ATSJ País Vasco 53/2020, 15 de Diciembre de 2020

PonenteLUIS ANGEL GARRIDO BENGOECHEA
ECLIES:TSJPV:2020:305A
Número de Recurso12/2020
ProcedimientoRecurso de casación
Número de Resolución53/2020
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2020
EmisorSala de lo Contencioso

ºTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección especial recurso de casación autonómica

EAEko AUZITEGI NAGUSIA ADMINISTRAZIOAREKIKO AUZIEN SALA

Atal berezia kasazio-errekurtso autonomikoa

BARROETA ALDAMAR, 10-2ª Planta - CP/PK: 48001 Bilbao

TEL. : 94-4016655 FAX : 94-4016996

Correo electrónico:tsj.salacontencioso@justizia.eus / an.adm-auziaksala@justizia.eus NIG PV: 48.04.3-19/001242

NIG CGPJ: 48020.45.3-2019/0001242

Procedimiento: Recurso de casación 12/2020 - Seccion 3ª

Órgano origen: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Bilbao Procedimiento origen: Procedimiento abreviado 93/2019

Parte recurrente: Obdulio

Representada por: ALEJANDRO BIKANDI GARMENDIA

Parte recurrida: DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD DEL GOBIERNO VASCO Representada por: DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD DEL GOBIERNO VASCO RESOLUCIÓN JUDICIAL RECURRIDA: Sentencia 30 de diciembre de 2019

AUTO N.º 53/2020

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE: D. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA

MAGISTRADOS: D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA

D.ª ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

D. ANGEL RUIZ RUIZ

D.ª TRINIDAD CUESTA CAMPUZANO

Siendo Ponente D. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA. En Bilbao, a quince de diciembre de dos mil veinte.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18 de febrero de 2020 el Letrado Sr. BIKANDI GARMENDIA, en representación de D. Obdulio presentó escrito preparando recurso de casación contra la sentencia dictada el 30 de diciembre de 2019 por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de Bilbao.

SEGUNDO

Dicho Juzgado tuvo por preparado el recurso por auto de fecha 2 de marzo de 2020 y ordenó emplazar a las partes para comparecer ante esta Sala especial.

Así mismo, emitió opinión sobre el interés objetivo del recurso preparado para la formación de jurisprudencia, que remitió a esta sala junto con las actuaciones y el expediente administrativo.

TERCERO

Transcurrido el término del emplazamiento comparecieron todas las partes .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso de casación constituye el objeto impugnado, la sentencia nº 84 de fecha 30 de diciembre de 2019, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 6 de Bilbao, por la que se desestima el recurso contencioso-administrativo nº 93/2019, interpuesto contra la Resolución de 10 de julio de 2019, de la Viceconsejera de Administración y Servicios del Gobierno Vasco, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por el funcionario de la Ertzaintza, don Lorenzo, contra la Resolución de la Directora de Recursos Humanos, de 6 de marzo de 2019, desestimatoria de la solicitud de abono de las diferencias retributivas por desempeño de funciones docentes en la Academia Vasca de Policía y Emergencias, en régimen de comisión de servicios.

La Juzgadora de instancia tuvo por preparado el recurso de casación autonómico, por Auto de 2 de marzo de 2020, emitiendo, asimismo, informe en los términos previstos por el artículo 89.5 in f‌ine de la Ley 29/1998, favorable a la admisión del recurso de casación por la concurrencia de interés casacional objetivo, ante la existencia de sentencias contradictorias de distintos Juzgados de lo Contencioso-administrativo.

Frente a su admisión, formula oposición la representación de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, centrando su oposición de manera específ‌ica en que la sentencia impugnada no es susceptible de ser recurrida en casación, por tratarse de una sentencia desestimatoria y, por tanto, no susceptible de extensión de efectos, con remisión al ATS de 21 de diciembre de 2017 (rec. queja nº 684/2017).

El debido...

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