SAP Almería 139/2020, 16 de Junio de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Junio 2020
Número de resolución139/2020

SENTENCIA Nº 139/20

En la Ciudad de Almería, a 16 de junio de 2020.

Visto en grado de apelación por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, constituida en Tribunal Unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Luis Durbán Sicilia, el Rollo nº 37/2020 dimanante del Juicio por Delito Leve núm. 47/2019, seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de DIRECCION000 por maltrato de obra, en el que interviene como parte apelante la denunciada, Magdalena, defendida por el Letrado D. Juan Manuel Sánchez Fernández, y como parte apelada el Ministerio Fiscal .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

El Juzgado de Instrucción nº 2 de DIRECCION000 en la referida causa dictó sentencia con fecha de 13 de diciembre de 2019 cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "ÚNICO.- Probado y así se declara que el día 15 de mayo de 2019, Magdalena, la cual se encontraba impartiendo clases como profesora en el centro DIRECCION001, sito en CALLE000 de DIRECCION000, pinchó, de forma intencionada, con la aguja utilizada por ella misma para detectar el nivel de azúcar en sangre a dos alumnas de su clase, Reyes y Rosa, que contaban con 9 años de edad en el momento de los hechos, sin que llegara a causar lesiones a las menores" .

TERCERO

Dicha Sentencia contiene el siguiente Fallo: "CONDENO a Magdalena como responsable de dos DELITOS LEVES DE MALTRATO DE OBRA del artículo 147.3 CP a la pena de 60 días de multa con una cuota diaria de 6 euros por cada uno de ellos, en total 720 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago" .

CUARTO

La defensa de la denunciada interpuso frente a dicha sentencia en tiempo y forma recurso de apelación en el que fundamentó la impugnación.

QUINTO

Admitido el recurso en ambos efectos y conferido el oportuno traslado, el Ministerio Fiscal lo impugnó, siendo seguidamente remitidas las actuaciones a este Tribunal.

SEXTO

Recibidas las actuaciones y repartidas a esta Sección, se formó Rollo de Sala y se turnó de ponencia, quedando para resolver.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los consignados con tal naturaleza en la resolución impugnada, si bien añadiendo un segundo párrafo del siguiente tenor:

"La denunciada tenía parcialmente mermadas sus facultades mentales como consecuencia de la hipoglucemia que estaba sufriendo" .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia por la que se le condena como autora de un delito leve de maltrato de obra se alza en apelación la denunciada interesando se revoque y se le absuelva o, subsidiariamente, se modere la pena impuesta. Alega la existencia de error en la valoración de la prueba por falta de apreciación de la eximente de trastorno mental transitorio del art. 20.1ª CP como consecuencia de la hipoglucemia sufrida o, subsidiariamente, de la atenuante del art. 21.1ª en relación con el 20.1ª CP, denunciando asimismo la...

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