SAP Valencia 128/2021, 8 de Marzo de 2021

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 2 (penal)
Fecha08 Marzo 2021
Número de resolución128/2021

AUDIENCIA PROVINCIALSECCIÓN SEGUNDA VALENCIA

Avenida DEL SALER,14 2º Tfno: 961929121 Fax: 961929421

NIG: 46145-41-1-2016-0002052 Procedimiento: Procedimiento sumario ordinario [SUM] Nº 000132/2017- CR

- Dimana del Sumario [SUM] Nº 000197/2016 Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE DIRECCION000

SENTENCIA Nº 128/21

============================= Ilmos/as. Sres/as.: Presidente: D. JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE Magistrados/as: MARIA DOLORES HERNANDEZ RUEDA SALVADOR CAMARENA GRAU (ponente) =============================

En Valencia, a ocho de marzo de dos mil veintiuno.

Sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia integrada por los Ilmos/as. Sres/as. anotados al margen, ha visto la causa instruida con el numero Sumario [SUM] nº 000197/2016 por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE DIRECCION000, por delito de Abuso sexual a menores de 16 años, contra Ceferino, con D.N.I. NUM000, vecino DIRECCION000, nacido en DIRECCION000, el NUM001 /98, hijo de Darío y de Ariadna y Efrain, con D.N.I. NUM002, vecino de DIRECCION000, nacido en DIRECCION001, el NUM003 /97, hijo de Fructuoso y de Beatriz, representado/s por el/la Procurador/a MARIA JOSE DIEGO VICEDO y CARMEN GUILLEM RAMIRO, y defendido/s por el/la Letrado/a VICENTE GARCIA ARNAU y RAFAEL CARDONA MARTINEZ; siendo parte en las presentes diligencias el Ministerio Fiscal representado por Ilma Sra D/Dª Maria Carmen Nicasio Aliaga, y como acusación particular, Enriqueta, representado/s por el/la Procurador/a MONICA TORRO UBEDA y asistido/s por el/la letrado/a RAFAEL SANCHIS BOSCH .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugar los días 20 y 21 de octubre, y 20 de noviembre de 2020 se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el número Sumario [SUM] nº 000197/2016 por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE DIRECCION000, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.

SEGUNDO

La prueba practicada fue, en esencia (cuando en la valoración se hace mención a algo dicho en el juicio, salvo que se indique otra cosa se ref‌iere a lo que a continuación recogemos), la siguiente a lo largo de las tres sesiones (existe grabación):

Acusados. Ceferino : Fiscal: ¿Desde cuándo conoce a Enriqueta ? Aproximadamente un año antes de que ocurrieran los hechos, habían tenido alguna relación sexual con ella y con dos o tres personas más. ¿Desde cuándo conoce usted a Efrain ? No sabe pero más tiempo que a Enriqueta . El 28 de mayo de 2016 todo empieza sobre las tres de la tarde en un Bar que se llama DIRECCION002, le enviaron un mensaje a Enriqueta ( Luis Manuel ), pues les había llegado a oídos que podía estar embarazada. Para para quedarse más tranquilos la citan para preguntarle si le había bajado la regla. Ella dijo que no tenía ningún problema con la regla. A partir

