STSJ Castilla-La Mancha 191/2021, 4 de Febrero de 2021
Ponente | JOSE MONTIEL GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJCLM:2021:285 |
Número de Recurso | 354/2020 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 191/2021 |
Fecha de Resolución | 4 de Febrero de 2021 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL
ALBACETE
SENTENCIA: 00191/2021
C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE
Tfno: 967 596 714
Fax: 967 596 569
Correo electrónico: tribunalsuperior.social.albacete@justicia.es
NIG: 13034 44 4 2018 0000838
Equipo/usuario: MPT
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000354 /2020
Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000292 /2018
Sobre: RECLAMACION CANTIDAD
RECURRENTE/S D/ña COBRA SERVICIOS AUXILIARES SA
ABOGADO/A: EDUARDO FERNANDEZ DE BLAS
PROCURADOR: MARIA TERESA AGUADO SIMARRO
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: Jacobo, Joaquín, Landelino, Leopoldo, Marcos, Matías, Millán, Nicanor, Plácido, Raúl, Romulo, Salvador, Sergio, Teodosio, Valentín, Jose Manuel, Jose Miguel, Carlos Antonio, Luis Alberto, Jesús Carlos, Juan Antonio, Pedro Antonio, Pablo Jesús, Agapito, Alexis
, Ambrosio, Argimiro, Aureliano, Basilio
ABOGADO/A: RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA, RAFAEL TORRES GARCIA
PROCURADOR:,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,
GRADUADO/A SOCIAL:,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,
Magistrado Ponente: D. JOSE MONTIEL GONZALEZ ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS
D. JOSE MONTIEL GONZALEZ
D. JESUS RENTERO JOVER
Dª. JUANA VERA MARTINEZ
En Albacete, a cuatro de febrero de dos mil veintiunos.
Vistas las presentes actuaciones por la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ha dictado la siguiente
- SENTENCIA Nº 191/21
En el RECURSO DE SUPLICACION número 354, sobre Reclamación de Cantidad, formalizado por la representación de COBRA SERVICIOS AUXILIARES S.A, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Ciudad Real, en los autos número 292/18, siendo recurrido/s Aureliano, Landelino, Plácido
, Jose Miguel, Raúl, Alexis, Leopoldo, Romulo, Salvador, Matías, Nicanor, Agapito, Jose Manuel, Luis Alberto, Marcos, Millán, Sergio, Jacobo, Juan Antonio, Pedro Antonio, Jesús Carlos, Pablo Jesús, Ambrosio, Teodosio, Basilio, Argimiro, Carlos Antonio, Joaquín Y Valentín ; y en el que ha actuado como Magistrado-Ponente D. José Montiel González, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,
Que con fecha 16/04/19 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número Uno de Ciudad Real, en los autos número 292/18, cuya parte dispositiva establece:
Que ESTIMANDO la demanda formulada por Aureliano, Landelino, Plácido, Jose Miguel, Raúl, Alexis, Leopoldo, Romulo, Salvador, Matías, Nicanor, Agapito, Jose Manuel, Luis Alberto, Marcos, Millán, Sergio, Jacobo, Juan Antonio, Pedro Antonio, Jesús Carlos, Pablo Jesús, Ambrosio, Teodosio, Basilio, Argimiro, Carlos Antonio, Joaquín Y Valentín, contra la empresa COBRA SERVICIOS AUXILIARES S.A., sobre RECO NO CIMIENTO DE DERECHOS y CANTIDAD, DECLARO que la antigüedad de los trabajadores que se relacionan a continuación es la siguiente:
- Nicanor : 3/09/1990
- Jose Manuel : 10/08/1992
- Luis Alberto : 10/08/1992
- Marcos : 10/08/1992
- Millán : 17/08/1992
- Pedro Antonio : 1/06/2005
- Jesús Carlos : 1/08/1991
- Ambrosio : 1/08/1989
- Teodosio : 18/07/1994
- Basilio : 1/02/1994
Asimismo, DECLARO el derecho de los actores a percibir los conceptos reclamados en la demanda (plus tóxico penoso peligroso, plus distancia mensual, antigüedad y complemento de puesto fijo), en los términos y cuantía previstos en la misma, CONDENANDO a la empresa demandada a reconocer los derechos objeto de reclamación y a abonar a cada uno de los trabajadores las cantidades que se detallan a continuación, las cuales deberán ser incrementadas en el 10% por mora:
