SAP A Coruña 381/2020, 15 de Diciembre de 2020
Ponente | JULIO TASENDE CALVO |
ECLI | ES:APC:2020:2770 |
Número de Recurso | 599/2019 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 381/2020 |
Fecha de Resolución | 15 de Diciembre de 2020 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
A CORUÑA
SENTENCIA: 00381/2020
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINTA
A CORUÑA
Modelo: N10250
CALLE DE LAS CIGARRERAS Nº 1 (ENFRENTE A PLAZA PALLOZA) CP 15071
Teléfono: 981 18 20 99/98 Fax: 981 18 20 97
Correo electrónico:
Equipo/usuario: ER
N.I.G. 15030 42 1 2019 0001278
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000599 /2019
Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 13 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000094 /2019
Recurrente: Jose Daniel
Procurador: MARIA LUISA PANDO CARACENA
Abogado:
Recurrido: Carlos Alberto, ALILU INVERSIONES DEL ATLANTICO, S.L.
Procurador:, JORGE BEJERANO PEREZ
Abogado:,
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente:
SENTENCIA Nº 381/2019
Ilmos. Sres. Magistrados:
MANUEL CONDE NÚÑEZ
JULIO TASENDE CALVO
CARLOS FUENTES CANDELAS
En A CORUÑA, a quince de diciembre de dos mil veinte.
En el recurso de apelación civil número 599/2019, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 13 de A Coruña, en Juicio ordinario núm. 94/2019, seguido entre partes: Como APELANTE: DON Jose Daniel, representado por la Procuradora Sra. PANDO CARACENA; como APELADOS: ALILU INVERSIONES DEL ATLANTICO, SL, representado por el Procurador Sr. BEJERANO PEREZ Y DON Carlos Alberto (no personado).- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON JULIO TASENDE CALVO.
Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de A Coruña, con fecha 30 de septiembre de 2019, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:
QUE ESTIMANDO la demanda interpuesta por la Procuradora DOÑA MARIA LUISA PANDO CARACENA, en nombre y representación de DON Jose Daniel, DEBO CONDENAR Y CONDENO a don Carlos Alberto a abonar a aquel la cantidad de setenta y cinco mil euros (75.000 euros) más intereses legales desde la interposición de la demanda; y DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda interpuesta contra ALILU INVERSIONES DEL ATLANTICO SL.
Se imponen las costas a causadas a la parte actora a la parte demandada y las causadas a la codemandada ALILU INVERSIONES DEL ATLANTICO SL a la parte actora.
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de DON Jose Daniel, que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se señaló para deliberar la Sala el día 9 de diciembre de 2020, fecha en la que tuvo lugar.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.
El recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia del Juzgado que, al mismo tiempo que estima la demanda interpuesta contra el demandado en su condición de cofiador solidario de una deuda abonada por el ahora apelante, condenándole al pago de la cantidad de 75.000 euros, desestima la demanda formulada contra la entidad codemandada, ALIU INVERSIONES DEL ATLÁNTICO S.L., en reclamación de la misma cantidad, impugna este pronunciamiento, alegando la falta de motivación, y subsidiariamente la errónea valoración de la prueba, en la que incurre la sentencia apelada, al considerar que no se ha practicado ninguna prueba que acredite la concurrencia de circunstancias que evidencien de forma clara el abuso de la personalidad de esta sociedad, que permita aplicar la doctrina del levantamiento del velo en la que se funda la acción ejercitada frente a ella.
La llamada doctrina del levantamiento del velo trata de evitar que el abuso de la personalidad jurídica de una sociedad pueda perjudicar intereses públicos o privados, causar daño ajeno, o burlar los derechos de terceros, evitando que se utilice la interposición de una personalidad jurídica societaria como un medio o instrumento defraudatorio, o con un fin fraudulento, para eludir la responsabilidad personal, de manera que la sociedad carece de funcionamiento real e...
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