SAP Guipúzcoa 1093/2020, 17 de Diciembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1093/2020
Fecha17 Diciembre 2020

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA. SECCIÓN SEGUNDA - UPAD

ZULUP - GIPUZKOAKO PROBINTZIA AUZITEGIKO BIGARREN ATALA

SAN MARTIN, 41-1ª planta - C.P./PK: 20007

TEL. : 943-000712 Fax / Faxa : 943-000701

Correo electrónico/ Helbide elektronikoa: audiencia.s2.gipuzkoa@justizia.eus / probauzitegia.2a.gipuzkoa@justizia.eus

NIG PV / IZO EAE: 20.05.2-18/014071

NIG CGPJ / IZO BJKN :20069.42.1-2018/0014071

Recurso apelación procedimiento ordinario LEC 2000 / Prozedura arrunteko apelazio-errekurtsoa; 2000ko PZL 2518/2020 - B

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Sebastián - UPAD Civil / Arlo Zibileko ZULUP - Donostiako Lehen Auzialdiko 5 zenbakiko Epaitegia

Autos de Procedimiento ordinario 1107/2018 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: UNTZI BERRIA S.L.

Procurador/a/ Prokuradorea:EVA APESTEGUIA RODRIGUEZ

Abogado/a / Abokatua: FRANCISCO JAVIER URDANGARIN JIMENEZ

Recurrido/a / Errekurritua: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 NUM NUM000 DE DONOSTIA

SAN SEBASTIAN

Procurador/a / Prokuradorea: JAVIER CIFUENTES ARANGUREN

Abogado/a/ Abokatua: CECILIA NABAL VICUÑA

S E N T E N C I A N.º 1093/2020

ILMOS./ILMAS. SRES./SRAS.

D. FELIPE PEÑALBA OTADUY

D.ª BEATRIZ HILINGER CUELLAR

D. DANIEL SANCHEZ DE HARO

En Donostia / San Sebastián, a diecisiete de diciembre de dos mil veinte.

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa. Sección Segunda - UPAD, constituida por los/as Ilmos Sres que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Procedimiento ordinario 1107/2018 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Sebastián - UPAD Civil, a instancia de UNTZI BERRIA S.L., apelante

- demandante, representado por la procuradora D.ª EVA APESTEGUIA RODRIGUEZ y defendido por el letrado D. FRANCISCO JAVIER URDANGARIN JIMENEZ, contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 NUM NUM000 DE DONOSTIA SAN SEBASTIAN, apelado - emandado, representado por el procurador D. JAVIER CIFUENTES ARANGUREN y defendido por la letrada D.ª CECILIA NABAL VICUÑA; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 12 de febrero de 2020.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 12 de febrero de 2020 el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Sebastián dictó Sentencia, que contiene el siguiente Fallo:

"Que DESESTIMO la demanda presentada por la Procuradora Dña. EVA APESTEGUIA RODRIGUEZ, en nombre y representación de la mercantil UNTZI BERRIA S.L. contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM000 DE SAN SEBASTIAN con libre absolución de la demandada de todas las pretensiones dirigidas contra la misma.

Todo ello sin realizar un pronunciamiento expreso sobre la imposición de costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Notif‌icada a las partes la resolución de referencia, se interpuso Recurso de apelación contra ella que fue admitido, y elevados los autos a esta Audiencia se señaló día para Votación y Fallo el 24 de noviembre de 2020.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido todas las formalidades prescritas por la Ley.

CUARTO

Ha sido el Ponente en esta instancia la Ilma Sra. Magistrada Dña BEATRIZ HILINGER CUELLAR.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como antecedentes del asunto sometido a nuestra consideracion señalamos los siguientes:

