AAP Barcelona 382/2020, 2 de Noviembre de 2020

PonenteINMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO
ECLIES:APB:2020:10163A
Número de Recurso96/2020
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución382/2020
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

Sección nº 16 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. 2a - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866200

FAX: 934867114

EMAIL:aps16.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0830742120108019473

Recurso de apelación 96/2020 -D

Materia: Ejecuciones hipotecarias

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Vilanova i la Geltrú Procedimiento de origen:Ejecución hipotecaria 62/2010

Parte recurrente/Solicitante: Epifanio, Regina

Procurador/a: Jordi Cladera Sanchez

Abogado/a: Gregori Ferrer I Bertran

Parte recurrida: AIQON CAPITAL (LUX) S.a.r.l.

Procurador/a: Raimunda Marigo Cusine

Abogado/a: Angel Francisco Casado Gonzalez

AUTO Nº 382/20

Magistrados:

Inmaculada Zapata Camacho Jose Luis Valdivieso Polaino Ramon Vidal Carou

Barcelona, 2 de noviembre de 2020

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Ejecución hipotecaria 62/2010 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vilanova i la Geltrú, a instancia de AIQON CAPITAL (LUX) S.a.r.l. representada por la Procuradora Raimunda Marigo Cusine, contra Epifanio y Regina representados por el Procurador Jordi Cladera Sanchez. Estas actuaciones penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Epifanio y Regina contra el Auto dictado el día 26/07/2018 por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO

:

PRIMERO

La parte dispositiva del auto apelado es del tenor literal siguiente:

"ACUERDO ACCEDER a lo solicitado por la Procuradora de los Tribunales Dª Raimunda Marigó Cusiné, actuando en nombre y representación de AIQON CAPITAL (LUX), S.A.R.L., y acuerdo que esta entidad ocupe en este juicio la posición procesal de parte ejecutante que ocupaba su transmitente; debiendo continuar la tramitación del presente expediente en los términos legalmente establecidos.".

SEGUNDO

Contra el anterior auto se interpuso recurso de apelación por Epifanio y Regina mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso en tiempo y forma legal. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial se procedió a dar el trámite pertinente señalándose para votación y fallo el día 20/10/2020.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Inmaculada Zapata Camacho..

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Previo traslado a las partes y, tras comprobar la documentación aportada para justif‌icar la adquisición del crédito, mediante auto dictado en fecha 26 de julio de 2018, acordó el Juzgado la sucesión procesal de Aiqon Capital (LUX) SARL en la posición de la parte ejecutante (inicialmente, Caixa d'Estalvis de Catalunya, sucedida por Catalunya Banc SA); decisión que impugnan los deudores Dª Regina y D. Epifanio en esta segunda instancia.

SEGUNDO

Con la única matización que, tratándose de título judicial, prevé el artículo 563-1 LEC (que el tribunal competente o el letrado de la...

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