ATS, 7 de Abril de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 07 Abril 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 07/04/2021
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 230 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 8 DE SEVILLA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
Transcrito por: AAH/MJ
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 230/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 7 de abril de 2021.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de D.ª Melisa presentó escrito en el que interpuso los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 30 de octubre de 2018, por la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección 8.ª, en el rollo de apelación n.º 3314/2017, dimanante del juicio ordinario n.º 1611/2014, seguido ante Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Sevilla.
Por la indicada Audiencia Provincial se tuvo por interpuestos los recursos y se acordó la remisión de las actuaciones a este Tribunal Supremo, Sala Primera, con emplazamiento de las partes.
Recibidos los autos en este Tribunal han comparecido la procuradora D.ª Felisa María González Ruiz, en nombre y representación de D.ª Melisa, como parte recurrente, y como partes recurridas el procurador D. Eduardo Codes Feijoo, en nombre y representación de Santander Seguros y Reaseguros, S.A., y el procurador D. Carlos Rubio García, en nombre y representación de Santander Consumer Finance, S.A.
Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de D.ª Melisa, al no advertirse en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC, las partes recurridas podrán formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.
De conformidad con lo previsto en los arts. 483.5 y 473.3 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA:
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- Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D.ª Melisa contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 30 de octubre de 2018, por la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección 8.ª, en el rollo de apelación n.º 3314/2017, dimanante del juicio ordinario n.º 1611/2014, seguido ante Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Sevilla.
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- Abrir el plazo de veinte días a contar desde la notificación de este auto, para que las partes recurridas formalicen por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.