  1. Por Untzi Berria S.L se interpuso demanda frente a la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000 de San Sebastián ejercitando acción de impugnación de acuerdo comunitario conforme a los artículos 18.1 a) y c) LPH y accion declarativa de dominio, solicitando que se declarase que la demandante es titular del patio central interior de CALLE000 nº NUM000 de San Sebastián, con derecho a sanearlo y utilizarlo, que se declarase su derecho a cubrir dicho patio central y que se declarase la nulidad del acuerdo adoptado en el punto 3º del Orden del Dia de la Junta General Extraordinaria de Propietarios de CALLE000 nº NUM000, con fundamento en lo siguiente: 1º La actora es titular dominical de las siguientes f‌incas del nº NUM000 de la CALLE000 de San Sebastián: "La totalidad de la planta baja en la cual se haya constituido el establecimiento de confecciones denominado "Vapy", y en su trastienda separadas por un tabique están instaladas las cocinas del "Café Madrid"; y el sector de Bodega de ciento cuarenta y ocho metros cuarenta y dos centímetros cuadrados que linda: al Norte con medianil de la casa número NUM001 de la CALLE000 y el sector segregado; al Sur con medianil de la casa número NUM006 de la CALLE000 y patio interior; al Este con patio central de manzana y al Oeste en parte con rasante de la CALLE000 y con el sector segregado"; Titulo inscrito al Tomo NUM023 Libro NUM024 Seccion 1ª folio NUM025 f‌inca NUM026 inscripción 1ª del Registro de la Propiedad nº 2 de San Sebastián; y "Urbana- Sector de Bodega de once metros cincuenta y ocho centímetros cuadrados que forma chaf‌lán con la rasante de la CALLE000 y el medianil de la casa número NUM001 de la citada calle, con un hueco para ventilación sobre la misma, de la casa numero NUM000 de la CALLE000 de esta ciudad de San Sebastián. Linda, por derecha entrando a Norte, en línea de cinco metros, con medianil de la casa número NUM001 de la CALLE000 ; espalda u Oeste en línea de dos metros diez centímetros con la rasante de la CALLE000 ; al frente o Este, en línea de dos metros noventa y cinco centímetros y por la izquierda o Sur, en línea quebrada de dos metros, uno de un metro treinta centímetros y otro de tres metros setenta y cinco centímetros, con resto de la bodega de donde se segregó"; Titulo inscrito al Tomo NUM002, Libro NUM003 de la sección NUM001, folio NUM004, f‌inca NUM005 inscripción 6ª del Registro de la Propiedad nº 2 de San Sebastián, todo ello en virtud de escritura de compraventa autorizada el 24 de enero de 2018; 2º En el titulo constitutivo, inscripción 14ª, se describe el edif‌icio de la CALLE000 nº NUM000 como "Casa señalada con el número NUM000 de la CALLE000 de esta cuidad de San Sebastián, se compone de bodega, piso llano, cinco altos y desván, ocupa ciento sesenta metros cuadrados de terreno solar, teniendo además el patio central treinta y dos metros cuadrados; y linda por Oriente o espalda con el mismo patio central; por el Mediodia o derecha entrando con la casa numero NUM006 de la propia CALLE000, de D. Rubén, por el Poniente o frente con dicha CALLE000 y por el Norte o izquierda con el solar letra NUM007 de

    la manzana, hoy casa número NUM001 de la misma calle, propiedad del Marques DIRECCION000 "; 3º En la inscripción del nº NUM000 de la CALLE000 solo se hace referencia a un solo patio, de 32 metros cuadrados, que denomina patio central, y no se hace referencia a la existencia de ningún otro patio mancomunado con el edif‌icio de la CALLE000 nº NUM006 de Donostia; 4º En la Descripcion General, Reglas de Comunidad, Limitaciones y Nueva Norma Estatutaria de la casa nº NUM000 de la CALLE000, inscripción 15ª de la f‌inca NUM008 se indica que "En la compraventa se comprende la parte del patio interior correspondiente a esa f‌inca, con derecho a sanearla y utilizarla si fuera posible, mediante las obras necesarias, hasta el piso primero, en el caso de que lo consientan las Ordenanzas Municipales", 4º El patio adquirido por la parte actora es el patio central de 32 metros cuadrados denominado en la inscripcion 15ª como patio interior, pero la Comunidad demandada considera que el patio adquirido por la actora es un patio interior de unos 7 metros cuadrados que pertenece mancomunadamente a las Comunidades de CALLE000 nº NUM000 y nº NUM006 ; sin embargo el unico patiol cual tiene acceso la actora es el referido patio central, en el cual existe la posibilidad urbanistica de edif‌icar hasta la altura del primer piso, a diferencia del patio de 7 metros cuadrados al cual carece de acceso la actora; 5º El Ayuntamiento de San Sebastián ha denominado "patios interiores" al patio central de 32 metros cuadrados y a los demás patios centrales colindantes con el de CALLE000 NUM000 que tienen las f‌incas de CALLE000 NUM006 y AVENIDA000 NUM009 a modo de triangulo como patios interiores ; NUM010 solicitud de varios propietarios se celebró el 20 de septiembre de 2018 una Junta General de Propietarios en cuyo punto 3º del Orden del dia se incluyó lo siguiente. "Informacion por parte de la propiedad de la planta baja y bodega Untzi Berria S.L de la obra de cubrición del patio central interior de la CALLE000 nº NUM000 de San Sebastián que forma parte de la indicada planta baja hasta una altura minima libre de 3,20 metros en una superf‌icie aproximada de 25,7 metros cuadrados conforme al Anteproyecto del Arquitecto D. Rogelio de julio de 2018 que se adjunta a la presente convocatoria y bajo su dirección facultativa, obra prevista y autorizada en la inscripción 15ª de la f‌inca nº NUM008 del Registro de la Propiedad nº 2 de San Sebastian y viable administrativamente conforme a consulta urbanística del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastian de fecha 27 de diciembre de 2017"; 7º Según consta en el Acta de dicha Junta "Los propietarios de los pisos NUM001

    , NUM011, NUM000, NUM012, NUM013 y NUM006, que suponen un total del 63% de las cuotas de participación del edif‌icio, manif‌iestan su disconformidad con la informacion aportada por la propiedad de la planta NUM014 y NUM015 y entienden que el derecho de construcción no se ref‌iere al patio central sino al patio interior colindante y común con el de CALLE000 nº NUM006 . Consecuentemente, aunque no consta en el enunciado del punto del Orden del Dia efectuar votación alguna, manif‌iestan que se oponen a la obra pretendida por la propiedad del bajo y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR