SAN, 18 de Diciembre de 2020

PonenteMERCEDES PEDRAZ CALVO
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Contencioso
ECLIES:AN:2020:4145
Número de Recurso1177/2018

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN OCTAVA

Núm. de Recurso: 0001177 / 2018

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 08334/2018

Demandante: PFIZER, S.L.U

Procurador: SR. BRIONES MÉNDEZ

Demandado: MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD

Abogado Del Estado

Ponente IIma. Sra.: Dª. MERCEDES PEDRAZ CALVO

S E N T E N C I A Nº :

IImo. Sr. Presidente:

D. FERNANDO LUIS RUIZ PIÑEIRO

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. MERCEDES PEDRAZ CALVO

Dª. ANA ISABEL GÓMEZ GARCÍA

Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil veinte.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo núm. 1177/2018 que ante esta Sala de lo contenciosoadministrativo de la Audiencia Nacional ha promovido el Procurador de los Tribunales Sr. Briones Méndez en nombre y representación de PFIZER, S.L.U frente a la Administración del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, contra la resolución de fecha 21 de noviembre de 2018 de desestimación del recurso de reposición interpuesto por dicha mercantil contra la Orden Ssi/1157/2017, por la que se procede a actualizar el sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, en 2017, con una cuantía indeterminada. Ha sido Ponente la Magistrado Dª Mercedes Pedraz Calvo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte recurrente indicada interpuso recurso ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo contra la Resolución dictada por silencio administrativo de desestimación del recurso de

reposición interpuesto por dicha mercantil contra la Orden Ssi/1157/2017, por la que se procede a actualizar el sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud año 2017.

El Tribunal Supremo dictó auto declarando la competencia de esta Sala para conocer del recurso, compareciendo ante la misma la representación procesal de la parte actora.

Posteriormente amplió su recurso a la resolución expresa dictada el día 21 de noviembre de 2018.

SEGUNDO

La parte actora formalizó la demanda y posteriormente, al ampliarse el recurso a la resolución expresa, presentó escrito el día 18 de marzo de 2019 en el cual, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de rigor terminó solicitando:

"SUPLICO que tenga por presentado este escrito, sea servida de admitirlo y unirlo a los autos de su razón, tenga por complementada la demanda ya evacuada en el presente recurso, en relación con la ampliación de éste a la Resolución del Subsecretario de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, actuando por delegación de la Ministra del ramo, de 21 de noviembre de 2018, que desestimaba el recurso potestativo de reposición interpuesto por PFIZER frente a la Orden SSI/1157/2017, de 28 de noviembre, por la que se procede a la actualización en 2017 del sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, y, previos los trámites legales oportunos, dicte Sentencia en cuya virtud acuerde anular ambos actos administrativos, de acuerdo con lo solicitado en la demanda que se complementa."

En el escrito de demanda formalizada ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la actora había solicitado " estime este recurso contencioso-administrativo y anule los conjuntos de referencia de medicamentos H83 y H84 incluidos en el anexo 2 de la Orden Ssi/1157/2017, o. si entiende que esos conjuntos pueden crearse, los anule parcialmente excluyendo las presentaciones de los medicamentos BENEFIX ® y REFACTO ® de los conjuntos de referencia H83 y H84 respectivamente, y anule el precio de referencia atribuido a esas presentaciones ".

TERCERO

El Abogado del Estado contestó a la demanda para oponerse a la misma, y solicitar su desestimacion.

CUARTO

La Sala dictó auto acordando recibir a prueba el recurso, y la práctica de las siguientes pruebas: la testif‌ical propuesta por la parte actora.

Estando pendiente la ratif‌icación pericial, se presenta por el Abogado del Estado escrito de allanamiento, acompañando la correspondiente autorización, y un informe del Ministerio de Sanidad sobre terminación de los procedimientos contencioso-administrativos de impugnación de las órdenes de precios de referencia con conjuntos formados según el criterio de ATC 5.

QUINTO

La Sala dictó Providencia señalando para votación y fallo del recurso la fecha del 16 de diciembre de 2020. En esta fecha se deliberó y votó habiéndose observado en su tramitación las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso-administrativo la Resolución de fecha 21 de noviembre de 2018 dictada por el Ministerio de Sanidad por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por de junio de 2019 de desestimación del recurso de reposición interpuesto por PFIZER,

S.LU. y PFIZER GEP, S.L.U., contra la Orden SS1/1157/2017, de 28 de noviembre, por la que se procede a la actualización en 2017...

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