SAP Madrid 32/2021, 18 de Enero de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución32/2021
Fecha18 Enero 2021

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimosegunda

C/ Francisco Gervás, 10, Planta 12 - 28020

Tfno.: 914936205

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2017/0134975

Recurso de Apelación 367/2019

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 94 de Madrid

Autos de Juicio verbal especial sobre capacidad 1155/2017

Apelante: DOÑA Isabel

Procuradora: DOÑA MARÍA GLORIA MESSA TEICHMAN

Apelado: DON Moises

Procuradora: DON VICTOR ALEJANDRO GOMEZ MONTES

AGENCIA MADRILEÑA PARA LA TUTELA DE ADULTOS

Tutelada: Bárbara

MINISTERIO FISCAL

Ponente: Ilma. Sra. Doña María del Pilar Gonzálvez Vicente

SENTENCIA Nº 32/2021

Magistrados:

Ilma. Sra. Doña Carmen Neira Vázquez

Ilma. Sra. Doña María del Pilar Gonzálvez Vicente

Ilma. Sra. Doña María Dolores Planes Moreno

________________ ______________ __ /

En Madrid, a 18 de enero de 2021.

La Sección Vigesimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos sobre juicio verbal especial sobre capacidad 1155/2017 seguidos bajo el nº 367/2019, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 94 de Madrid, entre partes:

De una como apelante, doña Isabel, representada por la Procuradora doña María Gloria Messa Teichman.

De otra como apelado, don Moises, representado por el Procurador don Víctor Alejandro Gómez Montes.

Ha sido parte igualmente el Ministerio Fiscal.

VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Doña María del Pilar Gonzálvez Vicente.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Con fecha 28 de junio de 2018, por el Juzgado de Primera Instancia nº 94 de Madrid, se dictó Sentencia nº 160/2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que ESTIMANDO la demanda formulada por el Ministerio Fiscal, DECLARO la modif‌icación de la capacidad de forma plena de doña Bárbara para regir su persona y bienes, incluida la pérdida del derecho de sufragio, y su sometimiento al régimen de tutela, designando como tutora a la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos, y sin que proceda efectuar expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el término de veinte días hábiles, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid ( arts. 458 y ss LEC), previa consignación de un depósito de 50 euros que deberá ingresarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad bancaria BANCO SANTANDER con número de Cuenta 4670-0000-00-1155-17.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo benef‌iciario Juzgado de 1ª Instancia nº 94 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 4670-0000-00-1155-17 (sin guiones ni espacios).

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido ( L.O. 1/2009 Disposición Adicional

15).

Una vez f‌irme la presente resolución líbrese comunicación al Ilmo. Sr. Juez Encargado del Registro Civil Municipal correspondiente, acompañando testimonio de la misma, a f‌in de que proceda a la anotación marginal en la inscripción de nacimiento del demandado, debiendo remitir a este Juzgado testimonio del acta de la anotación practicada, así como al Sr. Delegado Provincial de la Of‌icina del Censo Electoral a los efectos oportunos.

Asimismo, f‌irme que sea la presente sentencia fórmese pieza separada con testimonio de la misma, del certif‌icado de nacimiento del incapaz, del certif‌icado de nacimiento y del certif‌icado de antecedentes penales del tutor, que se tramitará como jurisdicción voluntaria, a cuyas normas se someterá la tramitación y control de la tutela constituida.

Así por esta mi sentencia def‌initivamente juzgando, lo pronuncio, mando y f‌irmo".

TERCERO

Notif‌icada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, se interpuso recurso de apelación por la representación legal de doña Isabel, exponiéndose en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.

De dicho escrito se dio traslado a las partes personadas, presentándose por la representación legal de don Moises y por el Ministerio Fiscal, sendos escritos de oposición al recurso de apelación presentado.

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 14 de enero de 2021.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de doña Isabel, y de don José, se presenta recurso de apelación contra la sentencia de fecha 28 de junio de 2018, y Auto de Aclaración de 5 de octubre de 2018, que declara la modif‌icación de la capacidad de forma plena de doña Bárbara, para regir su persona y bienes, incluida la pérdida del derecho de sufragio y su sometimiento al régimen de tutela, designando como tutora a la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos y sin que proceda efectuar expresa condena en costas; pero únicamente en relación con el nombramiento del AMTA como tutora. Se formulan alegaciones, que en síntesis exponen, la existencia de...

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