SJP nº 1 327/2019, 23 de Septiembre de 2019, de Segovia

PonenteMARTA GANDULLO DE TAPIA
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2019
ECLIES:JP:2019:903
Número de Recurso115/2019

JDO. DE LO PENAL N. 1 -BIS

SEGOVIA

SENTENCIA: 00327/2019

PROCEDIMIENTO: PA 115/2019 (DP 541/2018)

ORGANO DE PROCEDENCIA: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Segovia.

S E N T E N C I A N º 327/2019.

En la Ciudad de Segovia, a veintitrés de septiembre de 2019.

Vistos por Dña. Marta Gandullo de Tapia, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Penal Bis de Segovia, los presentes autos de Juicio Oral número 115/2019, seguidos por un DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO POR CONDUCCIÓN TEMERARIA, UN DELITO DE ATENTADO Y UN DELITO LEVE DE AMENAZAS en el que f‌igura como acusado:

- D. Carlos, con DNI NUM000, sin antecedentes penales y en situación de libertad por esta causa.

Han sido partes el Ministerio Fiscal, en el ejercicio de la acción pública (D. Miguel Ángel Román), y el mencionado acusado, D. Carlos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Belén Escorial de Frutos y asistido de la letrada Dña. María Isabel de Frutos García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las presentes actuaciones derivan de las diligencias previas núm. 541/2018 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Segovia, luego transformadas en Procedimiento Abreviado nº 115/2019 del mismo Juzgado, en el que el Ministerio Fiscal calif‌icó provisionalmente los hechos a que se ref‌ieren como constitutivos de:

  1. Un delito de conducción temeraria, previsto y penado en el artículo 380.1 CP.

  2. Un delito de atentado de los artículos 550.1 y 2 CP y 551.3 CP.

  3. Un delito leve de amenazas, regulado en el artículo 171.7 CP.

Delitos de los que es responsable el acusado en concepto de autor conforme a los art.27 y 28.1 CP, sin la concurrencia de ninguna circunstancia modif‌icativa de la responsabilidad penal.

Solicita imponer al acusado las siguientes penas:

- Por el delito a), la pena de UN AÑO DE PRISÓN e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del dercho de conducir vehículos de motor y ciclomotores pro tiempo de dos años.

- Por el delito b), la pena de TRES AÑOS Y DOS MESES DE PRISIÓN con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, conforme el art. 56 CP.

- Por el delito c), la pena de TRES MESES DE MULTA con una cuota diaria de 10 euros, y responsabilidad subsidiaria del artículo 53 CP en caso de impago.

Y las costas procesales.

SEGUNDO

Una vez dictado auto de apertura de juicio oral se dio traslado a la defensa del acusado que formuló sus conclusiones provisionales, mostrándose disconforme con el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, interesando en consecuencia la libre absolución de su defendido.

TERCERO

Remitidos los autos a este Juzgado de lo Penal, y tras los trámites y actuaciones pertinentes se celebró el acto de la vista el 23 de septiembre de 2019 compareciendo el acusado debidamente asistido de su letrado. Practicadas las pruebas que habían sido propuestas y admitidas, por el Ministerio Público se modif‌icaron sus conclusiones en los siguientes términos:

La Conclusión Cuarta para indicar que en el delito a) alternativamente, los hechos se calif‌iquen de un delito del art. 379.1 CP, imponiéndose la pena de doce meses de prisión y dos años de privación del permiso de conducir. Y que se aprecie tanto en el delito b) como c) la atenuante de alcoholemia y se imponga por el delito de atentado la pena de tres años y un día de prisión y por el delito leve de amenazas la pena de un mes de multa con una cuota de diez euros y que se deduzca testimonio contra Evelio . Elevando en lo demás sus conclusiones a def‌initivas.

El letrado de la defensa elevó sus conclusiones a def‌initivas. Tras emitir informe de conclusiones se dio la última palabra al acusado y se declaró concluso el juicio y visto para Sentencia.

HECHOS PROBADOS

Se declaran como probados los siguientes hechos:

El día 23 de noviembre de 2018, sobre las 01:25 horas se encontraban patrullando los agentes de la Policía Local NUM001 y NUM002 de uniforme y en vehículo rotulado por la Avenida Padre Claret de Segovia cuando observaron cómo el vehículo que les precedía, marca Volkswagen, Golf, matrícula ....-TWR conducido por el acusado, Carlos aceleró bruscamente sin motivo aparente y circuló por mitad de la vía, motivo por el cual activaron los dispositivos acústicos y luminosos y el acusado, haciendo caso omiso a las indicaciones de éstos, continuó circulando a gran velocidad por la Plaza de Artillería hasta el punto de derrapar el vehículo para después circular por el Paseo Santo Domingo de Guzmán donde en la conf‌luencia de las dos calles, en su paso de peatones, casi atropella a una joven que iba a cruzar en ese momento y que se encontraba transitando por la calle junto a otros dos jóvenes que la tuvieron que agarrar. Los agentes siguieron en persecución del vehículo el cual circulaba de manera temeraria, a gran velocidad, poniendo en gran peligro la integridad física de los integrantes del propio vehículo, así como de los usuarios de la vía.

El conductor siguió hasta el barrio de San Marcos invadiendo el sentido contrario la mayor parte del tiempo, llegando a un semáforo del citado barrio, conf‌luencia con la carretera Zamarramala, donde se ha saltado dicho semáforo en rojo, derrapando y ascendiendo posteriormente por la carretera CL-607. En la glorieta, el acusado detuvo el vehículo por lo que el Agente con Carnet Profesional NUM001 bajó de su vehículo y se puso delante dándole el alto, momento en el que el acusado aceleró bruscamente, obligando al agente a apartarse para no ser atropellado; A continuación se inició una nueva persecución por la Carretera A-601 hasta el kilómetro 104, dirección Valladolid, llegando a marcar el velocímetro del vehículo policial los 180 kms/hora, momento en el que el acusado optó por estacionar el vehículo. Al dirigirse los agentes al mismo, el acusado intentó la huida de nuevo, logrando los agentes abrir la puerta del vehículo, solicitándole que saliera del mismo, haciendo caso omiso a las indicaciones de los agentes, aferrándose fuertemente al volante. Los agentes lograron sacarle del vehículo y una vez fuera, comenzó a dar patadas, puñetazos y a realizar numerosos aspavientos para no poder ser inmovilizado.

Una vez inmovilizado y mientras esperaban una patrulla de la Policía Local para la realización de la correspondiente prueba de alcoholemia, ya que el detenido desprendía un fuerte olor a alcohol, se dirigió a los agentes y prof‌irió expresiones tales como "COMO ME QUITEN EL CARNET OS VOY A MATAR A LOS DOS, NO VOY A PARAR HASTA MATAROS, ME HE QUEDADO CON VUESTRAS CARAS".

La prueba de alcoholemia practicada dio positivo, arrojando un resultado de 0.49 mg/l de alcohol en aire espirado

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito contra la seguridad del tráf‌ico por conducción temeraria, previsto y penado en el art. 380.1 CP, un delito de atentado de los artículos 550.1 y 2 y 551.3 CP, y un delito leve de amenazas del art. 171.7 CP, de los que es responsable el acusado en concepto de autor por su participación material y directa en los hechos tal como resulta de la prueba practicada en el acto del juicio, especialmente documental obrante en autos, interrogatorio del acusado y declaraciones de los Agentes de la Policía Local que depusieron en el acto como testigos.

Según consta en el atestado obrante en autos, el día 23 de noviembre de 2018, sobre las 01:25 horas, los agentes de la Policía Local NUM001 y NUM002 pudieron observar que el vehículo que les precedía, conducido por el acusado, aceleró bruscamente sin motivo aparente por la Avenida del Padre Claret de Segovia por lo que activaron los dispositivos acústicos y luminosos pero hizo caso omiso a sus indicaciones continuando circulando a gran velocidad por la Plaza de Artillería donde, a la altura del Paseo Santo Domingo de Guzmán, se saltó un paso de peatones y casi atropella a tres jóvenes que pasaban por allí. El acusado continuó circulando a gran velocidad, saltándose un semáforo en rojo en el cruce por San Marcos, invadiendo el carril contrario en varias ocasiones al coger las curvas. Al llegar a la rotonda de Zamarramala, los agentes se dirigieron en sentido contrario a la misma y se pusieron en paralelo del acusado quien detuvo el vehículo pero al salir a darle el alto, el acusado aceleró bruscamente en la...

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