STSJ Aragón 21/2021, 25 de Marzo de 2021

PonenteMANUEL BELLIDO ASPAS
ECLIES:TSJAR:2021:150
Número de Recurso85/2020
ProcedimientoRecursos tribunal jurado (L.O. 5/1995)
Número de Resolución21/2021
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2021
EmisorSala de lo Civil y Penal

S E N T E N C I A Nº 000021/2021

EXCMO. SR. PRESIDENTE:

  1. MANUEL BELLIDO ASPAS

    ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

  2. FERNANDO ZUBIRI DE SALINAS

  3. JAVIER SEOANE PRADO

    En Zaragoza a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.

    En nombre de S.M. el Rey.

    Visto por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, como Sala Penal, el presente recurso de apelación del Jurado núm. 85/2020, interpuesto contra la sentencia dictada el 22 de septiembre de 2020, por el Ilma. Sra. Magistrada-Presidente en la causa del Tribunal del Jurado nº 364/2019 de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, seguida por el delito de asesinato, siendo recurrente:

    1. Samuel, (acusado) en prisión provisional por esta causa desde el día 11 de diciembre de 2017, representado por el Procurador de los Tribunales D. Miguel Ángel Cueva Ruesca y defendido por la Letrada D. Endika Zulueta San Sebastián.

      Y siendo recurridos:

    2. Valeriano, Jose Ramón, Jose Miguel, María Milagros, María Virtudes, Jesús Luis, (acusación particular) representados por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª del Pilar Amador Guallar y defendidos por el Letrado D. Enrique Trebolle Lafuente.

    3. PARTIDO POLÍTICO VOX (acción popular) representado por el Procurador de los Tribunales D. Pablo Luis Marín Nebra y defendido por el Letrado D. Pedro Fernández Hernández.

    4. SERVICIO ARAGONES DE SALUD (actor civil) defendido por el Letrado de la Comunidad Autónoma.

    5. MINISTERIO FISCAL.

      Es Ponente el Magistrado Presidente de la Sala Excmo. Sr. D. Manuel Bellido Aspas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el referido procedimiento la Magistrada-Presidente sometió al Jurado el siguiente:

"OBJETO DEL VEREDICTO

GRUPO A

  1. - Considera el JURADO probado que el acusado Samuel es mayor de edad y nació en Viña del Mar (Chile), el día NUM000/1984, (Hecho desfavorable).

  2. - Considera el JURADO probado que el acusado Samuel tiene antecedentes penales por haber sido ejecutoriamente condenado en Sentencia fecha el 12 de junio de 2009 por delitos de lesiones y atentado.

  3. - Considera el JURADO probado que el acusado Samuel sobre las 3 horas del día 8 /12/2017 en unión de Efrain, Laura, y Lorenza, entraron en el bar "Tocadiscos" sito en la Calle Antonio Agustín nº 5 de Zaragoza (Hecho desfavorable).

  4. - Considera el JURADO probado que en el citado bar se encontraba sentado en un taburete la víctima Valeriano, y que el acusado y sus amigos se dirigieron hacia el fondo de la barra (Hecho desfavorable).

  5. - Considera el JURADO probado que poco después de entrar Samuel, uno de sus amigos Efrain le dijo que Valeriano era de extrema derecha o neonazi y que en ocasiones llevaba tirantes con los colores de la bandera española (Hecho desfavorable).

  6. - Considera el JURADO probado que en un determinado momento el acusado Samuel se aproximó a la víctima Valeriano, intercambiando una conversación que nadie escuchó. (Hecho desfavorable).

  7. - Considera el JURADO probado que cuando Samuel volvió con sus amigos les dijo que Valeriano le había llamado sudaca y debía volver a su país por ser extranjero (Hecho favorable).

  8. - Considera el JURADO probado que en la conversación entre Samuel y Valeriano, el primero le llamó facha y fascista, y que ese era un barrio antifascista, que no querían nazis en el barrio, y que no era bienvenido. (Hecho desfavorable).

  9. - Considera el JURADO probado que unos minutos después el acusado Samuel, tras tomar una copa, él y sus amigos, se dirigieron hacia la salida del bar, al observar que Valeriano no paraba de escribir en su móvil, pensando que estaba contactando con otras personas y que podía haber problemas (Hecho favorable).

  10. - Considera el JURADO probado que cuando Samuel y sus amigos se dirigieron a la puerta de salida con intención de marcharse, fueron seguidos por Valeriano (Hecho favorable).

  11. Considera el JURADO probado que fuera del establecimiento Samuel y Valeriano mantuvieron un encuentro, saliendo Samuel a la calle, mientras Valeriano volvió a meterse hacia el fondo del bar (Hecho desfavorable).

    12- Considera el JURADO probado que cuando Valeriano ya había avanzado unos metros y estaba a la altura de la mitad de la barra, Samuel, estando en la calle, arrojó al suelo su abrigo y su mochila, y volvió a entrar en el local, de forma rápida, acometiendo por la espalda a la víctima Valeriano, quien no tuvo ocasión de defenderse. (Hecho desfavorable).

    13- Considera el JURADO probado que cuando Samuel iba detrás de Valeriano de forma rápida para acometerle, el dueño del bar, Jenaro, le intentó avisar a y le dijo " Valeriano que viene detrás", pero no le dio tiempo a este último de volverse (Hecho desfavorable).