de ahí empieza el juego erótico, se besan se toquetean, se quita los tirantes ella sola, se retira la ropa interior se pone a cuatro patas sobre la cama. Empieza él manteniendo relaciones sexuales con ella, tres o cuatro minutos, deja de hacerlo y empieza Luis Manuel, a los tres o cuatro minutos salen ambos y entra Efrain y Eleuterio . Salen todos y ella le pregunta si tenía novia y si veían normal mantener relaciones sexuales con ella. Quedaron por DIRECCION003, preguntaron si podía venir a la casa de la abuela de Eleuterio . Ella ya había estado allí y por eso no pregunta dónde está. No se resistió ellos tenían mucho interés en hablar con ella como Uds. comprenderán por el motivo anterior. Primero entraron Luis Manuel y él, Enriqueta entró y fue ella quien cerró la puerta para que Luisa no se enterara de lo que ocurriera o hablaran. No es cierto que le dijera: "de aquí ya no te vas". Ella se quitó la ropa interior, el vestido eran dos tirantitos, durante el juego erótico el vestido cae al suelo sin darse ni cuenta. Estaban en la habitación, estaban sentados en la cama, cuando se quita el vestido ya estaba sentada. Ella no dijo en ningún momento que no quería seguir en dicha situación. Primero tuvo relaciones sexuales con él y luego se salió para fuera, siguió con Luis Manuel, se puso con Luisa en el salón y mantuvo la conversación que les ha dicho con ella. Cuando entra Efrain está allí dos o tres minutos y mantiene sexo oral con Efrain . Si estuvo presente cuando Luis Manuel mantuvo relaciones sexuales con ella. Estuvo mirándolo acostado en la cama, hasta que entró Efrain, y como iba a mantener relaciones sexuales con ella, él salió. No llegaron a estar los 4 en la habitación, los 3. No la agarraba ni la colocaba como él quería. Fue ella quien se colocó voluntariamente a cuatro patas sobre la cama. Le extraña mucho que tuviera lesiones porque nadie le hizo nada. No sabía que tuviera una sandalia rota, pero manteniendo relaciones con 4 personas es normal que se rompa el vestido u otras cosas. Pensaban que tenía más edad, no sabía que tenía 15 años. Cuando salió de la habitación entró Efrain a los 10 minutos salieron de la habitación Luisa que estaba hablando con él, entró en la habitación y le dijo a mí no me hables más. Enriqueta se vestía, mientras Luisa intentó irse, Enriqueta la siguió y a partir de ahí no sabe nada de ellas hasta que lo denuncian, hasta que lo oyen. ¿Cuánto duró el episodio? No más de una hora, no lo puede precisar. Seguidamente se fueron al mismo bar, se tomaron una botella de agua y se irían a casa... no lo sé exactamente. ¿Cuándo envían el mensaje a Enriqueta era para mantener relaciones sexuales? Sí porque en realidad le preguntaban si estaba embarazada pero era un lenguaje de señas para transmitirle que estaban interesados en verla. ¿Sabe si Efrain le pidió perdón con un mensaje? No, no. Se dice que lo dijo así en instrucción, pero ahora no lo recuerda. Declaró en el Juzgado de Menores. No va a contestar al Abogado de la Acusación Particular. D2 (segunda defensa): No se acuerda quien tuvo la iniciativa de escribir a Enriqueta, pero usaron el teléfono de Luis Manuel . Efrain estaba al tanto de un plan preconcebido para mantener relaciones sexuales con Enriqueta . Fueron tres palabras antes de empezar las relaciones sexuales. ¿ Habían convenido los 3 que Efrain estuviera entreteniendo a Luisa ? No para nada. ¿ Qué tiempo transcurre hasta que entra Efrain ? Diez o quince minutos más bien diez. Mantenía relaciones sexuales quien estuviese en el momento allí. ¿Cuándo entra Efrain vio que estaba con ella? Sí claramente. Enriqueta le decía: "Per eixe forat no es, te estas equivocant" : intentó mantener relación anal equivocadamente y ella le corrigió. Luisa no está en ningún momento sola, en este momento el coacusado le intenta decir algo pero el Presidente le indica que no puede hablar hasta su turno. Le reitera la pregunta y ahora le dice que no se acuerda. ¿Cuánto tardaron en salir? Otros diez o quince minutos esta vez más quince. ¿ La vieron más tarde? No la volvieron a ver, llego a sus oídos que Enriqueta le restringe las llamadas, él llama a Luisa, y le dice tú sabes que no hemos hecho nada malo, Luisa le dice que ya lo sabe, pero que son pequeñas y que lo digan los padres va a misa. Ya sabían por otros amigos que Enriqueta había mantenido relaciones sexuales. Efrain no conocía mucho a Enriqueta antes de estos hechos. DEFENSA del acusado: Acababa de cumplir 18 años, dos menores de edad y Efrain 19 años. ¿Había sido novio de Enriqueta ? Tuvo una relación con ella en la que existía el respeto y no hacía con él, lo que hacía con todos los demás. Ella cuando mantenía relaciones sexuales con alguien de un grupo, mantenía relaciones sexuales con todo el grupo. Con él era una relación de tener relaciones sexuales más privadas, él imponía respeto. ¿Había mantenido relaciones sexuales con ella antes? Más de 5 veces había mantenido relaciones sexuales con ella en las mismas condiciones que se describen en los hechos de la acusación. Que se le exhiba la fotografía del folio 411. El Tribunal se retira a deliberar. Se les apercibe del artículo 709 de la Lecrim. La defensa: Estos hechos son anteriores a los enjuiciados y se proponen para restar credibilidad a la víctima porque ella dice que no había mantenido relaciones sexuales con otros. La f‌iscal: pide la nulidad de la fotografía si fueren menores, no se ve si fue Enriqueta, se tomó sin su consentimiento. El Tribunal advierte de que la toma de la fotografía puede suponer un delito del artículo 197.7 y 189 del CP. El acusado. Está recostado, encima Enriqueta y el que está de pie es Luis Manuel . Se tomo unos días antes una semana y media antes de ese día. El contacto con Enriqueta era habitual. ¿ Ella tenía miedo de que se supiera que mantenía relaciones sexuales grupales? El piensa que sí, sus amigas ya la habían dejado de lado por mantener relaciones sexuales con ellos de este modo. Donde ocurrieron los hechos era un primer piso, del comedor a la habitación hay dos metros. Hay ventanas en el comedor que da a la terraza de un bar. ¿Solían quedar diciendo expresamente que querían tener sexo? El hecho de preguntar por la menstruación va unido a la relación sexual, ambas partes tenían claro lo que iba a pasar. ¿Aparece en un DIRECCION003 que mantiene con Enriqueta que tranquilo que él no va a decir nada? Sí al día siguiente o al otro le dice que él no va a contar nada. Ella tiene miedo de que esa situación salga a luz y que la gente pueda juzgarla por el acto que

ha cometido. Enriqueta contactó con él por DIRECCION003, a preguntas del Pte., no sabe si es tras haber presentado la denuncia, saldrá en la conversación el día. Efrain . Fiscal ¿De qué conocía a Enriqueta ? ¿desde cuándo? Era amigo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STSJ Comunidad Valenciana 187/2021, 28 de Junio de 2021
    • España
    • Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, sala civil y penal
    • 28 Junio 2021
    ...por la Procuradora de los Tribunales Carmen Guillem Ramiro y defendido por el Letrado D. Rafael Cardona Martínez ,contra la Sentencia Nº 128/21, de fecha 8/3/2021 , dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Valencia, en su procedimiento sumario 132/2017, dimanante del procedim......
  • STS 723/2023, 2 de Octubre de 2023
    • España
    • Tribunal Supremo, sala segunda, (penal)
    • 2 Octubre 2023
    ...por la Procuradora de los Tribunales Carmen Guillem Ramiro y defendido por el Letrado D. Rafael Cardona Martínez, contra la Sentencia Nº 128/21, de fecha 8/3/2021, dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Valencia, en su procedimiento sumario 132/2017, dimanante del procedimi......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR