesarias de aseguramiento, así como que la medida sea concedida inaudita parte debitoris.

SEGUNDO. Junto con la petición, se acompañan por la Administración solicitante los particulares necesarios de las actuaciones administrativas practicadas a las que se refieren la solicitud de autorización judicial."

En su fundamento jurídico primero expone el marco normativo de aplicación y una síntesis de la jurisprudencia constitucional y contencioso-administrativa. En el segundo se centra ya en el caso concreto, analizando los indicios que considera relevantes para la adopción de la medida:

SEGUNDO. Partiendo de las bases normativas y jurisprudenciales detalladas en el anterior razonamiento, debe atenderse a la petición de entrada realizada por la Administración solicitante, siendo de advertir que la concreción del objeto que se realiza en el antecedente de hecho primero de esta resolución revela que la entrada es una diligencia necesaria para la consecución del fin pretendido y siendo incuestionable que ese fin tiene amparo en nuestro Ordenamiento jurídico al tratarse de una actuación de diligencia de investigación enmarcada en la orden de inclusión y carga dictada por el órgano competente, la jefatura de la Dependencia regional de la inspección de la AEAT de Madrid, de 1 DE ABRIL DE 2019, cuyo testimonio se haya unido a la solicitud formulada y constando que se formula por denuncia por la que supuestamente los titulares de la mercantil podrían estar utilizando recursos expúreos para la ocultación de la realización de operaciones de venta que no quedan reflejadas en la contabilidad y no son declaradas y sobre las que no se ingresa el referido IVA ni se tributa en sociedades, presentando indicios como la denuncia de la existencia de un programa de control contable de uso doble que concuerda con la existencia no solo de una denuncia que describe con detalle la operativa de forma detallada, sino que esta concuerda con las averiguaciones de la solicitante con respecto al sistema informático que permite doble contabilidad desarrollado por TELEMATEl, el sistema denominado GEDILEC, que a su vez es instalado por la empresa HSB S.A. de las que el grupo investigado es cliente, cuanto menos en 2017. por ello unido a la denuncia, ya de por si es razonable pensar que se esté haciendo uso de este sistema más en un negocio de 36 puntos de venta a clientes particulares y pequeños profesionales que supone un...

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