AAP Cádiz 179/2020, 11 de Septiembre de 2020
Ponente | CONCEPCION CARRANZA HERRERA |
ECLI | ES:APCA:2020:667A |
Número de Recurso | 178/2020 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 179/2020 |
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2020 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª |
AUTO Nº 179
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ SECCION SEGUNDA
ILMOS. SRES .
PRESIDENTE:
D. JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
MAGISTRADOS:
Dª. CONCEPCIÓN CARRANZA HERRERA
D. OSCAR ALCALÁ MATA
REFERENCIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA
AUTOS: JUICIO VERBAL Nº 698/2014
ROLLO DE APELACIÓN: 178/2020
En la Ciudad de Cádiz, a 11 de septiembre de 2020,
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Ilmos. Sres. del margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra el Auto de 10/01/2020.
Apelante: DOÑA Dolores, representada por el Procurador Sr. Domínguez Marín, con la asistencia del Letrado Sr. López López.
Apeladas: DOÑA Elvira, representada por la procuradora Sra. López González y asistida por el letrada Sr. Verdún Pérez y ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS S.L., representada por el procurador Sr. García Guillén y asistida por el letrado Sr. Coveñas Tamayo.
Ha sido Ponente la Magistrada Sra. Carranza Herrera, conforme al turno establecido.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sanlúcar de Barrameda se dictó Auto el día 10/01/2020 que acuerda el archivo del proceso por satisfacción extraprocesal, sin condena en costas para ninguna de las partes.
Notificado el Auto a las partes, por la codemandada Sra. Dolores se interpuso recurso de apelación y tras el traslado a la parte actora para la presentación del oportuno escrito de oposición, se acordó
remitir las actuaciones a esta Audiencia y recibidas las mismas, se formó el oportuno Rollo para conocer del recurso y se señaló día para la votación y fallo del mismo.
Verificado lo anterior y reunida la Sala al efecto, previa deliberación y a propuesta del Ponente, se acordó la resolución que se expresará.
Se formula por la codemandada Sra. Dolores recurso de apelación contra la resolución que pone fin al proceso por satisfacción extraprocesal, sin hacer imposición alguna de las costas causadas.
La parte apelante solicita que se impongan las costas del proceso a la parte actora al haber dado lugar al procedimiento para después desistirse por haber alcanzado un acuerdo con la aseguradora codemandada. El art. 22 de la LECivil dispone 1. Cuando, por circunstancias sobrevenidas a la demanda y a la reconvención, dejare de haber interés legítimo en obtener la tutela judicial pretendida, porque se hayan satisfecho, fuera del proceso, las pretensiones del actor y, en su caso, del demandado reconviniente o por cualquier otra causa, se pondrá de manifiesto esta circunstancia y, si hubiere acuerdo de las partes, se decretará por el...
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