  12. - Considera el JURADO probado que el acusado Samuel golpeó fuertemente con el puño la parte inferior trasera de la cabeza de Valeriano. (Hecho desfavorable).

  13. - Considera el JURADO probado que como consecuencia del golpe recibido Valeriano dio media vuelta tambaleándose y se cayó al suelo desplomado semiinconsciente. (Hecho desfavorable).

  14. - Considera el JURADO probado que cuando estaba Valeriano en el suelo semiinconsciente, Samuel le dio una patada en la cabeza e inmediatamente se colocó encima siguiendo propinándole puñetazos en la cara y múltiples golpes tras lo cual, le dio una patada muy fuerte en la cabeza, y salió del local, marchándose. (Hecho desfavorable).

  15. - Considera el JURADO probado que cuando Samuel estaba colocado encima de Valeriano pegándole puñetazos en la cara y patadas en la cabeza, se le acercó el dueño del bar Jenaro, y le dijo: "Para, Para, que lo vas a matar" (Hecho desfavorable).

  16. - Considera el JURADO probado que cuando el acusado Samuel golpeó a la víctima Valeriano, en el suelo con patadas en la cabeza, puñetazos en la cara, y múltiples golpes, comenzó a sangrar por la cabeza, nariz y oído, saliendo de detrás de la cabeza un líquido viscoso, produciéndole deformidad en la cara y en la cabeza un edema cerebral, teniendo convulsiones, ya que apenas podía respirar (Hecho desfavorable).

  17. - Considera el JURADO probado que Valeriano no portaba una navaja, cuando mantuvieron un encuentro en la entrada del bar. (Hecho desfavorable).

  18. - Considera el JURADO probado que cuando Samuel le dio la última patada a Valeriano encontrándose en el suelo inconsciente, cogió su abrigo y su mochila que había dejado en el suelo, se montó en su bicicleta y se marchó. (Hecho desfavorable).

  19. - Considera el JURADO probado que como consecuencia de la agresión sufrida Valeriano, falleció el día 12/12/2017 en el Hospital Clínico de Zaragoza. (Hecho desfavorable).

  20. - Considera el JURADO probado que la causa de la muerte de Valeriano, fueron severos traumatismos craneoencefálicos que provocaron una parada cardiorrespiratoria compatibles con contusión de fuerte intensidad en la región temporoparietal derecha y frontal derecha izquierda. (Hecho desfavorable).

  21. - Considera el JURADO probado que la víctima Valeriano, además de los traumatismos craneoencefálicos, sufrió un importante traumatismo facial con múltiples fracturas en huesos propios nasales ,tabique nasal, pared medial de ambos senos maxilares y suelo de la órbita derecha y herida a lo largo del dorso nasal compatible con uno o varios traumatismos sobre la zona con severa intensidad traumática, tratándose de fracturas que no eran consecuencia de la caída (Hecho desfavorable).

  22. - Considera el JURADO probado que en el cuerpo de Valeriano no existían lesiones en extremidades superiores que indicaran la existencia de defensa o lucha. (Hecho desfavorable)

  23. - Considera el JURADO probado que los traumatismos y la causa de la muerte constan en los informes de los médicos forenses, que practicaron la autopsia de la víctima (Hecho desfavorable).

  24. - Considera el JURADO probado que la policía efectuó inspección ocular del local donde habían sucedido los hechos, y de las zonas próximas al bar, no encontrando ninguna navaja. (Hecho desfavorable).

    GRUPO B

  25. - Considera el Jurado probado que Samuel cuando se marchaba del local con sus amigos, al llegar a la primera puerta interior escuchó que Efrain gritó, al menos en dos ocasiones "Cuidado Samuel, detrás de ti que lleva una navaja". Los gritos de Efrain diciendo que llevaba una navaja fueron escuchados por Lorenza y Laura. (Hecho favorable).

  26. - Considera el Jurado probado que Samuel se dio la vuelta observando como Valeriano intentaba agredirle con una navaja (Hecho favorable).

  27. - Considera el JURADO probado que la agresión se produjo estando ambos de frente y no por la espalda, y que el acusado Samuel tuvo miedo de la navaja que llevaba la víctima y por eso se lanzó contra Valeriano para defenderse. (Hecho favorable).

  28. - Considera el JURADO probado que Samuel temiendo por su vida y con la única intención de defenderse empujó hacia atrás a Valeriano de una patada, metiéndole dentro del bar, y después le siguió, golpeándole en la cara con un fuerte puñetazo, cayéndose al suelo Valeriano, golpeándose la cabeza contra el suelo. (Hecho favorable).

  29. - Considera el JURADO probado que la lesión que causó la muerte de Valeriano, se pudo causar al impactar la región lateral derecha de su cráneo contra superficie amplia y dura, compatible con caída con impacto contra el suelo. (Hecho favorable).

    Grupo C.-

    Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

    32- Considera el JURADO probado que la causa de la agresión causada por Samuel a Valeriano fue por motivos ideológicos. (Hecho desfavorable). AGRAVANTE.

  30. - Considera el JURADO probado que Valeriano respecto de la agresión sufrida por Samuel no tuvo posibilidad de defenderse. (HECHO DESFAVORABLE).

  31. - Considera el JURADO probado que cuando el acusado Samuel golpeó a la...

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