ATSJ País Vasco 5/2020, 25 de Febrero de 2020

PonenteROBERTO SAIZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJPV:2020:314A
Número de Recurso5/2020
ProcedimientoRollo de cuestión de competencia
Número de Resolución5/2020
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2020
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

SALA DE LO CIVIL Y PENAL

EAEko AUZITEGI NAGUSIA

ARLO ZIBILEKO ETA ZIGOR-ARLOKO SALA

BARROETA ALDAMAR, 10-1ª planta - C.P./PK: 48001 Bilbao

TEL.: 94-4016654 FAX: 94-4016997

NIG PV/IZO EAE:20.05.2-19/009797

NIG CGPJ / IZO BJKN :20069.42.1-2019/0009797

Rollo de cuestión de competencia / Eskumen-arazoko erroilua 5/2020

A U T O Nº 5/2020

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

PRESIDENTE : EXCMO. SR. D. JUAN LUIS IBARRA ROBLES

ILMA. SRA. MAGISTRADA: D.ª NEKANE BOLADO ZÁRRAGA

ILMO. SR. MAGISTRADO : D. ROBERTO SAIZ FERNÁNDEZ

LUGAR: Bilbao

FECHA: veinticinco de febrero de dos mil veinte

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20.2.20 se remitieron a esta Sala por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Bilbao, actuaciones de Juicio Verbal 138/20, para resolver el conflicto negativo de competencia territorial suscitado con el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Donostia.

SEGUNDO

Recibidas en esta Sala las referidas actuaciones, se acordó registrar, numerar e incoar el correspondiente rollo para resolver el conflicto negativo de competencia, y dar al procedimiento el trámite dispuesto en el artículo 60.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), pasando las actuaciones al designado ponente para que sometiera a la deliberación de la Sala y propusiera al Tribunal la resolución procedente.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ROBERTO SAIZ FERNÁNDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se presentó por la representación procesal de la sociedad mercantil, Cía. de Seguros Allianz, ante el Juzgado de Primera Instancia de San Sebastián, demanda de juicio verbal sobre reclamación de la cantidad de cinco mil doscientos veintinueve euros con 94 céntimos contra la Cía. de Seguros Zurich, con domicilio en la calle Gran Vía, nº 95-2º (Edificio Inbilsa) y contra la mercantil, Desarrollos Urbanos 2000, S.L., con domicilio en la Plaza Ciudad del Transporte CI/5, 50016, de Zaragoza. Con carácter previo a la admisión a trámite de la demanda se dio traslado a la parte demandante y al Ministerio Fiscal para que informaran sobre posible falta de competencia.

El Ministerio Fiscal informó en el sentido de considerar competentes al Juzgado de Primera Instancia de Zaragoza.

La parte demandante consideró competente al Juzgado de Primera Instancia, nº 1, de San Sebastián.

El Juzgado de Primera Instancia, nº 1, de San Sebastián dictó auto, en 9 de diciembre de 2019, declarando su incompetencia territorial y remitiendo las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia de Bilbao, al que consideró competente.

El Juzgado de Primera Instancia, núm. 3, de Bilbao, por su parte, dictó auto, de 17 de febrero de 2020, declarando su falta de competencia con fundamento en que aplicando las reglas de los artículos 51 y 54 LEC la competencia territorial no le corresponde, al tener la mercantil demandada, Desarrollos Urbanos 2000, S.L su domicilio social en Zaragoza y la entidad mercantil, Zurich en Barcelona (BORM, de 21 de noviembre de 2019).

SEGUNDO

Esta Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco es competente para decidir la cuestión de competencia territorial entablada entre el Juzgado de Primera Instancia, núm. 3, de Bilbao y el Juzgado de igual clase, nº 1, de San Sebastián, por ser órganos judiciales de orden civil pertenecientes a dos distintos territorios de esta Comunidad Autónoma Vasca que tiene en ella a este tribunal como superior común, conforme se dispone en el artículo 73.2 c) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con lo previsto en el artículo 60.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (en adelante LEC) y porque, además, así lo ha declarado el Tribunal Supremo, en auto, de 22...

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