SAP Murcia 272/2020, 26 de Noviembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución272/2020
Fecha26 Noviembre 2020

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00272/2020

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

AUDIENCIA TLF: 968 22 91 41/2 FAX: 968 229278

2- EJECUCION, TLF: 968 205011, FAX: 968 834250

Teléfono: 0

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MFM

Modelo: N85860

N.I.G.: 30030 43 2 2018 0000251

PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000011 /2019

Delito: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/querellante: MINISTERIO FISCAL, Artemio

Procurador/a: D/Dª, JOSE ANTONIO DIAZ MORALES

Abogado/a: D/Dª, IRENE LLORENTE SANCHEZ

Contra: Basilio

Procurador/a: D/Dª ANGEL TORRALBA MARTINEZ

Abogado/a: D/Dª ANA ISABEL UCEDA BARDERAS

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION SEGUNDA

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

ROLLO SALA PA 11-2019

JUZGADO INSTRUCCION MURCIA 1

PA 98-2018

Ilmo. Sr:

D. AUGUSTO MORALES LIMIA

PRESIDENTE

D. JAIME BARDAJI GARCIA

D. FRANCISCO NAVARRO CAMPILLO

MAGISTRADOS

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY

SENTENCIA 272/20

En la ciudad de Murcia a 26 de Noviembre de 2020

VISTO en juicio oral y público, ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Murcia la causa seguida bajo el nº de Rollo PA 11/2019 procedente del Juzgado de Instrucción nº 1 de Murcia con nº PA 98/2018 por delito de Estafa agravada en el que han sido partes el Ministerio Fiscal, como acusación particular Artemio representado por el Procurador Sr. Díaz Morales y asistido del Letrado Sr. Losana López y como acusado, Basilio representado por el Procurador Sr. Torralba Martínez y asistido del Letrado Sra. Uceda Barderas, actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jaime Bardají García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio f‌iscal formuló escrito de conclusiones provisionales calif‌icando los hechos como constitutivos de un delito continuado de estafa tipif‌icado en el artículo 248 y 250. 1, 6ª del CP vigente a la fecha de los hechos solicitando la imposición al acusado de la pena de prisión de dos años, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de ocho meses con una cuota diaria de diez euros con responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP y en concepto de responsabilidad civil, la solicitud de condena del acusado de indemnizar a Artemio en la suma de 69.118,66 € y costas procesales. En el acto del juicio oral modif‌icó sus conclusiones provisionales en el único sentido de solicitar la pena de tres años, seis meses y un día de prisión y multa de nueve meses y un día a razón de 10 € diarios elevando el resto de sus conclusiones a def‌initivas.

SEGUNDO

La acusación particular personada en nombre de Artemio calif‌icó los hechos como constitutivos de un delito de estafa en su tipo agravado establecido en el artículo 250.1 del CP en relación con las circunstancias expresadas en los apartados 4º, 5º y 6º y en relación con el artículo 74 del CP, con la concurrencia de la agravante de reincidencia del artículo 22, solicitando la imposición al acusado de la pena de cinco años de prisión, accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 10 meses a razón de 10 € diarios con solicitud de condena del acusado de indemnizar a Artemio en la suma de 69.118,66 € con solicitud de condena en costas procesales. En el acto del juicio oral mediante escrito modif‌icó sus conclusiones provisionales calif‌icando los hechos como constitutivos de un delito continuado de estafa del artículo 250.1, apartados 6º y en relación con el artículo 74 del código penal, modif‌icando la cuarta de sus conclusiones eliminando la reincidencia, expresando que no concurren circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, solicitando la imposición al acusado de la pena de cinco años de prisión y nueve meses de multa a razón de 10 € diarios con solicitud de condena en costas procesales.

TERCERO

La defensa del acusado Basilio formuló escrito de conclusiones provisionales manifestando su disconformidad con las correlativas del Ministerio f‌iscal y de la acusación particular solicitando la libre absolución de su patrocinado, conclusiones que elevó a def‌initivas al f‌inalizar la vista oral.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado en lo esencial las prescripciones establecidas en la ley. Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jaime Bardají García quien expresa el parecer de la Sala.

HECHOS PROBADOS

PROBADO Y ASI SE DECLARA que el acusado Basilio mayor de edad y sin que consten sus antecedentes penales con fecha 25 del mayo de 2007 suscribió un contrato de inversión como socio en la construcción de varios edif‌icios en la ciudad brasileña de Goiana con Artemio entregándole éste la suma de 40.000 € y una participación en los benef‌icios que se devengarían transcurridos cinco años del 6,6%.

Con fecha 23 de ayude 2017 Artemio suscribió con el acusado quien actuaba en nombre de la sociedad Ibiza Constructora Incorporadora la entrega de 15.000 € en concepto de reserva de la vivienda piso en planta NUM000, vivienda DIRECCION000 y garaje en concepto de reserva de vivienda y plaza de garaje de la

promoción Jardines de Versailles, estipulándose como precio de la citada vivienda la suma de 66.700 € debiendo formalizarse el contrato de compraventa en un plazo máximo de 60 días naturales a partir de la fecha del documento f‌ijándose como fecha límite el 30 julio 2008.

Con fecha 24 mayo 2017 Basilio f‌irmo...

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