1. Aureliano, 11.716,55 €.
2. Landelino, 13.001,84 €.
3. Plácido, 14.967,84 €.
4. Jose Miguel, 11.651,46 €.
5. Raúl, 11.786,13 €.
6. Alexis, 11.744,19 €.
7. Leopoldo, 12.529,96 €.
8. Romulo, 11.030,58 €.
9. Salvador, 10.463,87 €.
10. Matías, 13.001,84 €.
11. Nicanor, 6.588,50 €.
12. Agapito, 5.266,26 €.
13. Jose Manuel, 5.156,53 €.
14. Luis Alberto, 5.266,51 €.
15. Marcos, 5.266,51 €.
16. Millán, 4.606,03 €.
17. Sergio, 3.878,38 €.
18. Jacobo, 3.368,35 €.
19. Juan Antonio, 5.761,86 €.
20. Pedro Antonio, 5.793,65 €.
21. Jesús Carlos, 2.067,69 €.
22. Pablo Jesús, 3.368,35 €.
23. Ambrosio, 2.835,68 €.
24. Teodosio, 4.152,52 €.
25. Basilio, 5.027,34 €.
26. Argimiro, 2.059,29 €.
27. Carlos Antonio, 2.059,29 €.
28. Joaquín, 2.059,29 €.
29. Valentín, 5.266,26 €.
Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:
PRIMERO .- Los actores vienen prestando servicios para la empresa COBRA SERVICIOS AUXILIARES S.A. conforme a los siguientes regímenes de jornada, categoría y antigüedad:
1. Aureliano, presta servicios en régimen de jornada ordinaria de lunes a viernes, encuadrado en el "Grupo IV" y tiene una antigüedad reconocida de 21/01/2008.
2. Landelino, presta servicios en régimen de jornada ordinaria de lunes a viernes, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad reconocida de 20/04/2006.
3. Plácido, presta servicios en régimen de turnos 24 horas (proceso continuo), encuadrado en el "Grupo IV" y tiene una antigüedad reconocida de 24/06/2002.
4. Jose Miguel, presta servidos en régimen de turnos de lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad reconocida de 5/11/2001.
5. Raúl, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad reconocida de 1/5/2002.
6. Alexis, presta servicios en régimen de jornada ordinaria de lunes a viernes, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad reconocida de 24/06/2002.
7. Leopoldo, presta servicios en régimen de jornada ordinaria de lunes a viernes, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad reconocida de 16/07/2007.
8. Romulo, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a viernes, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad reconocida de 16/05/2005.
9. Salvador, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a viernes, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad reconocida de 9/09/2008.
10. Matías, presta servicios en régimen de turnos de lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad reconocida de 15/03/2006.
11. Nicanor, presta servicios en régimen de turnos 24 horas (proceso continuo), encuadrado en el "Grupo IV" y tiene una antigüedad de 3/09/1990.
12. Agapito, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a viernes, encuadrado en la categoría de "Oficial de 1a" y tiene una antigüedad reconocida de 2/01/2004.
13. Jose Manuel, presta servicios en régimen de turnos de lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad de 10/08/1992.
14. Luis Alberto, presta servicios en régimen de turnos de mañanas de lunes a viernes, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad de 10/08/1992.
15. Marcos, presta servicios en régimen de turnos de lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad de 10/08/1992.
16. Millán, presta servicios en régimen de turnos de lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad de 17/08/1992.
17. Sergio, presta servicios en régimen de turnos de lunes a domingo, encuadrado en la categoría de "Encargado" y tiene una antigüedad reconocida de 1/08/1991.
18. Jacobo, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a viernes, encuadrado en la categoría de "Oficial de 1a" y tiene una antigüedad reconocida de 19/11/1990.
19. Juan Antonio, presta servicios en régimen de turnos de lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo IV" y tiene una antigüedad reconocida de 1/08/1991.
20. Pedro Antonio, presta servicios en régimen de turnos de lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad de 1/06/2005.
21. Jesús Carlos, presta servicios en régimen de turnos de lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad de 1/08/1991.
22. Pablo Jesús, presta servicios en régimen de jornada ordinaria de lunes a viernes, encuadrado en la categoría de "Oficial de 2a" y tiene una antigüedad reconocida de 13/08/1981.
23. Ambrosio, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a viernes lunes a domingo, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad 1/08/1989.
24. Teodosio, presta servicios en régimen de jornada ordinaria de lunes a viernes, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad de 18/07/1994.
25. Basilio, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a viernes, encuadrado en el "Grupo III" y tiene una antigüedad de 1/02/1994.
26. Argimiro, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a viernes, encuadrado en la categoría de "Oficial de 2a" y tiene una antigüedad reconocida de 27/11/1995.
27. Carlos Antonio, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a viernes, encuadrado en la categoría de "Oficial de 1a" y tiene una antigüedad reconocida de 3/07/1995.
28. Joaquín, presta servicios en régimen de turnos de mañana y tarde de lunes a viernes, encuadrado en el...
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ATS, 21 de Diciembre de 2021
...Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de fecha 4 de febrero de 2021, en el recurso de suplicación número 354/2020, interpuesto por Cobra Servicios Auxiliares S.A., frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 1 de los de Ciudad Real de fe......